Orden de 26 de febrero de 2024 de modificación de la Orden de 18 de mayo de 2023 por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 23 de diciembre de 2022 (DOE n.º 247, de 28 de diciembre), en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convocó proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario, por el sistema excepcional de concurso de méritos, del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La base sexta de la indicada orden establece que el nombramiento del Tribunal se realizará por orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, con antelación a la publicación de las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as y de conformidad con lo que se establezca en la normativa que resulte de aplicación para los procesos de estabilización derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava que disponían que con carácter excepcional y por una sola vez, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se convocara, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Adicionalmente, este proceso incluirá en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016.

La indicada base establece, con la finalidad de agilizar el proceso selectivo, que atendiendo a criterios de homogeneidad y volumen de aspirantes podrán agruparse distintas Especialidades, designándose en este caso un mismo Tribunal de Selección para las Especialidades objeto de agrupación, al que le corresponderá la baremación de los méritos recogidos en el anexo IV de las citadas ordenes de convocatoria.

Por Orden de 18 de mayo de 2023 se nombraron los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, figurando entre ellos el Tribunal n.º 12, para las especialidades de arte, biblioteconomía y documentación, comunicación audiovisual, titulado superior documentación, geografía e historia, auxiliar de biblioteca, vigilante de museos, archivos y bibliotecas y socorrista (DOE n.º 97 de 23 de mayo).

Posteriormente, por Orden de 23 de noviembre de 2023 se modificó la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos, al haberse detectado por la Administración que en dicha convocatoria que no se había incluido una plaza vacante de la especialidad de Arqueología del Cuerpo de Titulados Superiores que cumplía los requisitos establecidos en la normativa aplicable, acordando, asimismo, la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes por los/as aspirantes que cumplieran, de conformidad con lo previsto en la base segunda de la Orden de 23 de diciembre de 2022, todos los requisitos de participación a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Como consecuencia de ello, procede modificar la Orden de 18 de mayo de 2023 por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concreto, el Tribunal n.º 12, para incluir la especialidad de Arqueología.

En virtud de lo expuesto y en relación con el artículo 3 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal, esta Consejería de Hacienda y Ad­ministración Pública,

DISPONE:

Primero. Proceder a la siguiente modificación del anexo I de la Orden de 18 de mayo de 2023 por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

Tribunal n.º 12.

Especialidades:

Arqueología.

Arte.

Bibloteconomia Y Documentación.

Comunicación Audiovisual.

Titulado Superior Documentación.

Geografía e Historia.

Auxiliar de Biblioteca.

Vigilante de Museos, Archivos y Bibliotecas.

Socorrista.

Titulares.

Presidente.

Daniel Álvarez Gómez.

Vocal.

José Javier Cano Ramos.

Secretario.

Evelio Gómez Pache.

Suplentes.

Presidenta.

Nuria María Franco Polo.

Vocal.

José Miguel González Bornay.

Secretario.

Carlos Trenado Ordoñez.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que le corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso- administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, 26 de febrero de 2024.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

MARÍA ELENA MANZANO SILVA

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