Resolución de 23 de enero de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica el periodo establecido para la ejecución de podas, apostados y resalveos previsto en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, dispone en su anexo II Declaraciones Responsables , lo siguiente:

El periodo para realizar podas de formación, de producción de fruto o mantenimiento, apostados y resalveos, será del 1 de noviembre al 31 de marzo, ambas fechas inclusive; y para las podas de ramoneo será del 1 de noviembre al 15 de abril, ambas fechas inclusive.

Igualmente, dicha disposición prevé que, por razones meteorológicas o a solicitud de las personas titulares, la Dirección General competente en materia de aprovechamientos forestales podrá, mediante resolución motivada, suspenderlas, adelantar la fecha de comienzo o prorrogar la de finalización.

La evolución de las variables meteorológicas registradas en los últimos meses en Extremadura está siendo inusual, dando lugar a una actividad vegetativa anticipada.

Por lo anterior, teniendo en cuenta que el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, contempla la posibilidad de adelantar la fecha límite para la realización de las actividades citadas anteriormente, junto al efecto beneficioso que supone actuar en parada vegetativa sobre las especies forestales y su ciclo vital, es por lo que la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,

RESUELVE:

Primero. Adelantar la fecha de finalización para la poda de formación, de producción de fruto o mantenimiento, del apostado y del resalveo hasta el 28 de febrero de 2024.

Segundo. Adelantar la fecha de finalización para la poda de ramoneo hasta el 15 de marzo de 2024.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada ante el titular de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello se entiende sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

Mérida, 23 de enero de 2024.

El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,

RICARDO ROMERO PASCUA

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