Consejería de hacienda y administración pública - Autoridades y personal (DOE nº 2023-196)

Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituye lista de espera en el Grupo II, Categoría/Especialidad Educador/a de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021.

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 16 de diciembre de 2021 (DOE n.º 243, de 21 de diciembre) se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo II, Categoría/Especialidad Educador/a de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre (DOE n.º 1, de 2 de enero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento General Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por Decreto 55/2023, de 24 de mayo (DOE n.º 102, de 30 de mayo) y en la base duodécima de la correspondiente convocatoria, realizado el primer ejercicio de la fase de oposición y ante la urgente necesidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de dar cobertura a puestos de trabajo en la categoría indicada, mediante Resolución de 13 de febrero (DOE n.º 32, de 15 de febrero) se constituyó lista de espera transitoria con los/as aspirantes que habían superado el primer ejercicio de la fase de oposición.

El citado precepto establece expresamente que las listas de espera constituidas tendrán carácter provisional y será sustituida por la nueva lista de espera que se constituya una vez finalizado el proceso selectivo en curso. Por ello, dado que han finalizado las pruebas selectivas procede constituir la lista de espera derivada del proceso selectivo al amparo de lo dispuesto en el artículo 29.1 del citado Reglamento General de Ingreso, antes de su finalización y sin perjuicio de la continuidad del mismo, con los/as aspirantes que hayan aprobado al menos el primer ejercicio y considerando la puntuación obtenida en la fase de oposición.

En virtud de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Dirección General de Función Pública, de acuerdo con la Resolución de 10 de agosto de 2023, de la Consejera, sobre delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVE:

Primero. Constituir lista de espera por el orden de puntuación obtenida en la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021, en el Grupo II Categoría Educador/a.

La referida lista se expondrá al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. Asimismo, podrá consultarse en la siguiente dirección de internet:

https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico

desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Segundo. 1. La ordenación de la referida lista de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:

1º. Mayor número de ejercicios aprobados.

2º. Mayor puntuación en la suma de los ejercicios aprobados.

3º. En los supuestos de empate el orden de prelación comenzará por la letra M , como así se establece en la base octava de la convocatoria.

2. La lista de espera constituida se instrumentará de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal manera que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Tercero. La lista de espera que se constituye mediante la presente resolución sustituye a la derivada de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, 6 de octubre de 2023.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública

DOE n.º 156, de 14-08),

El Director General de Función Pública,

DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO

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