Orden de 1 de marzo de 2024, de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional y del Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se determina la presidencia y la vicepresidencia y se nombran a los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo de Formación Profesional de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Formación Profesional de Extremadura se crea y regula según el Decreto 75/2001, de 29 de mayo, como órgano consultivo y de asesoramiento, tripartito, compuesto por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las Consejerías implicadas en la formación profesional.

Por su parte, mediante Orden 16 abril de 2022, se aprobó su Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Extremadura. En el artículo 14 de la citada orden se recoge que cada cuatro años se producirá la renovación de la composición del Consejo, teniendo en cuenta para ello las modificaciones que se hubieran producido en cuanto a la representatividad en sus correspondientes ámbitos territoriales de las organizaciones empresariales y sindicales. El nombramiento, renovación o cese de representantes de la Administración, así como de sus suplentes, se realizará mediante orden conjunta de las Consejerías con competencias en materia de educación y empleo y los demás miembros del Consejo serán nombrados, renovados y cesados por la Presidencia del Consejo, a propuesta de las Organizaciones Empresariales y Sindicales a las que representan.

Conforme a las disposiciones indicadas, la Presidencia del Consejo de Formación Profesional de Extremadura corresponderá alternativamente y por períodos anuales a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y a la persona titular de Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Extremadura.

En cuanto a la Vicepresidencia, según las referidas disposiciones, será desempeñada, alternativamente por períodos anuales, por la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación profesional, correspondiente a las Consejerías competentes en materia de educación y en materia de empleo, que ejercerán dicha Vicepresidencia por períodos anuales en los que no le corresponda la Presidencia a la persona titular de su departamento.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud de las competencias que se ostentan legalmente,

RESUELVO:

Primero. La Presidencia del Consejo de Formación Profesional de Extremadura será desempeñada durante al año 2024 por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, a quien sucederá en la siguiente anualidad la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo, y así alternativamente.

Segundo. La Vicepresidencia del Consejo de Formación Profesional de Extremadura será desempeñada durante el año 2024 por la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación profesional de la Consejería competente en materia de empleo, a quien sucederá en la siguiente anualidad la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación profesional de la Consejería competente en materia de educación, y así alternativamente.

Tercero. Nombrar como vocales del Consejo de Formación Profesional de Extremadura en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por un período de cuatro años a contar desde el 1 de enero de 2024, a:

— D. Pedro Antonio Pérez Durán; Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa; que será suplido cuando concurra una causa justificada, y en todo caso cuando desempeñe la Vicepresidencia, por D. Juan Pablo Cacereño Jiménez; Jefe de Servicio de Formación Profesional.

— D. Juan Pablo Cacereño Jiménez; Jefe de Servicio de Formación Profesional; que será suplido por D. Abraham Rodríguez Cano; Jefe de Servicio de Personas Adultas y a Distancia.

— D.ª María Frade Castro; Asesora Técnica Docente del Servicio de Formación Profesional; que será suplida por D.ª Susana Bautista Martínez; Asesora Técnica Docente del Servicio de Formación Profesional.

— D. Marco Antonio Domínguez Blanco; Asesor Técnico Docente del Servicio de Formación Profesional; que será suplido por D. Pedro García Barquero; Asesor Técnico Docente del Servicio de Formación Profesional.

— D.ª María José Nevado del Campo; Directora General de Formación para el Empleo; que será suplida cuando concurra una causa justificada, y en todo caso cuando desempeñe la Vicepresidencia, por D.ª Carmen Sánchez Valdepeñas; Jefa de Sección de Formación para el Empleo I.

— D. Juan Sánchez Moreno; Jefe de Servicio de Programas Mixtos de Formación y Empleo; que será suplido por D. Alfonso Fernández Alvarez; Jefe de Sección de Formación para el Empleo II.

— D. Jesús Manuel Arancón Revilla; Director del Centro de Formación de Don Benito: que será suplido por D. Pedro María Rodríguez Rodríguez; Director del Centro de Formación de Cáceres.

— D.ª María Teresa Reyes Murillo: Jefa de Servicio de Formación para el Empleo; que será suplida por D. José Antonio Villalba Calderón; Jefe de Sección de Formación para el Empleo.

Cuarto. Nombrar para el desempeño de la Secretaría del Consejo de Formación Profesional de Extremadura a:

D.ª Francisca Ramírez Fernández; Jefa de Sección de Planificación de Formación Profesional; que será suplida por D. Alejando Acedo Lavado; Auxiliar Administrativo del Servicio de Formación Profesional.

La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 1 de marzo de 2024.

La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,

MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO

El Consejero de Economia, Empleo y Transformación Digital,

GUILLERMO SANTAMARÍA GALDÓN

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