Extracto del Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la primera convocatoria de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO.

TEXTO ORIGINAL

BDNS(Identif.):738147

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.infosubvenciones.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.

Primero. Objeto.

Se convocan las subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO, previstas, en el capítulo I y la sección tercera del capítulo II del Decreto 287/2023, de 27 de diciembre de 2023, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural ATENEO y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.

Segundo. Beneficiarias.

Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios.

Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad con los municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes.

En este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, deberán formalizar previamente un acuerdo, con el contenido mínimo que se establece en el artículo 27.2 del Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo.

Tercero. Bases reguladoras.

Decreto 287/2023, de 27 de diciembre de 2023, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural ATENEO y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.

Cuarto. Cuantía.

El importe global de esta convocatoria es de 8.180.000 €, que serán financiados con cargo al proyecto de gasto 202330069, Programa Colaborativo Rural , fuente de financiación FS, Aplicación presupuestaria: 130080000 G/242B/46000 FS21422H06 20230069, con la siguiente distribución por ejercicios presupuestarios:

Año 2024: 7.362.000 euros.

Año 2025: 818.000 euros.

La convocatoria será cofinanciada en un porcentaje del 85 % por el Fondo Social Europeo + con cargo al Programa Extremadura FSE + 2021-2027, dentro de la prioridad 2 Inclusión social y lucha contra la pobreza , Objetivo específico Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos , medida 2.H.6 "Programa Colaborativo Rural".

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Sexto. Otros datos.

La entidad solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, con la información requerida y adjuntar los documentos que correspondan.

La solicitud se presentará en la forma establecida en los artículos 11, 13 y 32 y con la documentación recogida en el artículo 33 del mencionado decreto por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural ATENEO y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.

Mérida, 28 de diciembre de 2023.

PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023(DOE núm. 180, de 19 de septiembre),

Nicolás Macías Manzanedo

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