Resolución de 23 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de incorporación de la Comunidad Autónoma de Extremadura al Convenio de Colaboración en el ámbito de la Convocatoria RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica) de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial entre entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia, la Comunidad Foral de Navarra y la SME Instituto Nacional de Ciberseguridad de España MP, SA (INCIBE), en el ámbito del Programa RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 29 de diciembre de 2023, la Adenda de incorporación de la Comunidad Autónoma de Extremadura al Convenio de Colaboración en el ámbito de la Convocatoria RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica) de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial entre entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia, la Comunidad Foral de Navarra y la SME Instituto Nacional de Ciberseguridad de España MP, SA (INCIBE) en el ámbito del Programa RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea Next Generation EU, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la adenda que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 23 de enero de 2024.

El Secretario General,

DAVID GONZÁLEZ GIL

ADENDA de incorporación de la comunidad autónoma de EXTREMADURA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA RETECH (REDES TERRITORIALES DE ESPECIALIZACIÓN TECNOLÓGICA) DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE DIGITALIZACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL ENTRE ENTIDADES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE CANARIAS, CANTABRIA, MURCIA, LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y LA SME INSTITUTO NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD DE ESPAÑA MP, SA (INCIBE) EN EL ÁMBITO DEL PROGRAMA RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), Y EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA- FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NEXT GENERATION EU

Madrid, 29 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

D. Guillermo Santamaría Galdón, en su condición de Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, nombrado por Decreto de la Presidenta 20/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto de la Presidenta 29/2023, de 16 de agosto, DOE núm. 164, de 25 de agosto por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, y con domicilio a efectos de notificaciones en Paseo de Roma, s/n. Módulo C, 2.ª Planta 06800 Mérida.

D. Guillermo Santamaría Galdón declara ausencia de conflicto de intereses (DACI) en la firma del presente convenio, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses o de causa de abstención, y se compromete a poner en conocimiento, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé, o pudiera dar lugar, a dicho escenario, y, así mismo, que es conocedor de las consecuencias que pudieran derivarse de la falsedad de una declaración de ausencia de conflicto de intereses.

De otra parte, D. Félix Antonio Barrio Juárez, Director General de la SME Instituto Nacional de Ciberseguridad de España MP, SA (en adelante INCIBE ), con domicilio en León, Avda. José Aguado, 41 (24005, León) y CIF A-24530735, en virtud de la escritura pública, bajo el número de protocolo 3062, otorgada el 7 de julio de 2022 ante la Notaria del Ilustre Colegio de Madrid, D.ª Ana López-Monís Gallego.

D. Félix Antonio Barrio Juárez declara ausencia de conflicto de intereses (DACI) en la firma del presente convenio, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses o de causa de abstención, y se compromete a poner en conocimiento, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé, o pudiera dar lugar, a dicho escenario, y, así mismo, que es conocedor de las consecuencias que pudieran derivarse de la falsedad de una declaración de ausencia de conflicto de intereses.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la firma de la presente adenda, en nombre de las entidades que representan y

EXPONEN

Que las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia y la Comunidad Foral de Navarra e INCIBE tienen suscrito un Convenio de colaboración a fecha 6 de noviembre de 2023, que tiene por objeto la ejecución del PROYECTO CIBERREG-IMPULSO A LA CIBERSEGURIDAD DESDE LOS TERRITORIOS ( Proyecto CIBERREG ) presentado a la convocatoria del Programa RETECH del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, que tiene como finalidad alinearse con estrategias y políticas regionales que tratan de impulsar la ciberseguridad en sus territorios con el consiguiente crecimiento económico y social derivado de dichas acciones, alineándose así con el Componente 15.I7 y el Componente 19.I4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en los términos recogidos en el citado convenio.

Por tanto, el objeto del mencionado Convenio es regular el alcance y tipo de actuaciones a realizar por todas las partes en la ejecución del Proyecto, así como las obligaciones de carácter técnico y financiero que se fijan las partes para ello, y sin que su vinculación pueda ser considerada una prestación de servicios técnicos o de cualquier otro tipo.

Las actuaciones a realizar consisten a modo enunciativo en las líneas siguientes:

— Línea de actuación 1: Centros de Ciberseguridad Regionales.

Desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la Ciberseguridad (Componente 15).

— Línea de actuación 2: Fomento de ecosistema empresarial en Ciberseguridad.

Desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la ciberseguridad (Componente 15).

Surgimiento, crecimiento y desarrollo de nuevas empresas en este sector (Componente 15).

Acciones de internacionalización en el ámbito de la ciberseguridad (Componente 15).

— Línea de actuación 3: Centros Demostradores.

Desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la ciberseguridad (Componente 15).

Implantación de un centro demostrador para el desarrollo de infraestructura de ciberseguridad y la creación de nuevos servicios de ciberseguridad, incluidos laboratorios de ensayo y simuladores de ciberataques (Componente 15).

— Línea de actuación 4: Gestión del Talento.

Formación y capacitación de personas con talento especializadas en el ámbito de la ciberseguridad (Componente 15).

Adaptación de la oferta formativa de formación profesional existente y el diseño de nuevas especialidades (Componente 19).

— Línea de actuación 5: Sensibilización.

Sensibilización y comunicación en el ámbito de la ciberseguridad todos los niveles educativos, mediante el desarrollo de recursos, herramientas y materiales específicos. (Componente 15).

El detalle de las actuaciones a realizar, así como su cronograma, serán especificados en los respectivos planes anuales operativos a los que se refiere la cláusula tercera del mencionado convenio.

La vigencia del convenio se extenderá, desde la fecha de su firma hasta el 30 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un plazo máximo igual al de su duración inicial.

Debido a su vinculación a los Fondos Next Generation, y a los objetivos y plazos del PRTR, el plazo de ejecución del gasto derivado del presente convenio y de los proyectos asociados al mismo, concluirá el 30 de junio de 2026, para aquellas actuaciones que estén bajo el marco del C15.I7 y el 31 de diciembre de 2025, para aquellas actuaciones que estén bajo el marco del C19.I4.

Que debido al interés manifestado por la Comunidad Autónoma de Extremadura con la conformidad de INCIBE, en ser parte conveniante del Convenio referenciado, ambas partes han acordado suscribir la presente adenda a los efectos de la inclusión y adhesión de la Comunidad de Extremadura al Convenio al que se anexa la presente Adenda, de acuerdo con las siguientes;

CLÁUSULAS

Primera. Régimen jurídico.

La relación jurídica de las Partes se rige por lo estipulado en el convenio de colaboración en el ámbito de la convocatoria RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica) de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial entre entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia, La Comunidad Foral de Navarra y la S.M.E. Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, MP, SA (INCIBE) en el ámbito del programa RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), y en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia- financiado por la Unión Europea Next Generation EU, formalizado el 6 de noviembre de 2023, siempre que no entre en contradicción con la presente adenda.

Segunda. Inclusión de la Comunidad Autónoma de Extremadura como parte conveniante.

Que a todos los efectos le serán de aplicación a Extremadura, las cláusulas y disposiciones transcritas en el Convenio de Colaboración suscrito en el ámbito de la Convocatoria RETECH para la ejecución del Proyecto CIBERREG.

Tercera. Organismo designado por la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El organismo designado por la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la ejecución del Proyecto CIBERREG será: Dirección General de Digitalización Regional.

A este respecto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.b) de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, se señalan las competencias del citado organismo:

Corresponde a la Dirección General, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad sobre políticas digitales corporativas y seguridad de la información, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación, coordinación y gobernanza de la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del territorio, en particular:

a) La dirección, planificación y desarrollo de todos los servicios, sistemas e infraestructuras de telecomunicaciones y redes de telecomunicaciones básicas y de servicios avanzados de telecomunicación de la Junta de Extremadura, en coordinación con la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad.

b) La coordinación con el Estado, fomento e impulso, en el marco de sus competencias, de los despliegues de infraestructuras de telecomunicaciones privadas para dotar de banda ancha ultrarrápida y redes móviles de última generación a toda la población extremeña, especialmente en los territorios con menor densidad de población, zonas industriales, semilleros de empresa y zonas de especial interés para el desarrollo empresarial, turístico y social de Extremadura.

c) La coordinación y el impulso de medidas y programas, de manera autónoma y entre instituciones, que garanticen la capacitación en competencias digitales de la ciudadanía, promoviendo el uso responsable y seguro de las nuevas tecnologías y el pensamiento crítico, contribuyendo a su desarrollo profesional y mejora de la competitividad, poniendo el foco en los entes claves del proceso de digitalización de la sociedad y los sectores productivos de la economía extremeña.

d) Promover el desarrollo de políticas públicas que promuevan el crecimiento económico y social mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación en colaboración con otros órganos directivos.

e) El fomento de la economía digital mediante el impulso de la industria conectada y la transformación digital de las empresas extremeñas, autónomos pymes y resto de empresas, como factor clave de innovación y competitividad en los sectores económicos estratégicos de la Comunidad Autónoma como oportunidad de crecimiento económico, emprendimiento y creación de empleo.

f) Elaboración y gestión de proyectos innovadores que permitan a autónomos y pequeñas y medianas empresas adquirir capacidades para ofrecer productos o servicios que respondan a las demandas de la economía digital.

g) Impulsar la colaboración pública y privada para el desarrollo de herramientas, tecnologías y servicios digitales que contribuyan a ofrecer servicios a ciudadanos y empresas que faciliten el emprendimiento y actividad económica.

h) El impulso y fomento de proyectos empresariales, en coordinación con la Dirección General de Empresa, para la implementación de las tecnologías innovadoras de transformación digital definidas por la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad.

i) Fomentar y dinamizar en la Universidad y los Centros Tecnológicos, proyectos para el diseño y desarrollo de productos y servicios que respondan a los nuevos modelos de negocio de la sociedad digital.

j) Colaborar con las entidades locales y diputaciones, en el desarrollo de proyectos que promuevan la digitalización de las infraestructuras urbanas y servicios de pueblos y ciudades adaptándolos al mundo digital.

2. Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección General de Digitalización Regional, se estructura en el siguiente órgano administrativo:

— Servicio de Transformación Digital Empresarial, Ciudadana y de Administración Local y de Telecomunicaciones.

Cuarta. Presupuesto de la adenda y financiación.

El presupuesto para ejecución de la Adenda, y las aportaciones de las partes serán las siguientes:

ENTIDADES PARTICIPANTES PRESUPUESTOTOTAL () APORTACIÓNINCIBE % APORTACIÓN CCAA / ENTIDADES AUTONÓMICAS %
Extremadura (Dirección General de Digitalización Regional ) 826.447,00 619.835,25 75,00 206.611,75 25,00
TOTAL 826.447,00 619.835,25 75,00 206.611,75 25,00

(Tabla 1) Todos los importes son IVA no incluido

Las aportaciones de INCIBE con cargo a fondos europeos, no superarán en ningún caso el 75% máximo indicado en la Tabla 1 y para las que INCIBE ya ha sido dotada de fondos suficientes con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), incluidos en los Presupuestos Generales del Estado de las anualidades 2021, 2022 y 2023. De las dotaciones presupuestarias asignadas a INCIBE, las correspondientes a los Proyectos de RETECH son las siguientes:

— 27.50.46OG.74006.

— 27.50.460C.74007.

Las aportaciones que se realicen por INCIBE a las diferentes entidades autonómicas, con cargo al presupuesto del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR) no incluirán el IVA, ni impuestos equivalentes, por los gastos e inversiones que se deban justificar. En los casos en los que se acredite, por parte de cada entidad, la imposibilidad de deducción total o parcial del impuesto, este se financiará con cargo al presupuesto ordinario de INCIBE (no MRR).

Las aportaciones económicas de INCIBE (75%) no pueden ser utilizadas por ninguna de las partes colaboradoras para otorgar subvenciones o ayudas.

Cada entidad autonómica participante se hará cargo del IVA correspondiente a las aportaciones económicas que realizará, conforme a lo acordado en el presente convenio.

De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en los proyectos que se financien con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia no se podrá incurrir en doble financiación. En este punto, indicar que se seguirán las directrices previstas en los Componentes y en los costes estimados de las medidas C15.I071 y C19.I042, en las que se determinan la compatibilidad (o no) de esta financiación con otros fondos de la Unión Europea, evitando así la doble financiación.

Quinta. Adhesión al Convenio por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que mediante la firma de la presente adenda las partes firmantes ratifican con su firma la adhesión total a la totalidad de cláusulas rectoras del Convenio de Colaboración en el ámbito de la Convocatoria RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica) de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial entre entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia, la Comunidad Foral de Navarra y la SME Instituto Nacional de Ciberseguridad de España MP, SA (INCIBE) en el ámbito del Programa RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

Formando de esta manera, la Comunidad Autónoma de Extremadura, parte del Convenio indicado.

Y en prueba de conformidad, las Partes firman la presente adenda en la fecha indicada en la firma electrónica.

1. https://www.lamoncloa.gob.es/temas/fondos-recuperacion/Documents/16062021-Componente15.pdf (pág. 82 y sucesivas).

2. https://www.lamoncloa.gob.es/temas/fondos-recuperacion/Documents/05052021-Componente19.pdf (pág. 39 y sucesivas).

PA, Decreto de la Presidenta 20/2023, de 20 de julio(DOE núm. 140, de 21 de julio),

El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura.

D. Guillermo Santamaría Galdón

Director General INCIBE,

D. Félix Barrio Juárez

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