Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se rectifican errores de la Resolución de 16 de noviembre de 2023, por la que se aprueba la convocatoria de los premios, para la participación en la fase autonómica, del concurso escolar sobre consumo responsable Consumópolis19 "Súmate a la energía responsable", para el curso escolar 2023-2024.

TEXTO ORIGINAL

En relación con la Resolución de 16 de noviembre de 2023, por la que se aprueba la convocatoria de los premios, para la participación en la fase autonómica, del concurso escolar sobre consumo responsable Consumópolis19 Súmate a la energía responsable , para el curso escolar 2023-2024.

Resultando que mediante informe de la Intervención Delegada de 28 de noviembre de 2023, se ponen de manifiesto una serie de errores.

Considerando que esta Secretaría General, es competente para dictar la citada resolución y, en consecuencia la presente corrección, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con lo previsto en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Considerando que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos

Por cuanto queda expuesto, se procede a la oportuna rectificación, de modo que:

1. En el apartado 2 del resuelvo cuarto, relativo a Forma de inscripción y registro de los participantes en el concurso.

Donde dice: El periodo de inscripción de los equipos está comprendido entre el 2 de octubre de 2022 y el 19 de febrero de 2024 .

Debe decir: El periodo de inscripción de los equipos está comprendido entre el 2 de octubre de 2023 y el 19 de febrero de 2024 .

2. En el apartado 1 del resuelvo séptimo, relativo a Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución.

Donde dice: El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es la Gerencia del Instituto de Consumo de Extremadura .

Debe decir: El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es la Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura .

3. En el apartado 4 del resuelvo décimo, relativo a Gastos, pagos y justificación.

Donde dice: 4. Las obligaciones económicas derivadas de esta convocatoria ascienden a un presupuesto total de cuatro mil trescientos treinta y dos euros (4.332 €) que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 110070000/G/324A/48000, código 20090022, del ejercicio 2023 ( ) .

Debe decir: 4. Las obligaciones económicas derivadas de esta convocatoria ascienden a un presupuesto total de cuatro mil trescientos treinta y dos euros (4.332 €) que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 110070000/G/324A/48000, código 20090022, del ejercicio 2024 ( ) .

4. En el pie de recurso.

Dónde dice: Contra la presente resolución de convocatoria los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Servicios Sociales en el plazo de un mes .

Debe decir: Contra la presente resolución de convocatoria los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales en el plazo de un mes.

5. La firma de la resolución,

Dónde dice: La Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales .

Debe decir: La Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales .

Mérida, 28 de diciembre de 2023.

La Secretaria General,

María del Pilar Nogales Perogil

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