Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el desarrollo del Programa de Dinamización Deportiva 2022-2025 (VIII fase).

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 5 de abril de 2024, la Adenda de modificación del Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el desarrollo del Programa de Dinamización Deportiva 2022-2025 (VIII Fase), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 22 de abril de 2024.

El Secretario General,

DAVID GONZÁLEZ GIL

ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ Y LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN DEPORTIVA 2022-2025 (VIII FASE).

Mérida, 5 de abril de 2024.

REUNIDOS

De una parte D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por el Decreto 97/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, de 28 de julio), y por Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm. 151, de 7 de agosto), autorizado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 2 de abril de 2024.

De otra, D. Miguel Ángel Gallardo Miranda, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, en el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Y, de otra, D. Miguel Ángel Morales Sánchez, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Se reconocen todos ellos la capacidad necesaria para el otorgamiento y suscripción de la presente Adenda, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero. Con fecha 24 de mayo de 2022, se firma un convenio interadministrativo entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el desarrollo del programa de dinamización deportiva 2022-2025, con la finalidad de fomentar el desarrollo de actividades físico-deportivas en aquellos municipios cuya población no supere los 20.000 habitantes. El convenio extiende su vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Segundo. El Programa de Dinamización Deportiva que articula el convenio interadministrativo se financia con las aportaciones económicas de las partes que se consignan en el convenio y se desarrolla mediante la concesión de ayudas por parte de la Junta de Extremadura para la contratación de dinamizadores y coordinadores deportivos por las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura y mediante la contratación por la Junta de Extremadura de un Coordinador Regional del Programa de Dinamización Deportiva.

Tercero. De conformidad con la estipulación cuarta del convenio interadministrativo, las contrataciones de los dinamizadores y coordinadores deportivos por las mancomunidades de municipios de Extremadura, junto con la contratación por parte de la Junta de Extremadura del Coordinador Regional del Programa, son cofinanciadas al 64,89% por la Junta de Extremadura, el 20,19% por la Excma. Diputación de Badajoz y el 14,92% por la Excma. Diputación de Cáceres; los porcentajes de cada diputación se calculan en función del número de dinamizadores y coordinadores deportivos a contratar como máximo en cada una las dos provincias. El convenio establece un número máximo de 177 dinamizadores deportivos para el Programa durante el cuatrienio 2022-2025, correspondiendo un máximo de 99 a mancomunidades de la provincia de Badajoz y un máximo de 78 a mancomunidades de la provincia de Cáceres.

En el apartado seis de la estipulación tercera del convenio interadministrativo se establece la figura del Coordinador regional del Programa de Dinamización Deportiva que deberá contratar la Junta de Extremadura y cuyos costes derivados también serán financiados por las tres instituciones firmantes.

Las aportaciones económicas que, conforme a la estipulación cuarta del convenio, corresponden a cada una de las administraciones para la financiación del Programa de Dinamización Deportiva para el cuatrienio 2022-2025 son las que se recogen en las siguientes tablas:

Tabla 1. Financiación total del Programa 2022-2025 (incluye ayudas a mancomunidades de municipios y aportaciones para la contratación por parte de la Junta de Extremadura del Coordinador Regional.

2022 2023 2024 2025 TOTAL %
Junta de Extremadura 2.631.840 2.631.840 2.631.840 2.631.840 10.527.360 64,89%
Diputación Badajoz 818.892 818.892 818.892 818.892 3.275.568 20,19%
Diputación Cáceres 605.268 605.268 605.268 605.268 2.421.072 14,92%
TOTAL 4.056.000 4.056.000 4.056.000 4.056.000 16.224.000 100%

Estas cantidades son la suma de las aportaciones a las ayudas a mancomunidades de municipios para la contratación de dinamizadores deportivos y por otro lado, a sufragar los gastos del contrato del Coordinador del Programa por parte de Junta de Extremadura, tal y como se reflejan en las siguientes tablas:

Tabla 2. Financiación de las ayudas a mancomunidades del Programa 2022-2025 para la contratación de coordinadores y dinamizadores deportivos.

2022 2023 2024 2025 TOTAL
Junta de Extremadura 2.604.840 2.604.840 2.604.840 2.604.840 10.419.360
Diputación Badajoz 808.542 808.542 808.542 808.542 3.234.168
Diputación Cáceres 597.618 597.618 597.618 597.618 2.390.472
TOTAL 4.011.000 4.011.000 4.011.000 4.011.000 16.044.000

Tabla 3. Financiación de la contratación por parte de la Junta de Extremadura del Coordinador regional del Programa 2022-2025.

2022 2023 2024 2025 TOTAL
Junta de Extremadura 27.000 27.000 27.000 27.000 108.000
Diputación Badajoz 10.350 10.350 10.350 10.350 41.400
Diputación Cáceres 7.650 7.650 7.650 7.650 30.600
TOTAL 45.000 45.000 45.000 45.000 180.000

Cuarto. De conformidad con la estipulación tercera del convenio interadministrativo, el Programa de Dinamización Deportiva se canalizará a través de la tramitación, por parte de la Junta de Extremadura, de la correspondiente convocatoria de subvenciones con destino a las mancomunidades beneficiarias para la financiación parcial de la contratación de dinamizadores deportivos municipales y coordinadores deportivos a lo largo del período 2022-2025.

Quinto. El DOE número 25, del 7 de febrero de 2022, publica la Orden de 3 de febrero de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa de dinamización deportiva de Extremadura. En aplicación de esta orden, con fecha 7 de julio de 2022, se publica, en el DOE número 130, la Resolución de 24 de junio por la que se efectúa la convocatoria de ayudas del Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura, para el período 2022-2025.

La dotación de esta convocatoria para el período 2022-2025 coincide con el importe de la aportación total de las partes, indicada en la estipulación cuarta del convenio para la contratación de 177 técnicos deportivos (coordinadores y dinamizadores deportivos) por parte de las mancomunidades de municipios (tabla 2 del apartado expositivo anterior) y asciende a 16.044.000 € (dieciséis millones cuarenta y cuatro mil euros). Esta cantidad se imputa a partes iguales para cada uno de los cuatro años de vigencia de la convocatoria a razón de 4.011.000 €/año (cuatro millones once mil euros/año).

De los 16.044.000 € indicados, la Junta de Extremadura aporta para estas contrataciones la cantidad de 10.419.360 euros para el cuatrienio 2022-2025, a razón de 2.604.840 euros por año; por su parte, la Excma. Diputación de Cáceres destina, para estas contrataciones la cantidad de 2.390.472 euros para el cuatrienio 2022-2025, a razón de 597.618,00 euros por año. Finalmente, la Excma. Diputación de Badajoz destina para estas contrataciones la cantidad de 3.234.168 euros para todo el cuatrienio 2022-2025, a razón de 808.542,00 euros por año.

Resuelta la convocatoria mediante la Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Secretaría General, resulta que no se agotó íntegramente su dotación económica pues las mancomunidades cacereñas y pacenses solicitaron ayudas para la contratación de un menor número de técnicos deportivos de los previstos inicialmente; concretamente, las mancomunidades solicitaron y obtuvieron ayudas para 152 técnicos deportivos, 65 en la provincia de Cáceres y 87 en la de Badajoz, en lugar de los 177 inicialmente previstos en el convenio, 78 en la provincia de Cáceres y 99 en la de Badajoz).

Por lo tanto, la resolución concede ayudas a las mancomunidades de municipios para la contratación de los técnicos deportivos por importe total de 13.792.800 euros, a razón de 3.448.200 por año, en lugar de los 16.044.000 euros consignados en el convenio, a razón de 4.011.000 euros anuales.

Sexto. En virtud de lo expresado en los apartados expositivos anteriores, las aportaciones económicas de las partes que figuran en la estipulación cuarta del convenio resultan excesivas por lo que resulta necesario acordar una Adenda para modificar la estipulación cuarta del convenio interadministrativo, reduciendo las aportaciones en la forma de figura en las siguientes tablas.

Las aportaciones de las partes destinadas a la contratación del Coordinador General del Programa se mantienen invariables.

Tabla 4. Actualización de aportaciones de las partes para la contratación de Dinamizadores Deportivos.

Financiación 2022 2023 2024 2025 TOTAL
Junta de Extremadura 2.604.840 2.604.840 2.239.344,12 2.239.344,12 9.688.368,24
Diputación Badajoz 808.542 808.542 695.092,13 695.092,13 3.007.268,26
Diputación Cáceres 597.618 597.618 513.763,75 513.763,75 2.222.763,50
TOTAL 4.011.000 4.011.000 3.448.200 3.448.200 14.918.400

Tabla 5. Aportaciones totales de las partes (incluye fondos para la contratación de dinamizadores deportivos y para la contratación del Coordinador General del Programa).

2022 2023 2024 2025 TOTAL %
Junta de Extremadura 2.631.840 2.631.840 2.266.344,12 2.266.344,12 9.796.368,24 64,89%
Diputación Badajoz 818.892 818.892 705.442,13 705.442,13 3.048.668,26 20,19%
Diputación Cáceres 605.268 605.268 521.413,75 521.413,75 2.253.363,50 14,92%
TOTAL 4.056.000 4.056.000 3.493.200 3.493.200 15.098.400 100%

Séptimo. Reunida la Comisión del Seguimiento del convenio interadministrativo el 12 de septiembre de 2023, en el ejercicio de las funciones que le otorga la cláusula séptima, se aprueba por unanimidad proponer a las partes la modificación del convenio, minorando las aportaciones iniciales previstas para las anualidades 2024 y 2025 por las nuevas cantidades que figuran en la tabla 5 del anterior apartado expositivo, a efectos de no comprometer fondos que pudieran ser utilizados para otras necesidades y para facilitar la liquidación final de cada una de estas anualidades.

En virtud de cuanto antecede, las partes intervinientes, en la representación que ostentan y reconociéndose plena capacidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la cláusula séptima del mencionado convenio acuerdan suscribir la presente adenda al convenio interadministrativo, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de los dos primeros apartados de la cláusula cuarta FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA .

Los dos primeros apartados de la cláusula cuarta quedarán redactados como sigue:

1. La financiación del programa durante el período 2022-2025 asciende a 15.098.400 € (quince millones noventa y ocho mil cuatrocientos euros).

Esta cantidad será aportada por las partes en la forma señalada en la siguiente tabla en euros:

2022 2023 2024 2025 TOTAL %
Junta de Extremadura 2.631.840 2.631.840 2.266.344,12 2.266.344,12 9.796.368,24 64,89%
Diputación Badajoz 818.892 818.892 705.442,13 705.442,13 3.048.668,26 20,19%
Diputación Cáceres 605.268 605.268 521.413,75 521.413,75 2.253.363,50 14,92%
TOTAL 4.056.000 4.056.000 3.493.200 3.493.200 15.098.400 100%

En la tabla anterior se incluyen los gastos imputables al programa derivados tanto de la contratación de los 152 dinamizadores/as y coordinadores/as por las entidades beneficiarias como los que corresponden a la contratación del Coordinador/a Regional del Programa por parte de la Junta de Extremadura.

Los cálculos de los importes que le corresponden a cada una de las diputaciones provinciales se han efectuado en proporción al número de dinamizadores/as y coordinadores/as deportivos/as contratados en cada provincia durante la vigencia del VIII Programa: 65 en la provincia de Cáceres y 87 en la de Badajoz.

2. Los costes derivados de la contratación de los dinamizadores/as y coordinadores/as deportivos/as serán financiados por las tres instituciones firmantes conforme al detalle que aparece en la siguiente tabla:

Financiación 2022 2023 2024 2025 TOTAL
Junta de Extremadura 2.604.840 2.604.840 2.239.344,12 2.239.344,12 9.688.368,24
Diputación Badajoz 808.542 808.542 695.092,13 695.092,13 3.007.268,26
Diputación Cáceres 597.618 597.618 513.763,75 513.763,75 2.222.763,50
TOTAL 4.011.000 4.011.000 3.448.200 3.448.200 14.918.400

Segunda. Eficacia.

La presente Adenda producirá efectos desde su firma hasta la fecha de finalización del convenio interadministrativo.

Y en prueba de conformidad con el contenido de esta adenda, las partes lo firman por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.

El Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura,(P.D. Resol. 2 de agosto de 2023, de la Consejera, DOE núm. 151, de 7 de agosto)

D. JOSÉ LUIS GIL SOTO

El Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres,

MIGUEL ÁNGEL MORALES SÁNCHEZ

El Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz,

MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA

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