Consellería de economía, industria e innovación - Anuncios (DOG nº 2023-145)

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Carballo (expediente IN407A 2021/031-1).

Expediente: IN407A 2021/031-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: modificado del proyecto para la ampliación de potencia del CT Cambrelle (15ACM9).

Ayuntamiento: Carballo.

Hechos:

1. El día 4 de abril de 2023, la empresa promotora solicita ante esta jefatura territorial la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, a fin de atender una solicitud de suministro de 5,75 kW para una vivienda particular en el lugar de Cambrelle, en el ayuntamiento de Carballo. Se proyecta el cambio de máquina del centro de transformación de intemperie CT Cambrelle (15ACM9, expediente 50.688) existente de 100 kVA de potencia, alimentado por la línea de distribución de media tensión LMT LAR703 procedente de la subestación Laracha, instalando un nuevo transformador de 160 kVA, así como la sustitución de la aparamenta de media y baja tensión.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

• Proyecto de ejecución denominado Modificado del proyecto para la ampliación de potencia del CT Cambrelle (15ACM9), firmado con fecha 26 de enero de 2023 por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, con número colegial 4.684 de Vigo (COITIVIGO) y con número de visado 22300196 de 27 de enero de 2023. Este proyecto sustituye el presentado anteriormente de fecha 19 de enero de 2021 y visado número 22100087 de fecha 19 de enero de 2021.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiere perjudicar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica corrrespondiente. Asimismo, se solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Carballo. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado.

4. De fecha 4.7.2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero); el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por lo que se fija la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 113, de 15 de junio); el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que fija la estrutura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

1º. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2º. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3º. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4º. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5º. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6º. La Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

- Repotenciación del CTI Cambrelle (15ACM9, expediente 50.688) de intemperie de 100 kVA con relación de transformación de 15.000/400-230 V, instalado en apoyo número 9XJQ1X8A//105-1-CT existente tipo HV-11/1000 de la LMT LAR703, procedente de la subestación Laracha. Nuevo trafo de 160 kVA y retirada del existente. Retensado del vano anterior.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud, que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.

▪ Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 7 de julio de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

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