Anuncio de 8 de febrero de 2024 sobre la concesión de la condición de agentes informantes y agentes colaborantes del Observatorio de Precios y Cadena de Valor del Sector Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 25/2023, de 29 de marzo, por el que se crea y regula el Observatorio de Precios y Cadena de Valor del Sector Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 19.3, establece que las personas físicas y jurídicas que deseen ostentar la condición de agentes informantes o colaborantes deben solicitar su adhesión al Observatorio mediante el formulario normalizado correspondiente dirigido a la persona titular de la Dirección General competente en materia de agricultura y ganadería.

Asimismo, el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a esta Dirección General, en su artículo 3.1.e), las competencias derivadas de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, salvo las relativas al suministro de información comercial sensible y gestión de marcas y las atribuidas a otros órganos.

Por otra parte, el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente que concurren en el presente caso al encontrarnos en la necesidad de articular el mecanismo de notificación con las personas interesadas a través de mecanismos que garanticen la agilidad y la protección de los principios de seguridad jurídica y transparencia.

En consecuencia, esta Dirección General ha acordado, a través de la Resolución de 22 de enero de 2024, que se incorpora como ANEXO, la concesión de la condición de agente informante y colaborante a las personas jurídicas recogidas en el anexo I de la resolución indicada.

Mérida, 8 de febrero de 2024. El Director General de Agricultura y Ganadería, JOSÉ MANUEL BENÍTEZ MEDINA.

ANEXO

Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de concesión de la condición de agentes informantes y agentes colaborantes del Observatorio de Precios y Cadena de Valor del Sector Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

José Manuel Benítez Medina, en calidad de Director General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en virtud de nombramiento recogido en el Decreto 189/2023, de 23 de agosto (DOE núm. 164, de 25 de agosto de 2023), en ejercicio de las competencias atribuidas, vistas las actuaciones obrantes en el expediente y a la vista de la propuesta formulada por el órgano instructor, en base a los siguientes

HECHOS

Primero. El Decreto 56/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y primera convocatoria para el ejercicio 2023 (DOE núm. 117, de 20 de junio de 2023), dispone en su artículo 7.1.11, al establecer los criterios de valoración y ponderación para el otorgamiento de la ayuda, que las solicitudes presentadas por un agente informante y colaborador con el Observatorio de Precios y Cadena de Valor del Sector Agroalimentario de la Comunidad Autónoma Extremadura tendrán una valoración de 1 punto.

El artículo 12.6 de este decreto, establece un plazo de presentación de solicitudes de 45 días naturales, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es/ y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Tras la apertura del plazo indicado en el párrafo anterior, se han presentado distintas solicitudes para acceder a la condición de agente informante y colaborante del Observatorio de Precios y Cadena de Valor del Sector Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El Decreto 25/2023, de 29 de marzo, por el que se crea y regula el Observatorio de Precios y Cadena de Valor del Sector Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 19.3, establece que las personas físicas y jurídicas que deseen ostentar la condición de agentes informantes o colaborantes deben solicitar su adhesión al Observatorio mediante el formulario normalizado correspondiente dirigido a la persona titular de la Dirección General competente en materia de agricultura y ganadería.

Segundo. Por otra parte, el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a esta Dirección General, en su artículo 3.1.e), las competencias derivadas de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, salvo las relativas al suministro de información comercial sensible y gestión de marcas y las atribuidas a otros órganos.

Por lo anterior, y vistas las solicitudes presentadas una vez verificado el cumplimiento de los requisitos necesarios para ostentar la condición de agentes informantes y colaborantes,

RESUELVO:

Primero. La concesión de la condición de agente informante y colaborante a las personas jurídicas recogidas en el ANEXO I. El mantenimiento de tal condición requiere el suministro de información sobre los productos y con la periodicidad indicada, en el mismo, individualmente. En caso contrario, se podrá dictar resolución declaratoria de la pérdida de dicha condición.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible o ante este órgano en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

ANEXO I

PERSONAS JURÍDICAS

RELACIÓN DE ENTIDADES, PRODUCTOS, POSICIÓN COMERCIAL Y TEMPORALIDAD

NIF PRODUCTO POSICIÓN TEMPORALIDAD
A06396915 Porcino Origen Semanal
B06120737 Uva Origen Semanal
B06110266 Uva Origen Semanal
B06110266 Vino Salida centro de manipulación Semanal
F06012355 Aceite Salida centro de manipulación Semanal
F06012355 Uva Origen Fin de campaña
F06012355 Aceituna Origen Fin de campaña
F06139109 Arroz Origen Fin de campaña
F06139109 Cereales Invierno Origen Semanal
F06139109 Maíz Origen Semanal
F06139109 Almendra Origen Semanal
B06185532 Tomate Industria Origen Fin de campaña
F06294169 Vino Salida centro de manipulación Semanal
F06294169 Aceite Salida centro de manipulación Semanal
F06294169 Aceituna Origen Fin de campaña
F10021343 Aceituna Origen Fin de campaña
F10021343 Maíz Origen Fin de campaña
F10021343 Arroz Origen Fin de campaña
F10021343 Cereales Invierno Origen Fin de campaña
F10021343 Girasol Origen Fin de campaña
F10021343 Tomate Industria Origen Fin de campaña
F10021343 Patata Origen Fin de campaña
V06064273 Vino Salida centro de manipulación Semanal
A26016881 Tomate Industria Origen Fin de campaña
B06010102 Uva Origen Semanal
A06003800 Tomate Industria Origen Fin de campaña
B28291128 Aceite Salida centro de manipulación Semanal
B28291128 Almendra Origen Fin de campaña
E06353650 Aceite Salida centro de manipulación Semanal
E06353650 Aceituna Origen Semanal
B10470516 Cereza Origen Semanal
B10470516 Ciruela Salida centro de manipulación Semanal
F10026128 Ciruela Origen Fin de campaña
F10026128 Cereza Origen Semanal
F10026128 Aceituna Origen Fin de campaña
F10026128 Aceite Salida centro de manipulación Fin de campaña
V06034235 Aceite Salida centro de manipulación Semanal
V06034235 Almendra Origen Semanal
F06004576 Aceite Salida centro de manipulación Semanal
F06004576 Maíz Origen Semanal
F06004576 Almendra Origen Semanal
B06466833 Tomate Industria Origen Semanal
B06466833 Cereales Invierno Origen Semanal
B06466833 Maíz Origen Semanal
B06466833 Almendra Origen Semanal
B06466833 Frutal Hueso Origen Semanal
B06466833 Vacuno Origen Semanal
B06466833 Ovino Origen Semanal
B06466833 Porcino Origen Semanal
B06466833 Aceituna Origen Semanal
F31097280 Almendra Origen Mensual
F31097280 Tomate Industria Origen Mensual
F31097280 Ciruela Origen Mensual
F31097280 Melocotón Origen Mensual
F31097280 Nectarina Origen Mensual
F31097280 Pera Origen Mensual
F31097280 Maíz Origen Mensual
F31097280 Cereales Invierno Origen Mensual
B06583884 Cereales Invierno Origen Semanal
B06583884 Uva Origen Semanal
B06583884 Aceituna Origen Semanal
B06583884 Frutal Hueso Origen Semanal
B06583884 Vacuno Origen Mensual
B06583884 Ovino Origen Mensual
B06583884 Porcino Origen Mensual
B066668979 Aceituna Origen Fin de campaña
A06108914 Uva Origen Semanal
A06108914 Aceituna Origen Semanal
B10464949 Cereza Origen Fin de campaña
B10464949 Ciruela Origen Fin de campaña
B06691489 Aceituna Origen Semanal

CLÁUSULA PROTECCIÓN DATOS

Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.

Responsable del tratamiento de sus datos:

— Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.

— Dirección: Avda./ Luis Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).

— Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es - Teléfono: 924002131.

— Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.

Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:

Serán tratados con las siguientes finalidades:

Gestión de colaboradores y recogida de datos, con objeto de determinar valores de compraventa de los distintos productos agrícolas.

Legitimación para el tratamiento de sus datos:

La base legal para los tratamientos indicados es:

RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tiempo que se van a mantener sus datos personales:

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:

Podrán ser comunicados a:

Otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.

Transferencias internacionales de datos:

No están previstas transferencias internacionales de datos.

Sus derechos en relación con el tratamiento de datos:

Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado.

En determinados supuestos el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.

En determinados supuestos puede ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos, que serán entregados en un formato estructurado, de uso común o lectura mecánica a usted o al nuevo responsable de tratamiento que designe.

Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo ha otorgado.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados en: http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/ejercicio-de-derechos o utilizar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos o terceros. Estos formularios deberán ir firmados electrónicamente o ser acompañados de fotocopia del DNI. Si se actúa por medio de representante, de la misma manera, deberá ir acompañado de copia de su DNI o con firma electrónica.

Los formularios deberán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen en el apartado Responsable .

Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.

El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presenta-das o a la complejidad de la misma.

En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.

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