Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y ampliación del plazo de ejecución del Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE).

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 28 de diciembre de 2023, la Adenda de modificación y ampliación del plazo de ejecución del convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 10 de enero de 2024.

El Secretario General,

DAVID GONZÁLEZ GIL

ADENDA DE MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR LA FUNDACIÓN FUNDECYT PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA PARA FINANCIAR LA CREACIÓN, EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO IBÉRICO DE I+D EN ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA (CIIAE)

Mérida, 28 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D.ª María del Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, como suplente del Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en virtud de la Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Consejera, para el ejercicio de las competencias, tanto originarias como delegadas, (DOE núm. 214, de 8 de noviembre), actuando en este caso por delegación mediante la Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), autorizada para la suscripción de la presente adenda mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 27 de diciembre de 2023

De otra parte, D. José Luis Canito Lobo con NIF ***1038**, en nombre y representación de la Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura , con NIF G06630644 y domicilio en Avenida de Elvas, s/n., 06071 Badajoz, en su condición de Director Gerente, cargo para el que fue nombrado por el Patronato de la fundación, previo al acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado el día 2 de noviembre de 2023 y de conformidad con el Decreto 273/2023, de 7 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento como Director Gerente de la Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda al convenio suscrito con fecha 7 de junio de 2022 entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE), en los términos que en la misma se contienen y, al efecto,

EXPONEN

Primero. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en virtud del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio de 2023), ejerce las competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación. Asimismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 26 que corresponde a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación el ejercicio de las competencias en materia de investigación, desarrollo e innovación.

Por su parte, el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, establece que estarán adscritos a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación los siguientes centros: Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (FUNDECYT-PCTEx)... .

Segundo. La Fundación Fundecyt - Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante, Fundecyt) es una fundación del sector público promovida por la Junta de Extremadura y por la Universidad de Extremadura, que tiene como objetivo fundamental la vertebración del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, creando el espacio y los servicios necesarios que faciliten el intercambio de conocimiento, ciencia y tecnología para el desarrollo socio-económico de Extremadura, con una visión enfocada al crecimiento de la I+D+I, al fortalecimiento del emprendimiento basado en la ciencia y en la tecnología y al fomento de la cooperación para el desarrollo inteligente, sostenible e integrador de la región.

Tercero. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID-19, y para responder a los retos de la próxima década.

El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como un Instrumento de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. Se encuentra regulado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR).

El componente 17 del citado Plan, denominado Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación , pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos.

En el marco de las inversiones previstas en el componente 17, y en concreto en las que se orientan a las áreas de medioambiente, cambio climático y energía (I.07), está prevista la creación, equipamiento y puesta en marcha de un Centro de Almacenamiento Energético en Extremadura. Esta medida contribuye a los objetivos climáticos y medioambientales de la acción por el clima, en los términos previstos por el anexo VI del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Cuarto. Con fecha 28 de diciembre de 2021 se publica en el BOE la Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica el Convenio con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Según establece el convenio, el Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético (en adelante CIIAE) se dotará de laboratorios que permitan desarrollar todo el ciclo del almacenamiento de la energía, desde la química física de los materiales hasta su escalado y aplicación, pasando por el ensayo de sistemas de almacenamiento conectados. Además, contará con infraestructuras singulares que permitan ensayos de equipos de alta potencia, y de redes y micro redes para la realización de pilotos de gestión avanzada. Para su diseño y puesta en marcha, el CIIAE contará con el concurso de expertos en la materia y con el personal científico-técnico que resulte necesario.

Quinto. Con fecha 7 de junio de 2022 la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la fundación Fundecyt-PCTEX firman un Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor la fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE).

Sexto. La cláusula Décima del citado Convenio determina que la eficacia del convenio surtirá efecto desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula Tercera respecto a la ejecución del proyecto y la cláusula Cuarta respecto del plazo y la forma de justificar la transferencia específica; no obstante, dicha cláusula señala a continuación que se podrán celebrar adendas al Convenio para modificar su contenido, siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento. A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda cuando las posibles variaciones entre los diferentes conceptos de gasto señaladas en el párrafo anterior no superen el 20% del presupuesto de la actividad.

Por su parte, la cláusula Tercera indica que todos los gastos deberán estar ejecutados y pagados entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023, ambos incluidos, sin perjuicio de que los pagos correspondientes a la última justificación puedan realizarse durante el periodo de justificación, esto es, hasta el 31 de marzo de 2024.

Además, la cláusula Cuarta señala que la justificación final de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio se podrá presentar hasta el 31 de marzo de 2024.

Séptimo. En diciembre de 2022 se propone, por parte de la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación, la modificación del hito 269 Centro de I+D de almacenamiento de energía (Centro construido y equipado) de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, desplazando el horizonte temporal del hito desde el cuarto trimestre del año 2023 al segundo trimestre del año 2026.

Octavo. Reunida la Comisión de Seguimiento del Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor la fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE), con fecha 14 de septiembre de 2023, las partes ponen de manifiesto que se estima conveniente una ampliación del plazo de ejecución contenido en el convenio hasta el segundo trimestre del año 2026.

Así mismo, el 27 de octubre de 2023, se reúne de nuevo la comisión de seguimiento del Convenio para poner de manifiesto que debido a la ampliación del plazo acordada en la comisión de seguimiento anterior estiman conveniente una nueva redistribución del presupuesto para las anualidades 2024 y 2025.

En consecuencia, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y Fundecyt acuerdan tramitar una Adenda al referido convenio para ampliar el plazo de ejecución del mismo y, conforme a ello, redistribuir el presupuesto, así como, ajustar el plazo de vigencia y justificación final de la transferencia específica.

Considerando todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente Adenda tiene por objeto modificar el Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE), suscrito con fecha 7 de junio de 2022.

En concreto se modifican las cláusulas del convenio en los términos recogidos en el siguiente apartado.

Segunda. Modificación de las cláusulas del convenio.

Uno. Cláusula segunda.

La cláusula segunda, relativa a la financiación, queda redactada como sigue:

La financiación del proyecto, a favor de la Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura con NIF G06630644, se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para el total de las anualidades de cinco millones de euros (5.000.000,00 €), con cargo al Proyecto FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: CNIAE y Aplicación presupuestaria 140020000/331b/G/74406/20220178/CA, con el siguiente desglose por anualidades:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 2022 2023 2024 2025
140020000/331B/G/74406/20220178/ CAG0000001 2.500.000 1.250.000
13006000/331B/G/74400/20220178/ CAG0000001 1.000.000 250.000 .

Dos. Cláusula Tercera, punto 2.

El punto 2, de la cláusula tercera, relativa a Actuaciones y Gastos asociados queda redactada como sigue:

2. Sólo se considerarán subvencionables aquellos gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo de la actuación objeto del presente convenio y que resulten estrictamente necesarios para su realización.

Todos los gastos deberán estar ejecutados y pagados entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2026, ambos incluidos, sin perjuicio de que los pagos correspondientes a la última justificación puedan realizarse durante el periodo de justificación, esto es, hasta el 30 de septiembre de 2026 .

Tres. Cláusula Cuarta, punto 3.

El punto 3 de la cláusula Cuarta, Pago y justificación, queda redactada como sigue:

3. La justificación final de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio se podrá presentar hasta el 30 de septiembre de 2026.

No obstante, previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento, Fundecyt, mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, al último pago del 25%, correspondiente a la cuarta anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de la Fundación .

Cuatro. Cláusula Décima, primer párrafo.

El primer párrafo de la cláusula Décima, relativa a la Eficacia, duración y resolución, queda redactado como sigue:

La eficacia del presente convenio surtirá efecto desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 30 de junio de 2026, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula Tercera respecto a la ejecución y justificación y la cláusula Cuarta respecto a la justificación final de la transferencia específica .

Tercera. Vigencia del resto de cláusulas.

Se mantienen vigentes las previsiones contenidas en el convenio en lo que no resulte expresamente modificado por la presente adenda.

Cuarta. Eficacia.

La presente Adenda se perfecciona y deviene eficaz desde el día de su firma por las partes y extenderá sus efectos hasta el 30 de junio de 2026.

Disposición final única.

Las referencias contenidas en el convenio antes dicho a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital se entenderán realizadas a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente Adenda.

Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura,

D. José Luis Canito Lobo

La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera, DOE núm. 156, de 14/08/2023).El Secretario General,(PS, Resolución de 6/11/2023,DOE núm. 214, de 8/11/2023).La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,

Dña. María del Pilar Pérez García

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