Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica la Resolución de 30 de junio de 2023 por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 29 de octubre de 2021 (DOE núm. 213, de 5 de noviembre), de la Dirección Gerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

Por Resolución de 30 de junio de 2023 (DOE núm. 130, de 7 de julio), de la Dirección Gerencia, se hace pública la relación definitiva de aprobados del citado proceso selectivo, corregida en 10 de julio de 2023 (DOE núm. 131).

Posteriormente, en ejecución de las sentencias 28/2023, de 26 de abril, y 65/2023, de 14 julio, ambas del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Badajoz, confirmadas por las sentencias 384/2023, de 21 de julio, y 489/2023, de 26 de octubre, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, el Tribunal de Selección procede a la corrección de los ejercicios de la fase de oposición de las recurrentes (Acuerdo 6 de noviembre de 2023) y subsiguientemente a la publicación de la relación provisional de aprobados (Acuerdo 18 de diciembre de 2023), resultando Noelia García Rivero con una calificación total de 61,120 y Gloría Zapata Fernández con un total de 57,080, una vez sumadas por el Tribunal las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Igualmente, por auto de 6/2024, de 29 de enero de 2024, del mismo Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Badajoz, se declara terminado el procedimiento abreviado n.º 175/2023, por haber reconocido la Administración demandada totalmente las pretensiones de la aspirante Tatiana Chamorro Calderón, resultando la misma con una calificación total en el proceso selectivo de 58,164.

Asimismo, mediante Resoluciones de 19 de diciembre de 2023 y 2, 3 y 8 de enero de 2024, del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, se estiman recursos de reposición interpuestos contra la relación definitiva de aprobados, en el sentido de otorgar a Sonia Moyano Cidoncha una puntuación total en el proceso selectivo de 55,746 (en vez de los 55,506 asignado inicialmente), a Moisés Flecha Sánchez una puntuación total de 56,575 (en vez de los 51,215 asignados inicialmente), a Almudena Fernández Rúa una puntuación total 48,515 (en vez de los 47,435 asignados inicialmente) y a Inés María García Guillo una puntuación total de 46,000 puntos (en vez de los 42,000 iniciales).

A la vista de todo lo anterior, procede la modificación de la antedicha Resolución de 30 de junio de 2023, en el sentido incluir a las aspirantes Noelia García Rivero y Gloría Zapata Fernández con la correspondiente puntuación y cambiar el orden de prelación de los aspirantes Tatiana Chamorro Calderón (pasando del puesto 421 al 392), Sonia Moyano Cidoncha (pasando del puesto 520 al 511), Moisés Flecha Sánchez (pasando del puesto 786 al 479), Almudena Fernández Rúa (pasando del puesto 1058 al 980) e Inés María García Guillo (pasando del puesto 1414 al 1175).

Todo ello determina, que la aspirante Noelia García Rivero al encontrarse dentro del número de plazas convocadas en la citada categoría, deba presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos necesarios de participación, por aplicación de la base 11. También, conforme a la base 11.2, Gloria Zapata Fernández y Moisés Flecha Sánchez estén obligados a presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

En atención a lo expuesto, esta Dirección Gerencia,

RESUELVE:

Primero. Modificar la relación definitiva de aprobados del turno libre en la categoría de Enfermero/a, como consecuencia de la ejecución de las sentencias y autos judiciales, así como de la estimación de los recursos de reposición que se han descrito, según se expone en el anexo de esta resolución.

Esta modificación de la relación definitiva de aprobados podrá asimismo consultarse en la dirección de internet: http://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/).

Segundo. De acuerdo con lo previsto en la base undécima, la aspirante Noelia García Rivero que se encuentra dentro del número total de las plazas ofertadas en el turno libre, deberá presentar de forma telemática a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud (https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal), los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria que se citan, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Igualmente, conforme a la base 11.2 de la convocatoria, que permite establecer un número adicional de aspirantes obligados a presentar esa documentación, deberán presentarla los aspirantes del turno libre Gloria Zapata Fernández y Moisés Flecha Sánchez que figuran en la relación definitiva de aprobados con número de orden 447 y 479 respectivamente.

a) Copia auténtica del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor del aspirante, salvo que en la solicitud de participación se haya otorgado al Servicio Extremeño de Salud la autorización para que compruebe de oficio los datos de identidad personal mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en este proceso selectivo según lo establecido en la base 2.1.a), deberán presentar copia autentica del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Copia auténtica del título académico o del certificado exigido para la participación en este proceso selectivo. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá aportar el documento que acredite que dicho título tiene reconocimiento y validez en todo el territorio español.

Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la misma o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Estado en materia de educación o cualquier otro órgano de la Administración Autonómica competente para ello.

c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.

d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría y/o especialidad a la que accede.

e) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el normal desempeño de las tareas o funciones objeto de la convocatoria.

f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en caso de que en la solicitud de participación se haya marcado la casilla de no autorización al Servicio Extremeño de Salud para recabar los correspondientes datos derivados de la base 2.1.i). Además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes sexuales prevista anteriormente, los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta a la española y aquellos que gozaran de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido al castellano y legalizado de acuerdo con los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados anteriormente, se podrá acreditar, que se reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

Tercero. Quién, estando obligado a hacerlo según lo establecido anteriormente, no presente la documentación acreditativa, perderá, salvo caso de fuerza mayor, el derecho a ser nombrado personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Mérida, 6 de febrero de 2024.

El Director Gerente,

JESÚS VILÉS PIRIS

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