Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se modifica la composición de la Comisión de Valoración que realizará la evaluación de las solicitudes de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura tramitadas al amparo del Decreto 56/2023, de 24 de mayo, que establece sus bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2023.

TEXTO ORIGINAL

El artículo 17, Comisión de Valoración, del Decreto 56/2023, siguiendo lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que: La presidencia, la secretaría y las vocalías recaerán en las personas titulares de la Jefatura de Servicio, Dirección de Programas, Jefaturas de Sección o Técnicos del Servicio de Ayudas Estructurales. Su designación corresponderá a la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, y ajustará su funcionamiento al régimen jurídico de los órganos colegiados regulado en Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público, y a lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura .

Así mismo es de aplicación lo dispuesto en el artículo 22.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a modificación y supresión de los órganos colegiados y de los grupos o comisiones de trabajo de la Administración y de los Organismos públicos.

Por todo ello esta Dirección General de Política Agraria Comunitaria,

RESUELVE:

Primero. Modificar la composición de la Comisión de Valoración de las solicitudes de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura reguladas por el Decreto 56/2023, de 24 de mayo, que estará compuesta por:

— Presidente: El Jefe de Sección de Mejora y Modernización de Explotaciones Agrarias I, D. Blas Domínguez Domínguez.

— Secretaria: La Jefa de Sección de Mejora y Modernización de Explotaciones Agrarias II, D.ª Mónica Arrebola Benítez.

— Vocal: El Director de Programas de Mejora y Modernización de Explotaciones Agrarias, D. Abel Barroso Franco y el Jefe de Negociado de Gestión de Ayudas I, D. Enrique Robles Sánchez, que ejercerán sus funciones indistintamente.

Segundo. Este órgano colegiado se regirá por lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero. La Comisión de Valoración emitirá informe vinculante al órgano instructor en el que se concretará el resultado obtenido.

Cuarto. Publíquese la misma en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 10 de junio de 2024.

El Director General de Política Agraria Comunitaria,

JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO

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