Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se modifica la composición de la Comisión de Baremación que ha de valorar los méritos de las personas participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 24 de abril de 2023 (DOE n.º 81, del 28 de abril), de la Dirección General de Personal Docente, se convocan procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.

La base IX de la citada resolución establece que la valoración de los méritos aportados por las personas solicitantes será realizada por un órgano técnico de valoración (Comisión de Baremación). Asimismo, se señala que la Dirección General de Personal Docente dictará resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se hará pública la composición de la Comisión de Baremación.

Dando cumplimiento a lo anterior, por Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, se hace pública la composición del órgano de selección para la valoración de méritos de participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos (DOE n.º 94, de 18 de mayo, y posterior corrección de errores en el DOE n.º 35, de 20 de febrero de 2024), modificada por Resolución de 30 de junio de 2023 (DOE n.º 130, de 7 de julio, y posterior corrección de errores en el DOE n.º 50, de 12 de marzo de 2024).

Habiéndose producido con posterioridad la renuncia de una de las vocales integrantes de la citada Comisión, esta Dirección General de Personal Docente, de conformidad con las atribuciones conferidas,

RESUELVE:

Único. Modificar las personas integrantes de la Comisión de Baremación que ha de valorar los méritos de las personas participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos, resultando la composición de citado órgano como se detalla en el anexo de la presente resolución.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer ante el mismo órgano que la dicta, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, 14 de marzo de 2024.

PD, Resolución de 9 de agosto de 2023 (DOE núm. 156, de 14 de agosto),

El Director General de Personal Docente

DAVID MORENO REGO

ANEXO I

COMISIÓN DE BAREMACIÓN

Presidenta:

D.ª M.ª Mercedes Hernández Pérez.

Vocales:

D.ª Evangelina Bote Encina.

D.ª Isabel María Hernández Montaño García.

D. Lucas Navareño Miura.

D.ª Olga Jiménez Cerrato.

D.ª Isabel Alcántara Cáceres.

D.ª Myriam Carlota Sánchez Chamizo, que actuará como Secretaria.

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