Anuncio de 20 de junio de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de fábrica de productos de nutrición clínica, promovido por Vegenat Healthcare, SL, en el término municipal de Badajoz.

TEXTO ORIGINAL

Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de fábrica de productos de nutrición clínica, promovido por Vegenat Healthcare, SL, en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.

Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo.

Es órgano competente para el otorgamiento de la AAU la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.

Los datos generales del proyecto son:

Categoría Ley 16/2015:

Grupo 3.2 del anexo II, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de:

a) Materia prima animal (que no sea la leche) de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 75 toneladas/día y superior a 10 tonelada al día.

b) Materia prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día .

Ubicación:

La actividad proyectada se realizará en Polígono industrial Plataforma Logística, Suelo Parcela L.I.-6A-1.1 Badajoz (Badajoz). Las coordenadas UTM (Datum ETRS 89, Huso 29) son x = 672.772 m, y = 4.308.905 m. La referencia catastral es: 2788601PD7028H0001WU.

Actividad:

La actividad consiste en la elaboración de preparados alimenticios homogeneizados y alimentos dietéticos. Los procesos principales que se llevan a cabo son mezclado y homogeneización, tratamiento térmico y envasado.

La distribución de superficies es la siguiente:

Elementos planta baja m2
Vestíbulo 97,94
Sala reuniones 7,61
Zona limpieza útiles producción 4,81
Sala limpieza subcontrata 4,86
Almacén vestuario 7,44
Sala botiquín y camilla 7,17
Centro tecnológico sala 1 44,53
Centro tecnológico sala 2 47,85
Centro tecnológico área de I+D+i 78,37
Centro tecnológico laboratorio + control de calidad 134,49
CPD 4,91
Sala cuadros 1 15,83
Sala cuadros 2 18,1
Área de espera e incorporación de sólidos 168,43
Área de pesada de ingredientes 1 122,65
Área de pesada de ingredientes 2 35,66
Sala control 18,23
Sala reconstitución 462,46
Sala UHT 351,54
Sala envasado 405,57
Sala postenvasado 919,36
Sala autoclave 36,84
Ingredientes refrigerados a 5 % dc 45,9
Almacén de ingredientes 400,34
Instalacion CIP + productos químicos 152,72
Almacén de envases 272,51
Almacén producto acabado 394,47
Muelle expedición 82,6
Despacho logística 7,4
Almacén repuestos 83,14
Muestras 300 c 36,09
Muestroteca 53,11
Taller mantenimiento 59,74
Taller ATMIx 35,12
Generación de vapor 108,85
Sala equipos auxiliares 187,68
Paso 1 5,26
Paso 2 45,43
Paso 3 7,28
Paso 4 488,7
Paso 5 89,86
Paso 6 22,31
Aseo 1 6,66
Aseo 2 4,85
Aseo 3 4,83
Aseo 4 6,7
Aseo 5 3,6
Aseo 6 3,6
SAS 1 16,24
SAS personal 14,36
SAS 2 25,95
SAS 3 35,42
Escalera 1 13,4
Escalera 2 17,91
Garita control 10,24
Garita aseo 3,77
Total superficie útil 5.740,69
Total superficie construida 5.964,49

Elementos planta baja m2
Sala formación 52,42
Paso 1 38,12
Paso 2 8,8
Paso 3 11,78
Aseo 1 7,66
Aseo 2 6,6
Aseo 3 8,93
Sala de espera 9,59
Sala reuniones 1 15,11
Sala reuniones 2 13,87
Sala reuniones 3 12,67
Archivo documentación 13,07
Almacén informática 13,07
Sala material oficina 9,27
RRHH 14,67
Zona de trabajo común 134,84
Comedor 73,81
Vestuario masculino 47,73
Vestuario femenino 58,44
Balcón 20,57
Rellano escalera 1 2,97
Rellano escalera 2 2,83
Sala de cuadros 19,55
Total superficie útil 596,38
Total superficie construida 712,01

Equipos e instalaciones principales:

Ud EQUIPAMENTOS DE LA SALA DE MEZCLAS (FASE 1)
1 preparadora de mezclas
1 homogeneizador
1 intercambiador tubos zona mezcla
1 intercambiador de tubos
1 tanque 303 100 l- tanque almacenamiento
1 tanque aceite 100 l- tanque almacenamiento
1 tanque aceite 600 l
1 tanque 1 700 l
1 tanque 2 7000 l

Ud SALA DE TRATAMIENTO TÉRMICO (UHT) (FASE 1)
1 equipo UHT Tetrapack
1 intercambiador tubos zona UHT
1 tanque aséptico 12.000 litros
2 homogeneizadores UHT

Ud LÍNEA DE BRIKS (FASE 2)
1 envasadora formato Tetra Brik
1 acumulador HELIX
1 aplicador
1 máquina envoltura film
1 máquina envoltura film plástico
1 encartonadora

Ud LÍNEA DE BOTELLAS
1 embotelladora
1 autoclave
1 equipo inspección óptica
1 enfundadora de vapor
1 taponadora
1 etiquetadora
1 encartonadora de botellas
1 cintas de transporte
1 sopladora de botellas
3 mesas unescrambler

Ud EQUIPOS AUXILIARES. LIMPIEZA
1 equipo limpieza CIP
2 compresor sin aceite
1 equipos de osmosis
1 depósitos de agua
3 grupos de bombeo
1 equipo de regulación de pH
1 EDAR

Ud EQUIPAMIENTOS FRÍO Y CLIMA (FASE 1)
6 unidades tratamiento aire
3 equipos de refrigeración UTA
3 equipos de frío cámaras
4 ventiladores centrífugos
3 ventilador centrífugos 0 2
1 ventilador centrífugos 0 3
4 ventilador centrífugo
5 extractor S&P CVTT 18/18
5 extractor S&P CVTT 15/15
4 equipos clima oficinas
1 torre de refrigeración
2 equipos de aerotermia
2 balsa agua helada BAC

Ud EQUIPAMIENTOS FRIO Y CLIMA (FASE 2)
2 enfriadora agua helada
1 torre de refrigeración autoclave

Ud EQUIPAMIENTOS ZONA MEZCLAS (FASE 2)
3 tanques mezclas 7.000 l capacidad
4 bombas de impulsión
1 intercambiador de calor
2 moto-bomba
1 sistema de disolución de solidos a líquidos
2 homogeneizador Tetra Pak Homogenizer 300
1 Sistema de adición de aceite en línea homogenización

Ud SALA DE TRATAMENTO TÉRMICO (UHT) (FASE 2)
1 tratamiento térmico UHT
1 tanque almacenamiento aséptico

Ud AUXILIARES Equipamientos estación limpieza CIP (FASE 2)
3 tanque limpieza
4 bombas centrífugas
6 transmisores
2 detectores

Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.

Mérida, 20 de junio de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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