Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura.

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 9 de enero de 2024, el Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 17 de enero de 2024.

El Secretario General,

DAVID GONZÁLEZ GIL

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN IBERDROLA ESPAÑA PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DIRIGIDO AL PROFESORADO DE EXTREMADURA

Mérida, 9 de enero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Ilma. Sra. Secretaria General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, doña María del Pilar Pérez García, cargo para la que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto (DOE núm. 149, de 3 de agosto), actuando por suplencia de la persona titular de la Secretaría General por Resolución de 6 de noviembre de 2023 publicada en el DOE núm. 214, de 8 de noviembre, y en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.

De otra parte, la Fundación Iberdrola España, con domicilio social en Madrid, calle Arequipa, número 1, 4.ª planta, código postal 28043, provista del Número de Identificación Fiscal (NIF) G-83277871, constituida el día 13 de marzo de 2002 ante el Notario de Madrid don Miguel Ruíz Gallardón García de la Rasilla, con el número 1324 de su protocolo e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura con el número 489; se halla representada en este acto por D. Ramón Castresana Sánchez y por D. José María Torres Suau, en virtud de escritura de apoderamiento otorgada el 5 de julio de 2022 ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Miguel Ruiz-Gallardón García de la Rasilla, con el número 4.757 de su protocolo. Ambos representantes declaran vigente dicha escritura de apoderamiento.

En adelante, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y a la Fundación Iberdrola España, se les denominará individualmente una Parte y, conjuntamente, las Partes .

Las Partes, según intervienen, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar el presente Convenio y al efecto,

EXPONEN

I. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura desarrolla en el ejercicio de sus funciones, a través de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, políticas y programas tendentes a garantizar la competencia comunicativa del profesorado extremeño en lenguas extranjeras.

II. Que, de conformidad con el artículo 4 de sus Estatutos, la Fundación Iberdrola España tiene como objetivos, entre otros, el desarrollo de programas educativos y de formación, así como la contribución a los mismos; la actuación en los ámbitos de la recuperación, el desarrollo y la conservación del patrimonio cultural, así como el desarrollo de proyectos y actividades para impulsar y difundir el arte y la cultura, y apoyar técnica y económicamente actividades culturales y artísticas llevadas a cabo por instituciones públicas y privadas. Que, asimismo, el Sistema de Gobernanza y Sostenibilidad es el ordenamiento interno de la Fundación Iberdrola España que está integrado, entre otros, por su Código ético que se inspira y responde al Propósito y Valores del grupo Iberdrola.

III. Que la Fundación Iberdrola España es una entidad, sin ánimo de lucro, que se encuentra incluida entre las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

IV. Que con el firme propósito de ser una institución de referencia en el impulso de iniciativas que contribuyen a mejorar la calidad de vida de las personas en aquellas zonas en la que el grupo Iberdrola está presente, la Fundación Iberdrola España ha venido desarrollando programas de inmersión lingüística para profesorado de enseñanzas no universitarias en el ámbito de Extremadura contando con el apoyo de la Junta de Extremadura, a través de su Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.

V. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, una vez más, tiene interés en la realización de un programa de inmersión en lengua inglesa, dirigido al profesorado de Extremadura.

VI. Que la Fundación Iberdrola España, dado el interés general de la actividad a las que se hace mención en el expositivo V anterior, desea colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura en su desarrollo y, a tal efecto, ambas Partes han convenido suscribir el presente convenio de colaboración (en Adelante, el Convenio ) que se regirá conforme a las siguientes,

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto regular los términos y condiciones conforme a los que la Fundación Iberdrola España y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura colaborarán en el desarrollo de un programa de inmersión en lengua inglesa dirigido a la comunidad educativa extremeña, en concreto, hasta un máximo de 28 docentes de enseñanzas obligatorias (en adelante, el Programa ), cuyos contenidos y alcances quedan detallados en el documento que se incorpora a este Convenio como Anexo I.

Segunda. Naturaleza.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público y por sus estipulaciones, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Asimismo, se regirá por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en aquellas disposiciones aplicables al mismo.

A todos los efectos, la difusión de la participación de la Fundación Iberdrola España en el Programa no constituirá una prestación de servicios, sin que, en ningún caso, deba considerarse persigue los fines del contrato de patrocinio publicitario regulado en el artículo 22 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.

Tercera. Duración.

El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2024. En cualquier momento, antes de la finalización del plazo mencionado, ambas partes pueden acordar su prórroga mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Cuarta. Compromisos de las partes.

1. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete a:

a) Difundir la convocatoria del Programa mediante su comunicación, en la forma que estime oportuna.

b) Realizar la selección del profesorado participante en el Programa conforme a los procedimientos establecidos en el Anexo I, respetando los principios de transparencia e igualdad.

c) Obtener las autorizaciones que correspondan.

d) Atender las solicitudes de información y aclaración que le curse la Fundación Iberdrola España.

e) Proporcionar a la Fundación Iberdrola España el listado de participantes con una antelación mínima de 10 días naturales, con respecto al inicio del curso formativo correspondiente, según se pacte entre las partes.

f) Organizar una reunión entre la Fundación Iberdrola y los participantes en cada uno de los cursos formativos, con carácter previo al inicio de estos para poder informar adecuadamente sobre sus características, según corresponda.

g) Efectuar un seguimiento puntual del Programa y a colaborar, de buena fe, para el buen fin de este, exonerando a la Fundación Iberdrola España de cualquier responsabilidad derivada del mismo.

2. Por su parte, la Fundación Iberdrola España se compromete a:

a) Asumir los costes económicos que implique la ejecución del Programa, salvo el coste de los traslados al profesorado, tanto de ida como de regreso, al centro en el que se desarrollen, pudiendo realizar, a tal fin, contrataciones en la forma jurídica que corresponda y dentro del límite máximo estipulado en la estipulación sexta, con aquella/s empresa/s y/o personas físicas que considere conveniente para el suministro de los referidos trabajos.

b) Difundir la colaboración objeto de este Convenio, a través de la forma y medios que estime oportunos.

c) La Fundación Iberdrola España no se compromete a más obligaciones que las expresamente previstas en este Convenio, no asumiendo responsabilidad alguna por daños y perjuicios que pudieran derivarse de la ejecución del Programa.

Quinta. Difusión.

En tanto el presente Convenio permanezca en vigor, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación de la Fundación Iberdrola España en las actividades objeto de este Convenio.

Podrá, asimismo, la Fundación Iberdrola España hacer pública su participación en las actividades de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.

Sin perjuicio de lo anterior, las Partes, para mejor difusión y conocimiento de la colaboración que es objeto de este Convenio, podrán acordar la realización de actos institucionales, de inauguración o de presentación pública de la actividad de colaboración. En tales actos, las Partes podrán utilizar sus logotipos o signos distintivos conforme a las condiciones acordadas en este Convenio y por la Comisión de Seguimiento a que se refiere la estipulación octava, de este documento.

Sexta. Aportación económica.

La Fundación Iberdrola España asumirá hasta una aportación económica máxima de 55.000 € (cincuenta y cinco mil euros) impuestos incluidos, llevando a cabo las contrataciones necesarias, en la forma jurídica que corresponda, con aquellas empresa/s que considere conveniente para poder ejecutar el Programa objeto de este Convenio.

El presente Convenio no implica obligación económica alguna para la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, respecto al coste del Programa de Inmersión en Lengua Inglesa. Por su parte, la Fundación Iberdrola España no asume coste ni gestión alguna relacionada con el desplazamiento del profesorado que participe en el Programa de Inmersión en Lengua Inglesa .

Séptima. Uso de marca.

A los efectos de difundir la colaboración objeto de este Convenio, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura podrá utilizar, de forma temporal y limitada, la marca que la Fundación Iberdrola España expresamente le proporcione, que únicamente se hará constar en actividades relacionadas con el objeto del presente Convenio, ajustándose, en todo caso y cualquiera que sea el material que en el que se inserte, al diseño facilitado por la Fundación Iberdrola España, sin que tal autorización implique cesión de la titularidad de la marca facilitada a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y sin que, desde esta, se pueda ceder, alterar o modificar la citada marca.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete a cesar en el uso de la marca facilitada por la Fundación Iberdrola España en cualquier momento, a requerimiento de la Fundación Iberdrola España y, en todo caso, a la extinción del presente Convenio.

Octava. Comisión de Seguimiento e Información.

Se constituirá una comisión de seguimiento (en adelante, la Comisión ), integrada por un representante de cada una de las Partes, para el seguimiento y control de la ejecución de las actividades objeto del Convenio y de la aplicación del mismo, así como para la concreción de las actividades de colaboración, la celebración de actos institucionales de presentación pública o difusión, la resolución de controversias y determinación, en su caso, de las condiciones de resolución anticipada del Convenio.

La Comisión deberá conocer los contratos que realice la Fundación Iberdrola España para la ejecución del Programa.

Cualquier modificación o desviación en la ejecución del Programa, sea por razones técnicas, económicas o de plazo, requerirá el conocimiento y aprobación previo de las Partes a través de la Comisión de Seguimiento.

Novena. Responsabilidad de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura organizará y ejecutará las actividades que le corresponden de conformidad con este Convenio, según se describe en el Programa, con sus propios medios, siendo íntegra y exclusivamente responsable de dichas acciones.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura destinará al Programa, todos los recursos, humanos y/o materiales que resulten necesarios por su cuenta y cargo.

La Fundación Iberdrola España no asume ningún tipo de responsabilidad por los actos y servicios prestados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, ni por las empresas y profesionales que sean contratados por la misma y se destinen a la organización, ejecución y desarrollo de las actividades que le corresponden de conformidad con este Convenio, incluido el cumplimiento de su compromiso de difusión de la colaboración.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura garantiza la indemnidad a la Fundación Iberdrola España frente a cualquier tipo de reclamación que pudiera derivarse de la organización y desarrollo de las actividades que corresponden a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura de conformidad con este Convenio, ya sea directamente o en relación con las personas físicas o jurídicas que hubiesen intervenido en la organización y ejecución de las mismas, por encargo de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.

Décima. Cláusula ética.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura comparte el compromiso ético de la Fundación Iberdrola España que forma parte de su Sistema de Gobernanza y Sostenibilidad, que a su vez se inspira y responde al Propósito y Valores del grupo Iberdrola y se obliga, en el ámbito de la colaboración de este Convenio, a respetar íntegramente la legalidad vigente y las normas de conducta de la Fundación Iberdrola España y, en particular, su Código Ético, que se encuentra en la web de la Fundación Iberdrola España.

Asimismo, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete a no realizar actuaciones que vayan, directa o indirectamente, en desprestigio de la Fundación Iberdrola España.

Ambas Partes, declaran estar permanentemente comprometidas con la aplicación de prácticas de gobierno éticas y con el mantenimiento, desarrollo y supervisión de políticas de cumplimiento en todos los ámbitos de su actuación y, de manera muy particular, en el ámbito del presente Convenio.

Ambas Partes, se oponen rotundamente a la comisión de cualquier acto ilícito, penal o de cualquier otra índole e impulsan una cultura preventiva basada en el principio de tolerancia cero hacia la comisión de actos ilícitos y situaciones de fraude y en la aplicación de los principios de ética y comportamiento responsable.

Las Partes emplearán, en todo momento, los más altos estándares de honestidad, integridad y buena fe.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura procurará que los compromisos contemplados en esta estipulación sean respetados por aquellas personas que sean miembros de sus órganos de gobierno o que dependan de ésta, así como por cualesquiera personas o entidades que participen en las actuaciones e intervenciones objeto de la presente colaboración, como proveedor, contratista o por cualquier otro concepto.

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete a informar a la Fundación Iberdrola España, de forma inmediata, del acontecimiento de cualquier incidente o evento que pueda afectar al cumplimiento de las obligaciones previstas en esta estipulación y, en particular, cualquier hecho que pueda afectar negativamente a la reputación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura o que vaya en su desprestigio o en el de Fundación Iberdrola España o sus patronos.

Adicionalmente, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura declara y garantiza a favor de la Fundación Iberdrola España que:

Toda la información facilitada a la Fundación Iberdrola España, en relación con el presente Convenio, es completa, exacta, veraz, fidedigna y no induce a error, sin que se haya omitido dato alguno que comprometa su veracidad. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura asume idéntico compromiso, respecto de cualquier otra información que facilite en el futuro a la Fundación Iberdrola España en virtud del presente Convenio.

— Ni la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, ni sus empleados, directores, de órganos rectores, socios, patronos, promotores, o agentes o cualquier persona que actúe en su nombre (las Personas Vinculadas ) son en la actualidad o resulta razonablemente previsible que sean en el futuro objeto de: (a) cualquier sanción de los Estados Unidos de América ( EEUU ) ejecutada, impuesta o publicada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América ejecutada (la "OFAC"); ni de (b) ninguna decisión o medida de naturaleza similar a tales medidas de la OFAC adoptada por: (i) la Unión Europea; (ii) el Tesoro de Su Majestad del Reino Unido; (iii) el gobierno de EEUU; (iv) por cualquier autoridad judicial o administrativa u organismo de España o de cualquier otro país; o (v) el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (colectivamente, las "Sanciones"); ni, en general, de (c) ninguna sanción por infracción grave en materia profesional que ponga en entredicho su integridad, de disciplina de mercado, de falseamiento de la competencia, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o de extranjería, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

— Ni la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, ni ninguna de sus Personas Vinculadas, tiene su sede social ubicada, organizada o es residente en un país o territorio que tenga la consideración de jurisdicción no cooperativa a efectos fiscales o que haya sido objeto de Sanciones por los organismos citados anteriormente que prohíban mantener relaciones comerciales con dichos países.

El incumplimiento de las obligaciones asumidas en esta estipulación será considerado como incumplimiento grave que dará derecho a la Fundación Iberdrola España a resolver unilateralmente el Convenio y a exigir a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura el pago de la totalidad de las cantidades que la Fundación Iberdrola España hubiese aportado en virtud de este Convenio.

Undécima. Causas de resolución.

El presente Convenio podrá resolverse anticipadamente por cualquiera de las siguientes causas:

— Por mutuo acuerdo de las Partes. Las cantidades que hayan de satisfacerse en su caso, serán las que las Partes conjuntamente determinen en el acuerdo de resolución.

— Por incumplimiento de las obligaciones de las Partes. En este supuesto, la Parte cumplidora deberá notificar a la incumplidora su intención de resolver el Convenio, indicando la causa de resolución y disponiendo ésta de un plazo máximo de diez (10) días para subsanar dicho incumplimiento.

No obstante, lo anterior, se considerarán causas de resolución automática del presente Convenio:

a) el uso no autorizado o para fin distinto al pactado por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura de la marca que le fuera proporcionada por la Fundación Iberdrola España;

b) el incumplimiento del Código Ético de la Fundación Iberdrola España; y,

c) la falta de veracidad o la inexactitud de las informaciones facilitadas o declaraciones realizadas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y que hayan sido consideradas para la celebración del presente Convenio, o que se contengan en el mismo, o que en su virtud se faciliten a la Fundación Iberdrola España o se asuman frente a ésta por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura,

En el caso de terminación por incumplimiento de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, habrá de reparar los daños y perjuicios que hubiere causado a la Fundación Iberdrola España.

Duodécima. Confidencialidad.

Sin perjuicio de la obligación de difusión a que se refiere la estipulación cuarta anterior, las Partes se obligan a observar estricta reserva y confidencialidad sobre toda la información que, con ocasión del presente Convenio, reciban de la otra Parte. Dicha obligación se extiende a cuantas personas o empresas se contraten por cualquiera de las Partes para la ejecución del presente Convenio, a cuyo efecto las Partes se obligan a poner en conocimiento y exigir de las mismas el cumplimiento de idéntica obligación de confidencialidad.

Decimotercera. Protección de Datos Personales.

A efectos del presente Convenio, se entenderá por datos personales toda información guardada, procesada o transmitida por las Partes, relativa a una persona identificada o identificable, así como cualquier otro significado de acuerdo con la legislación aplicable en materia de protección de datos personales.

Los datos personales de los representantes de las Partes, así como del resto de personas de contacto que puedan intervenir en el Convenio serán tratados, respectivamente, por las Partes, que actuarán, de forma independiente, como responsables del tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en el Convenio. La base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al Convenio, así como cumplir con las obligaciones legales de las Partes.

Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación establecida en el Convenio y, una vez finalizada esta, debidamente bloqueados, hasta la prescripción de las posibles acciones legales aparejadas. Los datos serán tratados únicamente por las partes y aquellos terceros a los que aquellas estén legal o contractualmente obligados a comunicarlos.

Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las partes, a través de las direcciones indicadas en el Convenio y, en el caso de la Fundación Iberdrola España, dirigiéndose a su delegado de protección de datos a la dirección _________. También podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad competente.

Las Partes se comprometen expresamente a informar a sus representantes y resto de personas de contacto de los términos de la presente cláusula, manteniendo indemne a la contraparte de los daños que pueda conllevar la falta de cumplimiento de esta obligación.

Aparte de los datos de los representantes de las partes y de las personas de contacto antes mencionados, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura enviará a la Fundación Iberdrola España los datos personales de los participantes en la formación que resulten seleccionados para que esta, por sí misma o a través de terceros contratados por ella, pueda impartirla. En concreto, se enviarán nombre y apellidos, dirección postal y/o electrónica, teléfono y DNI/NIF/NIE/pasaporte o documento equivalente.

A estos efectos, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura declara que cumple para dicha comunicación con las obligaciones previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE ( RGPD ) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales ( LOPDGDD ) y se compromete a:

(i) obtener los consentimientos necesarios con carácter previo a la referida comunicación de datos;

(ii) recabar de los participantes en la formación, el consentimiento necesario para que la Fundación Iberdrola España pueda realizar legítimamente y con pleno cumplimiento de RGPD y LOPDGDD el tratamiento de datos personales necesarios para gestionar su participación en el Programa;

(iii) enviar a la Fundación Iberdrola España los consentimientos referidos en el punto anterior conforme al aviso de privacidad incorporado a este Convenio en su Anexo II; y

(iv) mantener indemne a la Fundación Iberdrola España de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de cualquier incumplimiento de las obligaciones anteriores, incluyendo tanto posibles sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos como reclamaciones de daños y perjuicios, judiciales o extrajudiciales, por parte de los titulares de los datos.

Decimocuarta. Tributos.

En la ejecución del contenido del presente Convenio, cada Parte soportará los tributos que se devenguen y sean de su cargo conforme a ley.

Decimoquinta. Jurisdicción.

La Fundación Iberdrola España y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se comprometen a buscar la resolución de cualquier conflicto o discrepancia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente Convenio de manera amistosa.

En caso de que no pudiera ser resuelto como antecede, el presente Convenio se someterá a la jurisdicción contenciosa-administrativa.

Decimosexta. Notificaciones.

Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las Partes en relación con el presente Convenio, deberán realizarse por escrito y será remitida por cualquier medio admitido en derecho que permita tener constancia de su fecha, de su recepción y de su contenido.

A estos efectos, las comunicaciones a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se dirigirán a la Avda. Valhondo, s/n, Módulo 5, 1.ª planta, a la atención del Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa o, a los correos electrónicos ______ o _________ ; y las comunicaciones a la Fundación Iberdrola España se dirigirán a la calle Arequipa, número 1, 4.ª planta, 28043 Madrid, a la atención de Teresa Rodríguez de Tembleque, o al correo electrónico ___________.

Decimoséptima. Modificaciones del Convenio.

El presente Convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las Partes en relación con su objeto y contenido. Cualquier modificación del mismo deberá ser efectuada por escrito y firmada por ambas Partes.

Y en prueba de conformidad, se firma y rubrica el presente Convenio, por triplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento.

Fundación Iberdrola España PP,

D. Ramón Castresana Sánchez

La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera, DOE núm. 156, de 14/08/2023).El Secretario General,(PS, Resolución de 6/11/2023,DOE núm. 214, de 8/11/2023).La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,

D.ª María del Pilar Pérez García

Fundación Iberdrola España PP,

D. José María Torres Suau,

ANEXO I

PROGRAMA DE INMERSIÓN EN LENGUA INGLESA PARA PROFESORADO

1. Lugar de impartición del curso.

Residencia de Iberdrola Alcántara (Alcántara - Cáceres).

Régimen de pensión completa y en habitaciones dobles.

2. Temporalización.

El programa se impartirá en dos cursos:

— El primero, de 5 días de duración, en Semana Santa.

— El segundo, de 7 días de duración, en periodo estival.

3. Número de profesores.

Catorce docentes por curso.

4. Contenido del Programa.

— Más de cien horas de inglés.

— Seis profesores nativos por curso.

— Un Director del curso, que podrá ser español bilingüe o nativo, con experiencia demostrada en dirección de este tipo de cursos.

— Talleres y sesiones especializadas para profesorado.

— Ideas y técnicas para hacer sus clases más eficaces.

— Al menos, dos sesiones al día one to one .

— Actividades lúdicas complementarias.

5. Criterios de selección del profesorado.

Los participantes serán seleccionados a través de una convocatoria específica, teniendo en cuenta los siguientes criterios de selección:

— Personas docentes que imparten áreas no lingüísticas en secciones bilingües de inglés.

— Otras personas docentes que estén en posesión del certificado B2, correspondiente al Marco Común Europeo de Referencia.

— Resto de solicitudes, por orden de inscripción.

— En la selección tendrán preferencia aquellos docentes que no hayan participado anteriormente en cursos de esta índole, organizados por la Fundación Iberdrola España.

ANEXO II

AVISO DE PRIVACIDAD CONVENIO DE COLABORACIÓN IMPARTICIÓN FORMACIÓN

La Fundación Iberdrola España ( Fundación ) protegerá su privacidad, y le garantiza el cumplimento de la legislación de protección de datos personales, en particular, el Reglamento General de Protección de Datos ( RGPD ) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales ("LOPDGDD"). Sus datos personales serán tratados de forma lícita, leal y transparente; conforme a fines determinados explícitos y legítimos; sólo si son adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con dichos fines. Además, mantendremos sus datos exactos y actualizados, conservándolos de forma que se permita su identificación sólo durante el tiempo necesario para cumplir los fines del tratamiento.

La Fundación ha implementado las medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger sus datos de pérdidas accidentales o de su alteración, acceso, uso o divulgación no autorizados, habiendo asimismo establecido procedimientos para reaccionar ante cualquier incidente de seguridad que pudiera afectar a sus datos personales.

Mediante el presente aviso de privacidad le informamos acerca del modo en que se llevará a cabo el tratamiento de sus datos personales o los de la persona a la que representa, con ocasión de su participación en la formación Programa de Inmersión en Lengua Inglesa (la Formación ).

En el caso de proceder a actualizar este aviso de privacidad, te lo comunicaremos oportunamente.

¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos personales?

El responsable del tratamiento de los datos personales es la Fundación Iberdrola España, con domicilio en Madrid, calle Arequipa, número 1, 4.ª planta, código postal 28043 y provista del Número de Identificación Fiscal (NIF) G-83277871.

La Fundación ha designado un Delegado de Protección de Datos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones del RGPD y la LOPDGDD, a quien podrás dirigirte en caso de cualquier consulta en relación a este aviso de privacidad a través de los siguientes canales:

— Por correo postal a la siguiente dirección: calle Arequipa, número 1, 4.ª planta, código postal 28043.

— Por correo electrónico, remitido a la dirección ___________

¿Qué datos personales tratamos y cómo los obtenemos?

La Fundación tratará los siguientes datos personales de los participantes: nombre y apellidos, dirección electrónica, teléfono, DNI/NIF/NIE/pasaporte o documento equivalente, los datos de salud recogidos en los cuestionarios que se proporcionan para participar en la Formación, las imágenes recogidas durante o con ocasión de la Formación y los resultados de los estudios efectuados.

Estos datos nos los facilita la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, o usted mismo.

¿Con qué finalidades tratamos sus datos?

Los datos personales serán tratados con las siguientes finalidades:

a) gestionar su participación en la Formación;

b) realizar actividades de reporting interno y frente a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura en cumplimiento del convenio de colaboración suscrito entre la Fundación y dicha entidad para la ejecución de la Formación.

El hecho de facilitarnos datos de salud implica que nos está otorgando su consentimiento explícito para el tratamiento de los mismos con la finalidad de poder proteger sus intereses vitales, tales como atenciones médicas y alimentarias.

La Fundación le informa que, en el desarrollo de la Formación se realizarán fotografías y vídeos que podrán ser publicados, junto con su nombre y apellidos, en medios de comunicación, tanto internos como externos, así como en la intranet y en la web de la Fundación y de Iberdrola, SA, y/o sus redes sociales, con el fin de difundir las actividades realizadas por la Fundación. La base legal para el tratamiento de estos datos es su consentimiento que confiere, por sí mismo, con la firma de este documento. Con dicho consentimiento autoriza la cesión de derechos de imagen de forma gratuita, por un plazo de tiempo ilimitado y sin limitación geográfica, comprometiéndote a no reclamar ninguna compensación o indemnización.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base legal para el tratamiento de los datos es su consentimiento que presta, por sí mismo, con la firma de este documento. Le recordamos que tiene derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a la retirada.

¿Durante cuánto tiempo conservamos sus datos?

Los datos se conservarán durante el período de disfrute de la Formación. Finalizado el plazo anterior, sus datos se conservarán, debidamente bloqueados, durante el plazo de prescripción de las posibles acciones legales aparejadas.

¿A quién se comunicarán tus datos?

Sus datos no serán comunicados a ningún tercero ajeno a la Fundación salvo obligación legal o requerimiento de autoridades públicas y excepto a la compañía de seguros, con la única finalidad de proporcionarle un seguro al participante que cubra las posibles incidencias que pudieran suceder en durante la Formación, dando respuesta al interés legítimo de la Fundación.

No obstante, sus datos serán accesibles por las entidades que colaboran con la Fundación en la impartición de la Formación. Con todos ellos hemos firmado los contratos exigidos por el RGPD y LOPDGDD para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones como encargado de tratamiento.

¿Cuáles son sus derechos?

Tienes derecho a acceder a tus datos personales objeto de tratamiento, así como solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, además de ejercer el derecho de oposición y limitación al tratamiento. Del mismo modo, si has prestado el consentimiento, podrá retirarlo en cualquier momento, aunque sin efectos retroactivos.

Podrás presentar tus solicitudes de ejercicio de derechos de forma gratuita, dirigiéndose a ________

Tienes igualmente derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

PARA ELLO,

Mediante el presente documento D./Dña ....................................................., con DNI n.º..........................., solicitante del programa formativo de inmersión lingüística dirigido al profesorado de Extremadura, en base al convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España, que se va a desarrollar entre el .... y el .... de ..... de 20__ en la Residencia de Iberdrola de Alcántara (Cáceres):

Acepto el tratamiento de mis datos personales con la finalidad de gestionar mi participación en la Formación, conforme se me informa en este documento.

Autorizo, en nombre propio, el uso de mi imagen en fotografías y videos, según se me ha informado en este documento.

Y para que conste y a los efectos oportunos, extiendo y firmo el presente documento en .............................................a ......de.....................de 202_

Subir ^

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
7644 {"title":"Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura.","published_date":"2024-01-30","region":"extremadura","region_text":"Extremadura","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-extremadura","id":"7644"} extremadura Consejería de presidencia, interior y diálogo social,Convenios,DOE,DOE 2024 nº 21,Otras Resoluciones,Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/extremadura/boa/2024-01-30/7644-resolucion-17-enero-2024-secretaria-general-se-da-publicidad-convenio-consejeria-educacion-ciencia-formacion-profesional-junta-extremadura-fundacion-iberdrola-espana-realizacion-programa-inmersion-linguistica-dirigido-profesorado-extremadura https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.