Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se procede a la modificación del anexo I de la Orden de 18 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional.

TEXTO ORIGINAL

ANTECEDENTES:

Primero. Con fecha 24 de septiembre de 2020 fue publicada, en el DOE número 186, la Orden de 18 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional.

Segundo. La disposición final primera de la citada orden faculta a quien ejerza la titularidad de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de deportes para adoptar las medidas que considere necesarias para el desarrollo y ejecución de la orden, así como para realizar modificaciones de su anexo I mediante resolución de su titular y previa propuesta de la Dirección General competente en materia de deportes, en función de la creación, modificación o supresión anual de competiciones deportivas que se realicen por parte de las federaciones deportivas nacionales o internacionales, publicando el nuevo anexo I, a través del correspondiente anuncio, en el Diario Oficial de Extremadura.

Tercero. Cada año es necesario actualizar el referido anexo I, adecuándolo a la realidad deportiva y dándole la debida publicidad mediante su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. La redacción vigente es la establecida por la Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se procede a la modificación del anexo I de la Orden de 18 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional, publicada en el DOE número 74, de 19 de abril de 2023.

Cuarto. Si bien la mayoría de las competiciones deportivas se han mantenido estables en su estructura y desarrollo para el año 2024 respecto a la existentes en 2023, algunas de ellas han sufrido variaciones o han sido incorporadas o suprimidas en los respectivos calendarios oficiales de las diferentes federaciones deportivas. Ello hace necesario, para lograr el objeto y finalidad perseguidos por la Orden de 18 de septiembre de 2020, proceder a la modificación de su anexo I.

Quinto. Se ha recibido propuesta del Director General de Jóvenes y Deportes de modificación del anexo I de la Orden de 18 de septiembre de 2020.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. De conformidad con la disposición final primera de la Orden de 18 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional: Se faculta a quien ejerza la titularidad de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de deportes para adoptar las medidas que considere necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente orden, así como para realizar modificaciones de su anexo I mediante resolución de su titular y previa propuesta de la Dirección General competente en materia de deportes, en función de la creación, modificación o supresión anual de competiciones deportivas que se realicen por parte de las federaciones deportivas nacionales o internacionales, publicando el nuevo anexo I, a través del correspondiente anuncio, en el Diario Oficial de Extremadura .

Segundo. La Consejería competente en materia de deportes es la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes conforme el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio de 2023).

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los antecedentes y fundamentos precedentes, en el ejercicio de las competencias que tengo legalmente atribuidas, a propuesta de la Dirección General de Jóvenes y Deportes,

RESUELVO:

Único. Modificar el anexo I de la Orden de 18 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional, que queda redactado según recoge el anexo a esta resolución, y ordenar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante esta Secretaría General o ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, 27 de febrero de 2024.

El Secretario General,

José Luis Gil Soto

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