Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar situaciones de emergencia, de carácter extraordinario o derivadas de una mayor demanda estacional o temporal, y se aprueba la primera convocatoria.

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, una vez elaborado el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar situaciones de emergencia, de carácter extraordinario o derivadas de una mayor demanda estacional o temporal, y se aprueba la primera convocatoria,

RESUELVO:

Primero. Acordar la apertura de un período de audiencia e información pública por un plazo de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto del decreto indicado y formular las alegaciones y propuestas que estime oportunas por cualquier de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico dgal.presidencia@juntaex.es

El sometimiento al trámite abreviado viene justificado por la necesidad de publicar la convocatoria de las citadas subvenciones, en post de que los municipios y entidades locales menores de Extremadura, como entidades beneficiarias, puedan, tras su entrada en vigor con la mayor celeridad posible, formular las correspondientes solicitudes con las que dar cobertura a las distintas situaciones excepcionales a abordar. Permitiéndose, asimismo, la ejecución de los créditos presupuestarios dispuestos para el año 2024, cumpliendo para ello con los plazos marcados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura.

Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Presidencia, Interior y Administración Local, Paseo de Roma, s/n., Módulo E-Edificio Narges Mohammadi , 1.ª planta, de Mérida (Badajoz).

Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de las personas interesadas en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet:

http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/c-pids

Mérida, 4 de julio de 2024. El Secretario General, DAVID GONZÁLEZ GIL.

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