Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se hace público el tipo de interés aplicable al segundo período de devengo de los préstamos formalizados por titulares de explotaciones agrarias contemplados en el capítulo VI del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía (DOE n.º 96, de 22 de mayo).
TEXTO ORIGINAL
En virtud del artículo 6, apartado 5.1.h) del capítulo VI Financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal de secano, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura , recogido en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía, hago notorio el euribor diario publicado el día 2 de mayo de 2024 (primer día hábil del mes de mayo), que será referencia para la determinación del interés ligado a la segunda anualidad de vigencia de los préstamos, que se ha situado en el 3,728%.
Con ello, el tipo de interés aplicable al segundo período de devengo de intereses será, como máximo, el 4,228%.
Mérida, 3 de mayo de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
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