Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptotelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

La tórtola europea (Streptotelia turtur) es una especie migratoria ligada a ámbitos agrarios, que nidifica en zonas arboladas o con arbustos altos, se alimenta fundamentalmente de semillas y requiere de cierta disponibilidad de agua en verano para completar con éxito su ciclo reproductor.

En Extremadura es una especie cinegética altamente apreciada por los cazadores, por lo que el propio sector cinegético ha venido implicándose en las medidas que progresivamente se han ido adoptando en sucesivas órdenes generales de veda, asumiendo las reducciones en días y cupos de caza.

Durante las últimas décadas se ha observado un declive acusado de sus poblaciones, debido a numerosos factores entre los que se encuentran la escasez de alimento (los cambios producidos en los sistemas agrícolas, uso de fitosanitarios, la intensificación de las técnicas de cultivo y recolección, la eliminación de linderos ), la pérdida de hábitat, y por tanto de lugares de nidificación, como consecuencia de lo anterior al perder elementos paisajísticos esenciales para esta especie (setos, linderos, árboles diseminados en áreas cultivadas...), los niveles de captura, que a pesar de haberse visto reducida en los últimos años, no ha sido considerada suficiente para favorecer la recuperación de las poblaciones, o la competencia de otras especies como la tórtola turca, especie sedentaria que, como ya señalaron Rocha & Hidalgo en 2002, en Extremadura se ha constatado un solapamiento de asentamientos de ambas especies, lo que sin duda está suponiendo que esta última esté ocupando progresivamente el espacio de la tórtola común. También se reconoce esta ocupación de hábitat con detrimento para la tórtola europea en el caso concreto de Extremadura en el Plan de acción internacional para la conservación de la tórtola europea (International Single Species Action Plan for the Conservation of the European Turtle-dove Streptopelia turtur (2018 to 2028)), aprobado en 2018 por la Comisión Europea.

Precisamente, uno de los objetivos de este plan es desarrollar un mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola (AHMM), y recoge ya una serie de medidas a aplicar por los países miembros, como la reducción de la presión cinegética sobre la especie y el control de las capturas reales, así como la implantación de programas de mejora y conservación de hábitats y programas de mejora de alimentación suplementaria.

Por esa razón, en España cada Comunidad Autónoma ha ido reduciendo cupos y días de captura de tórtola, a pesar de lo cual, la Comisión dirigió a España el Dictamen motivado relativo al procedimiento 2019/2143 C(2020)7817 final sobre el carácter insuficiente de las medidas adoptadas en España para la conservación de la tórtola común (Streptopelia turtur) por incumplimiento de España de las obligaciones que le incumben en virtud de diversos artículos de la directiva de aves.

En respuesta a éste, el Reino de España expresó su voluntad de adaptar sus medidas cinegéticas a las conclusiones que estableciera el consorcio científico encargado de fijar los principios para la gestión adaptativa de la tórtola a nivel europeo, una de las cuales fue suspender la caza a través del establecimiento de una cuota cero reversible en función de criterios poblacionales y técnicos. Por esa razón se adoptó el criterio de cupo cero para Extremadura en las temporadas 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024 y se mantiene durante la temporada 2024/2025 en las correspondientes órdenes de veda.

Por otra parte, esta Comunidad Autónoma viene desarrollando desde 2019, un convenio con la Fundación Artemisan dirigido a desarrollar, implementar y analizar las medidas de mejora de hábitats y de gestión y caza adaptativa y que constituyó la base científica y técnica para publicar la Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptotelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 8 de julio) y la Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se adoptan los Principios del Mecanismo de Gestión Adaptativa de la Tórtola Europea (Streptotelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 1 de marzo de 2023) en las que, entre otras cosas, se constituía un inventario de cotos interesados en llevar a efecto dicho mecanismo.

Del trabajo desarrollado durante los años 2022 y 2023 con los cotos inscritos en dicho inventario se desprende que esta línea de actuación debe mantenerse, puesto que el objetivo de recuperación de esta especie sólo es posible haciendo partícipes de los mecanismos de gestión adaptativa a los cotos que así lo deseen.

Teniendo en cuenta que este proyecto ha despertado interés en el sector cinegético y que muchos otros cotos han manifestado su interés en formar parte de éste, procede, por un lado, mantener las actuaciones iniciadas en aquellos cotos que cumplieron y verificaron los compromisos adquiridos al inscribirse en el inventario, y por otro, abrir un plazo para la inscripción de nuevos cotos interesados en hacer gestión adaptativa cumpliendo los compromisos que se requieran y, en definitiva, participar activamente en la recuperación de las poblaciones de tórtola europea. Esta participación que favorece la continuidad de los trabajos iniciados en nuestra región, permitirá completar la información que viene recogiéndose de años atrás, ampliando datos necesarios para evaluar las condiciones de recuperación de la población de tórtola y el establecimiento posterior de cupos de caza ligado a modelos de caza adaptativa en los cotos participantes en este modelo de gestión, cuyas pautas para llevar a cabo vienen publicadas en dos guías en la página web http://extremambiente.juntaex.es.

Por todo ello, y en virtud de la habilitación concedida en la disposición final primera de la Orden de 22 de julio de 2022 General de Vedas de Caza para la temporada 2022/2023, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicada en el DOE de 25 de julio de 2022, esta Dirección General,

RESUELVE:

Primero. Abrir el plazo de presentación, que será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución, para poder inscribirse en el Inventario de Cotos participantes en el Plan de Caza Adaptativa de la Tórtola y que deseen implementar el mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola, según se describe en los puntos siguientes:

1. La inscripción se llevará a cabo cumplimentando el formulario que constituye el anexo I de esta resolución y remitiéndolo al mail: cazaypesca@juntaex.es. Éste también podrá descargarse en la página web: http://extremambiente.juntaex.es (solicitud_inventario_cotos.pdf).

2. Los cotos inscritos en dicho inventario se comprometen a realizar censos de tórtolas mediante recorridos a pie de observación y escucha, durante los meses de mayo y junio siguiendo las indicaciones del díptico publicado para tal fin en la web http://extremambiente.juntaex.es.

El censo se realizará a través de la aplicación Censdata del Observatorio Cinegético, mediante su descarga en el siguiente enlace https://play.google.com/store/apps/details?id=com.censodata.com, o a través de la página web http://observatoriocinegetico.org/.

De forma complementaria y opcional, los cotos podrán realizar censos de tórtolas en zonas de alimentación.

3. Para favorecer la recuperación de la tórtola, los cotos inscritos deberán justificar la realización de medidas de gestión del hábitat. Para ello deberán llevar a cabo al menos dos de las cuatro medidas siguientes, reflejando polígono y parcela o geolocalizando los puntos en los que se realice:

a) Mantenimiento de la siembra existente, cuando sea el caso, en al menos una hectárea de cereal (trigo), leguminosa (veza), oleaginosa (girasol) o mezcla de estas especies, evitando su cosechado hasta el 1 de septiembre así como la utilización de fitosanitarios.

b) Recuperación de bosques y arbustos del entorno (zonas de nidificación)

c) Establecimiento de puntos de agua.

d) Aporte de alimento en grano durante los tres meses de mayo, junio y julio.

4. La ejecución de las medidas recogidas en el punto anterior en los cotos participantes serán objeto de verificación por parte de los AMN.

5. Para cada coto participante se realizará una evaluación individualizada teniendo en cuenta los datos de monitorización y gestión aportados y se establecerá un hipotético cupo de caza para cada uno de ellos, como recomienda el Plan de Caza Adaptativa.

Segundo. Los cotos que recoge el anexo II, que se inscribieron en el inventario a raíz de la Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se adoptan los Principios del Mecanismo de Gestión Adaptativa de la Tórtola Europea (Streptotelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sobre los que se verificó el cumplimiento de los compromisos adquiridos, se mantendrán inscritos en el inventario debiendo continuar con los citados compromisos. De verificarse que éstos no se mantienen causarán baja de oficio en el inventario. Por otro lado, aquellos cotos que voluntariamente no deseen continuar en el inventario, podrán darse de baja cumplimentando y registrando el anexo III en cualquier momento a lo largo de la temporada de caza 2024-2025.

Tercero. El incumplimiento de los compromisos adquiridos llevará consigo la baja del inventario para la siguiente temporada cinegética con la correspondiente exclusión de las medidas de asesoramiento y otras que pudieran adoptarse en relación a este modelo.

Cuarto. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mérida, 25 de abril de 2024.

El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,

RICARDO ROMERO PASCUA

ANEXO I

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL INVENTARIO DE COTOS PARTICIPANTES EN EL PLAN DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TORTOLA COMÚN SEGÚN RESOLUCIÓN DE 25 DE ABRIL DE 2024 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL, CAZA Y PESCA POR LA QUE SE ADOPTAN LOS PRINCIPIOS DEL MECANISMO DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TÓRTOLA EUROPEA (Streptotelia turtur) EN COTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

DATOS DEL TERRENO CINEGÉTICO (Obligatorio rellenar todos los campos)
Coto:
Denominación: Matrícula:EX - _____-_____-___
Provincia: Término municipal: CÓDIGO REGA o REXA:
e-mail: Teléfono móvil:
Titular o Representante: DNI/CIF:
MEDIDAS GESTIÓN ADAPTATIVA ACOGIDAS(Marcar al menos dos opciones) POL PARC COORDENADAS
a) Mantenimiento de la siembra existente (mínimo 1 Ha.)
b) Recuperación bosques y arbustos (zonas nidificación)
c) Establecimiento de puntos de agua
d) Aporte de grano (mayo a julio)

DECLARACIÓN, SOLICITUD Y CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
La persona abajo firmante declara, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud, que se compromete a cumplir los compromisos del plan de gestión adaptativa de la tórtola (Streptotelia turtur) según Resolución de 25 de abril de 2024 de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca por la que se adoptan los mecanismos de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptotelia turtur) y SOLICITA:INSCRIPCIÓN EN EL INVENTARIO DE COTOS PARTICIPANTES EN EL PLAN DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TÓRTOLA COMÚN (Streptotelia turtur). Además, DECLARA RESPONSABLEMENTE, QUE SE COMPROMETE A FACILITAR LOS DATOS OBTENIDOS DE LA MONITORIZACIÓN ASÍ COMO A ADOPTAR LAS MEDIDAS MARCADAS EN EL FORMULARIO, SEGÚN LO PREVISTO EN EL RESUELVO SEGUNDO DE LA CITADA RESOLUCIÓN.Se le informa que los datos facilitados en la presente solicitud correspondiente a la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).Responsable del tratamiento de sus datos: — Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. — Dirección: Avenida Valhondo, s/n Edificio Mérida III Milenio, Módulo 1, 4.ª Planta, 06800, Mérida (Badajoz) — Correo electrónico: cazaypesca@juntaex.es - Teléfonos: 924 008 408 y 924 930 016 — Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:Serán tratados con las siguientes finalidades: Tramitar y resolver las solicitudes de inscripción en inventario de cotos y sus correspondientes compromisos.Legitimación para el tratamiento de sus datos:La base legal del tratamiento es: — RGPD 6.1.e): Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del Tratamiento. — RGPD 6.1.c): Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. — RGPD 6.1.f): tratamiento necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero. — Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. — Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. — Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, modificada por Ley 9/2019, de 5 de abril.
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:Podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.Transferencias internacionales de datos:No están previstas transferencias internacionales de datos.Sus derechos en relación con el tratamiento de datos:Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado.En determinados supuestos el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.En determinados supuestos puede ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos, que serán entregados en un formato estructurado, de uso común o lectura mecánica a usted o al nuevo responsable de tratamiento que designe.Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo ha otorgado.La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados en: http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/ejercicio-de-derechos o utilizar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos o por terceros. Estos formularios deberán ir firmados electrónicamente o acompañados de fotocopia del DNI. Si se actúa por medio de representante, de la misma manera, deberá ir acompañado de copia de su DNI o firma electrónica. Los formularios podrán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen en el apartado Responsable .Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto de que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos. El plazo máximo para resolver es de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de las mismas. En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantenerlos actualizadosEn ______________________a_______ de ________________ de 20 ____ Fdo.: _____________________________________

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

Este impreso se empleará tanto para solicitar la inscripción en el inventario de cotos participantes en el plan de caza adaptativa de la tórtola común (Streptopelia turtur) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, como para declarar responsablemente el cumplimiento de los compromisos recogidos en la Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se adoptan los mecanismos de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptotelia turtur)

Datos del terreno.

Deberán expresarse los datos del coto conforme figuren en la base de datos de cotos en poder de la administración. Es obligatoria la cumplimentación de todos los campos de este apartado

Medidas Gestión Adaptativa acogidas.

En esta casilla se marcarán al menos dos de las medidas a que se comprometa a llevar a cabo el coto indicando polígono, parcela o coordenada georreferenciada para facilitar la verificación de los compromisos.

Si se cambiara la ubicación de la actuación deberá notificarse mediante mail al correo electrónico: cazaypesca@juntaex.es

LA SOLICITUD DEBE IR DEBIDAMENTE FIRMADA (FIRMA ELECTRÓNICA O MANUAL)

Lugar y plazo de presentación.

La solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura; Avenida Valhondo, s/n., Edificio Mérida III Milenio, Módulo 1, 4.ª planta, s/n. 06800 Mérida. - Teléfonos: 924 008 408 y 924 930 016, o al mail cazaypesca@juntaex.es hasta plazo establecido en el apartado Primero de esta resolución.

Los ciudadanos pueden acceder a la información administrativa y de interés general a través del portal del ciudadano: http://ciudadano.gobex.es y en la página web de la Consejería competente en materia de caza: extremambiente.juntaex.es.

ANEXO II

RELACIÓN DE COTOS INSCRITOS EN EL INVENTARIO DE COTOS PARTICIPANTES EN EL PLAN DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TORTOLA COMÚN según RESOLUCIÓN DE 20 DE FEBRERO DE 2023 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA FORESTAL POR LA QUE SE ADOPTAN LOS PRINCIPIOS DEL MECANISMO DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TÓRTOLA EUROPEA (Streptotelia turtur) EN COTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, QUE HAN CUMPLIDO CON LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS EN LA RESOLUCIÓN.

MATRÍCULA DEL COTO MATRÍCULA DEL COTO
EX-017-051-P EX-077-009-P
EX-023-001-L EX-084-004-M
EX-024-001-L EX-084-005-M
EX-025-001-L EX-085-001-L
EX-030-003-M EX-085-040-M
EX-030-026-M EX-086-001-L
EX-036-001-M EX-095-004-M
EX-036-017-M EX-114-058-M
EX-036-025-P EX-124-001-L
EX-044-002-L EX-125-024-P
EX-060-004-M EX-134-001-M
EX-065-002-L EX-282-001-P
EX-070-001-L EX-437-012-P
EX-070-012-P EX-555-004-P

ANEXO III

SOLICITUD DE BAJA DE INSCRIPCIÓN EN EL INVENTARIO DE COTOS PARTICIPANTES EN EL PLAN DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TORTOLA COMÚN SEGÚN RESOLUCIÓN DE 25 DE ABRIL DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL, CAZA Y PESCA, POR LA QUE SE ADOPTAN LOS PRINCIPIOS DEL MECANISMO DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TÓRTOLA EUROPEA (Streptotelia turtur) EN COTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

DATOS DEL TERRENO CINEGÉTICO (Obligatorio rellenar todos los campos)
Coto:
Denominación: Matrícula:EX - _____-_____-___
Provincia: Término municipal: CÓDIGO REGA o REXA:
e-mail: Teléfono móvil:
Titular o Representante: DNI/CIF:

DECLARACIÓN, SOLICITUD Y CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
La persona abajo firmante declara, bajo su expresa responsabilidad, que SOLICITA:BAJA DE INSCRIPCIÓN EN EL INVENTARIO DE COTOS PARTICIPANTES EN EL PLAN DE GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA TÓRTOLA COMÚN (Streptotelia turtur) según Resolución de 25 de abril de 2024 de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca. Se le informa que los datos facilitados en la presente solicitud correspondiente a la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).Responsable del tratamiento de sus datos: — Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. — Dirección: Avenida Valhondo, s/n Edificio Mérida III Milenio, Módulo 1, 4ª Planta, 06800, Mérida (Badajoz). — Correo electrónico: cazaypesca@juntaex.es - Teléfonos: 924 008 408 y 924 930 016. — Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:Serán tratados con las siguientes finalidades: Tramitar y resolver las solicitudes de inscripción en inventario de cotos y sus correspondientes compromisos.Legitimación para el tratamiento de sus datos:La base legal del tratamiento es: — RGPD 6.1.e): Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del Tratamiento. — RGPD 6.1.c): Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. — RGPD 6.1.f): tratamiento necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero. — Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. — Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. — Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, modificada por Ley 9/2019, de 5 de abril.
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:Podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.Transferencias internacionales de datos:No están previstas transferencias internacionales de datos.Sus derechos en relación con el tratamiento de datos:Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado.En determinados supuestos el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.En determinados supuestos puede ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos, que serán entregados en un formato estructurado, de uso común o lectura mecánica a usted o al nuevo responsable de tratamiento que designe.Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo ha otorgado.La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados en: http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/ejercicio-de-derechos o utilizar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos o por terceros. Estos formularios deberán ir firmados electrónicamente o acompañados de fotocopia del DNI. Si se actúa por medio de representante, de la misma manera, deberá ir acompañado de copia de su DNI o firma electrónica. Los formularios podrán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen en el apartado Responsable .Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto de que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos. El plazo máximo para resolver es de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de las mismas. En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantenerlos actualizadosEn ______________________a_______ de ________________ de 20 ____ Fdo.: _____________________________________

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

Datos del terreno.

Deberán expresarse los datos del coto conforme figuren en la base de datos de cotos en poder de la administración. Es obligatoria la cumplimentación de todos los campos de este apartado

LA SOLICITUD DEBE IR DEBIDAMENTE FIRMADA (FIRMA ELECTRÓNICA O MANUAL)

Lugar Y PLAZO de presentación.

La solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Gestión Forestal y Mundo Rural; Avenida Valhondo, s/n. Edificio Mérida III Milenio, Módulo 1, 4ª Planta, 06800 Mérida. Teléfonos: 924 008 408 y 924 930 016 o al mail cazaypesca@juntaex.es a lo largo de la temporada de caza 2024-25.

Los ciudadanos pueden acceder a la información administrativa y de interés general a través del portal del ciudadano: http://ciudadano.gobex.es y en la página web de la Consejería competente en materia de caza: extremambiente.juntaex.es.

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