Resolución de 23 de febrero de 2024, del Rector, por la que se nombra funcionario de carrera de la Escala de Auxiliares de Servicios (Servicios Generales), al opositor que ha superado las pruebas selectivas convocadas.

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para para el ingreso en la Escala de Auxiliar de Servicios (Servicios Generales), para ser cubierta por personas que acrediten discapacidad intelectual, mediante el sistema de acceso libre (DOE núm. 237, de 13 de diciembre de 2022), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura (Decreto 65/2003, de 8 de mayo),

resuelve:

Primero. Nombrar, de acuerdo con la base 10.3 de la convocatoria, a la funcionaria de carrera de la Escala de Auxiliares de Servicios (Servicios Generales) de la Universidad de Extremadura a doña Tamara García Palomo, con DNI número ***9766**.

Segundo. Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, la interesada habrá de prestar juramento o promesa de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Tercero. La toma de posesión de la aspirante aprobada será efectuada en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, y en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, la persona nombrada, para tomar posesión, deberá realizar la declaración a la que se refiere el primero de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en el artículo 10 de la Ley 53/1984.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 23 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso potestativo de reposición, conforme a lo indicado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 23 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso potestativo de reposición, conforme a lo indicado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Badajoz, 23 de febrero de 2024.

El Rector,

PEDRO M. FERNÁNDEZ SALGUERO

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