Instituto gallego de promoción económica - Otras disposiciones (DOG nº 2023-184)

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2023 por la que se hace pública la Resolución de 13 de septiembre de 2023, de delegación de facultades en las personas titulares de la Dirección General, la Gerencia y la Dirección del Área de Financiación.

La actividad del Igape en la promoción económica de las empresas provoca la necesidad frecuente de suscribir contratos y convenios con particulares, así como el ejercicio de acciones y recursos en la vía judicial para la defensa de sus intereses.

Las facultades de representación del Igape están atribuidas a la titular de la Presidencia, según el artículo 11 de la Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Igape, y en la letra b) del apartado 2 del artículo 9 del Decreto 317/1992, de 12 de noviembre, por lo que se aprueba su reglamento.

Mediante Resolución de 23 de diciembre de 2016 (DOG nº 23, de 2 de febrero de 2017), la Presidencia del Igape delegó determinadas facultades de representación en la Dirección General, en la Secretaría General y en la Dirección del Área de Financiación. Posteriormente, mediante Resolución de 15 de abril de 2019, la Presidencia delegó en la Secretaría General las facultades necesarias para elevar a público los acuerdos de los órganos de gobierno del Igape.

Mediante Acuerdo de 13 de octubre de 2022 (DOG nº 235, de 13 de diciembre), el Consejo de Dirección del Igape aprobó la modificación de su estructura organizativa.

Considerando que el transcurso del tiempo aconseja resolver una nueva delegación de facultades que sustituya a las anteriores, y que las facultades de representación del Igape están atribuidas a la persona titular de la Presidencia, según el artículo 11 de la Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Instituto Gallego de Promoción Económica, y en la letra b) del apartado 2 del artículo 9 del Decreto 317/1992, de 12 de noviembre, por el que se aprueba su reglamento,

En su virtud, de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Publicar la Resolución de 13 de septiembre de 2023, de la Presidencia del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), de delegación de facultades:

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General del Igape, actualmente Covadonga Toca Carús, con DNI 32634329C:

A) La formalización, en representación del Igape de:

a) Contratos administrativos y sus modificaciones con los adjudicatarios de los procedimientos de contratación, incluida la realización de obras.

b) Negocios jurídicos sobre bienes inmuebles titularidad del Igape, así como contratos de alquiler de bienes que sean precisos para el funcionamiento del Instituto.

c) Contratos laborales del personal del Igape y sus modificaciones, incluidos los contratos de alta dirección, excepto el de la persona titular de la Dirección General.

d) Contratos de apertura de cuentas corrientes en entidades financieras, previa autorización de la Consellería de Hacienda.

e) Contratos de aval y préstamo, previamente autorizados por el Consejo de Dirección del Igape y sus modificaciones, así como, en su caso, la formalización de la constitución de las garantías reales o personales exigibles, así como su cancelación una vez amortizado el riesgo garantizado.

f) La rescisión de los préstamos otorgados por el Igape, en los casos previstos legal o contractualmente, así como la formalización ante notario de las actas de cierre de cuenta y liquidación de los préstamos impagados del Igape, según el informe de la Dirección del Área de Financiación del Igape. Dicha delegación se realizará de manera solidaria e indistinta con las facultades otorgadas a la persona titular de la Gerencia y de la Dirección del Área de Financiación.

g) Aceptar o rechazar ofertas directas de adquisición de bienes o créditos pignoraticios y/o hipotecarios, titularidad del Igape, con subsistencia o extinción de las contragarantías reales del Igape, en los términos y condiciones que estime convenientes, y previas las autorizaciones de la Consellería de Hacienda que resulten pertinentes.

h) Decidir la adhesión o no del Igape-Comunidad Autónoma de Galicia como acreedor en las propuestas de convenio que se formulen en los procedimientos de concurso de acreedores de empresas beneficiarias de avales y préstamos del Igape, previa autorización de la Consellería de Hacienda de acuerdo con el artículo 22.2 del TRLRFOG.

i) Formular posturas con cargo a los créditos titularidad del Igape-Comunidad Autónoma de Galicia en las subastas y enajenaciones de bienes tomados en contragarantía por el Igape, en los términos y condiciones que estime convenientes, y previas autorizaciones de la Consellería de Hacienda que resulten pertinentes, pudiendo autorizar a los letrados de la Xunta de Galicia para comparecer en el procedimiento judicial a presentar la postura.

j) Convenios de colaboración con otras entidades públicas o privadas para el mejor cumplimiento de los objetivos del Igape previamente autorizados por el Consejo de Dirección del Igape.

k) La comparecencia ante jueces, tribunales y servicios de arbitraje en defensa de sus intereses, así como el otorgamiento a tal efecto de poder bastantes a letrados y procuradores para la representación en juicio del Igape.

B) En los casos de ausencia de la persona titular de la Dirección General, se habilita a la persona titular de la Gerencia para que sustituya las facultades delegadas, con la posibilidad de relevo a su vez por cualquiera de los titulares de las direcciones del Área del Igape que la Gerencia designe expresamente.

Segundo. Delegar en la persona titular de la Gerencia, actualmente Patricia Villajos Grande, con DNI 34955476F:

a) Las facultades necesarias para elevar a público los acuerdos de los órganos de gobierno del Igape.

b) La formalización de los contratos de aval y préstamo que cuenten con previo acuerdo de concesión tomado por el órgano competente según su propia reglamentación. Dicha delegación incluye la facultad de comparecer ante fedatario público y se realiza de manera solidaria e indistinta con las facultades otorgadas a la persona titular de la Dirección General y de la Dirección del Área de Financiación.

c) La constitución de las garantías previamente aprobadas por los órganos competentes del Igape, tanto reales como personales, así como la cancelación de las mismas una vez amortizado el riesgo garantizado. Dicha delegación incluye la facultad de comparecer ante fedatario público y se realiza de manera solidaria e indistinta con las facultades otorgadas a la persona titular de la Dirección General y de la Dirección del Área de Financiación.

d) La formalización ante notario de las actas de cierre de cuenta y liquidación de los préstamos impagados del Igape, según el informe de la Dirección del Área de Financiación del Igape. Dicha delegación se realiza de manera solidaria e indistinta con las facultades otorgadas a la persona titular de la Dirección General y de la Dirección del Área de Financiación.

Tercero. Delegar en la persona titular de la Dirección del Área de Financiación, actualmente Alberto Vivero Fernández, con DNI 31655454P, de manera solidaria e indistinta con las facultades otorgadas a las personas titulares de la Dirección General y de la Gerencia:

a) La formalización ante fedatario público de los contratos de aval y préstamo que cuenten con previo acuerdo de concesión tomado por el órgano competente según su propia reglamentación.

b) La constitución ante fedatario público de las garantías previamente aprobadas por los órganos competentes del Igape, tanto reales como personales, así como la cancelación de las mismas una vez amortizado el riesgo garantizado.

c) La formalización ante fedatario público de las actas de cierre de cuenta y liquidación de los préstamos impagados del Igape, según el informe de los servicios del Área de Financiación.

Esta delegación sustituye a las publicadas hasta la fecha.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2023

Covadonga Toca Carús
Directora general del Instituto Gallego de Promoción Económica

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