Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueba el expediente del procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se propone al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes el nombramiento, como personal funcionario de carrera, de las personas seleccionadas.

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 222, de 18 de noviembre), se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, se hace pública la relación de personas seleccionadas en el citado procedimiento selectivo, actualizada mediante Resolución de 24 de julio de 2023.

De conformidad con la base 12 de la Resolución de Convocatoria las personas que superen el procedimiento selectivo convocado no tendrán que realizar una fase de prácticas. Una vez verificado que reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en esta convocatoria, se procederá a la aprobación del expediente del proceso selectivo y se remitirán las listas de personas seleccionadas al Ministerio de Educación y Formación Profesional, con indicación del cuerpo y especialidad. Este procederá a su nombramiento como personal funcionario de carrera del correspondiente cuerpo docente y a la expedición de los títulos de personal funcionario de carrera, y ello con efectos del día uno de septiembre del curso académico siguiente a aquel en que haya finalizado el procedimiento selectivo convocado .

En virtud de lo anterior, teniendo atribuida la Dirección General de Personal Docente entre sus funciones, la aprobación de las convocatorias de ingreso en los cuerpos docentes y la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario interino, así como todos los actos derivados de dichos procedimientos, incluida la resolución de los recursos administrativos, a excepción de las convocatorias de ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación, de conformidad con el subapartado a) del apartado tercero de la Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE núm. 156, de 14 de agosto), esta Dirección General,

RESUELVE:

Primero. Aprobar el expediente del procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocado mediante Resolución de 14 de noviembre de 2022 (DOE n.º 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Proponer al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el nombramiento como personal funcionario de carrera del correspondiente Cuerpo y Especialidad, así como la expedición de los títulos de personal funcionario de carrera, a quienes figuran en el anexo a la presente resolución, y ello con efectos administrativos de 1 de septiembre de 2023 y efectos económicos desde la toma de posesión.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estime pertinente.

Mérida, 22 de febrero de 2024.

PD, Resolución de 9 de agosto de 2023 (DOE núm. 156, de 14 de agosto),

El Director General de Personal Docente

DAVID MORENO REGO

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