Consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible - Otras resoluciones (DOE nº 2023-170)

Resolución de 21 de agosto de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública la instalación fotovoltaica "El Cerro", ubicada en el término municipal de Burguillos del Cerro (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/45/20.

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Ralos Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, con CIF B87839338 y domicilio social en calle Coronados, número 10, 1, A, 28320 Pinto (Madrid), solicitando declaración de utilidad pública de las instalaciones de referencia, se exponen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de registro de entrada de 10 de septiembre de 2020, D.ª Elena Blas Pérez, en nombre y representación de la sociedad Ralos Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, presentó solicitud de declaración de utilidad pública para la instalación fotovoltaica El Cerro ubicada en término municipal de Burguillos del Cerro (Badajoz), y sus infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas.

Segundo. Con fecha de 6 de junio de 2022, finalizó el trámite de información pública del proyecto.

Durante el trámite de información pública del proyecto de la instalación de referencia, se recibieron alegaciones presentadas por D. Francisco Gordillo Murga. Dichas alegaciones que fueron contestadas por la promotora de la instalación y por esta Dirección General, una vez realizadas las oportunas valoraciones al respecto.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trans­porte, distribución, comercialización, suministro y procedi­mientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se dio traslado de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, siendo aceptados por el promotor los informes emitidos por los mismos.

Atendiendo a las peticiones planteadas por diferentes organismos, la sociedad Ralos Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 16 de diciembre de 2022, aportó adenda al proyecto de construcción presentado inicialmente para la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica de referencia, modificando el trazado original de dichas infraestructuras, cambios que no fueron considerados sustanciales por esta Dirección General.

Cuarto. Tras consulta realizada al Servicio de Planificación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, la Sección de Ordenación Minera perteneciente a dicho organismo, emite con fecha 15 de marzo de 2023 informes sobre la compatibilidad de la instalación de referencia, con los trabajos de investigación y explotación a realizar por los titulares de los derechos mineros afectados: permiso concesión otorgado Grabasa V (expediente 06C12.033-11), permiso concesión otorgado Segunda Imperio (expediente 06C09969-00), permiso concesión en fase otorgamiento Ventoso (expediente 06C12.348-11) y permiso de investigación otorgado Ventoso (expediente 06C12.348).

Quinto. Con fecha 29 de marzo de 2023, se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa para la instalación de referencia.

Sexto. Con fecha 31 de mayo de 2023, se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa de construcción para la instalación de referencia.

Séptimo. Con fecha de registro de entrada de 8 de agosto de 2023, D.ª Elena Blas Pérez, en nombre y representación de la sociedad Ralos Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, completó la documentación necesaria para la obtención de la declaración de utilidad pública de la instalación de referencia.

A estos antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía, modificado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, incluida la eléctrica cuando el aprovechamiento de ésta no afecte a otras Comunidades Autónomas.

En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece su estructura orgánica básica, corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas el ejercicio de las competencias en materia de industria, energía y minas.

Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 y 6.3 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, la competencia para adoptar la presente resolución corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Así mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido en el presente caso.

Asimismo de conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones recibidas durante la instrucción del procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente.

Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,

RESUELVE:

Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los efectos señalados en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:

Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 12, parcelas 20, 9, 10, 16, 11, 15, 14, 13, 12, 1, 56, 55, 57, 71, 72, 73 y 76; del término municipal de Burguillos del Cerro (Badajoz).

Características de la instalación:

Nombre de la instalación: El Cerro .

Instalación solar fotovoltaica de 40,05 MW de potencia instalada, compuesta por 267 inversores de 150 kW cada uno, y 107.406 módulos fotovoltaicos de 450 Wp cada uno, montados sobre 1.326 seguidores monofila a un eje horizontal.

Centros de transformación: 6 de 2 x 3.150 kVA-30 kV/0,66 kV, 1 de 1 x 3.150 kVA-30 kV/0,66 kV y 1 de 2 x 1.250 kVA-30 kV/0,66 kV.

Subestación transformadora El Cerro , ubicada en el Polígono 12, Parcela 1; del término municipal de Burguillos del Cerro, con transformador de potencia trifásico 66/30 kV de 60 MVA, servicio intemperie, y transformador de servicios auxiliares de 250 kVA de potencia y 30/0,40 kV de relación de transformación.

La subestación tendrá la siguiente configuración:

Sistema de 66 kV en intemperie, esquema de simple barra compuesto por 1 posición de línea correspondiente a la conexión con la ST Balboa, y 1 posición de transformador.

Transformador de potencia trifásico 66/30 kV 45/60 MVA, de intemperie, aislado en aceite mineral, con regulación en carga por tomas en el lado de alta tensión.

Sistema de 30 kV con esquema de simple barra, tipo interior, en celdas de aislamiento compuesto por 4 posiciones de línea de simple entrada, 1 celda de medida, 1 celda de protección general, 1 celda de salida hacia parque exterior, 1 celda de transformación de potencia, 1 celda de transformación para servicios auxiliares y medida, y previsión de 1 celda para batería de condensadores.

Línea de evacuación constituida por tramo aéreo/subterráneo 66 kV, de conexión entre la subestación transformadora El Cerro y la subestación Balboa , propiedad de Endesa Distribución Eléctrica, SLU, compuesta de los siguientes tramos:

Tramo aéreo en simple circuito, conductor LARL-280 Aluminio-Acero, tiene su origen en pórtico de la ST El Cerro , y discurre a través de 32 apoyos hasta el paso aéreo subterráneo. La longitud total de la línea aérea es de 8.670 metros.

Tramo subterráneo bajo tubo de 66 kV para conexión entre el apoyo n.º 32 final de línea, del tipo entronque aéreo-subterráneo, y las barras de entrada de la ST Balboa, en simple circuito mediante conductor RZ1, 36/72,5 KV Al 3(1x630 mm2), y longitud total de 440 metros.

Recorrido línea: Polígono 12, parcelas 1 y 9008; Polígono 13, parcelas 41, 40, 38, 37, 36, 9002, 9001 y 24, del término municipal de Burguillos del Cerro (Badajoz); Polígono 36, parcelas 48, 49 y 9015; Polígono 37, parcelas 32, 31, 30, 9010, 21, 9003, 40, 39, 18, 16, 17, 9009, 14, 9004 y 15; Polígono 36, parcelas 14, 13, 12, 9013, 11, 3, 2, y 1; Polígono 17, parcelas 9009, 6, 9008 y 11, del término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 25.447.866,20 €.

Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.

Bienes y derechos de necesaria expropiación: las parcelas afectadas se relacionan en el Anexo adjunto a la presente resolución.

La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.

La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mérida, 21 de agosto de 2023.

El Director General de Industria, Energía y Minas.

SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados por el tramo aéreo de la línea de evacuación de necesaria expropiación

Afección N Orden Titular Termino Municipal Datos Catastrales Datos Catastrales Datos Catastrales Afección Uso
Servidumbre Ocupación Apoyo Servidumbre Ocupación Apoyo Servidumbre de Vuelo Cond. Servidumbre de Vuelo Cond. Ocup. Temp. Servidumbre de paso
N Polígono N Parcela Referencia catastral N Apoyo Núm. m2 m m2 m2 m2
BA-3 Gutierrez Rubio Fernando Burguillos del Cerro 13 41 06022A013000410000PB 1 2 38,56 355,87 4.921,00 532,8   Labor secano
BA-3 Gutierrez Rubio Maria Magdalena Burguillos del Cerro 13 41 06022A013000410000PB 1 2 38,56 355,87 4.921,00 532,8 Labor secano
BA-3 Gutierrez Rubio Maria Teresa Burguillos del Cerro 13 41 06022A013000410000PB 1 2 38,56 355,87 4.921,00 532,8 Labor secano
BA-3 Gutierrez Rubio Antonio Juan Melchor Burguillos del Cerro 13 41 06022A013000410000PB 1 2 38,56 355,87 4.921,00 532,8 Labor secano
BA-3 Gutierrez Rubio Maria Cristina Burguillos del Cerro 13 41 06022A013000410000PB 1 2 38,56 355,87 4.921,00 532,8 Labor secano
BA-3 Gutierrez Rubio Maria Mercedes Burguillos del Cerro 13 41 06022A013000410000PB 1 2 38,56 355,87 4.921,00 532,8 Labor secano
BA-4 Gutierrez Rubio Fernando Burguillos del Cerro 13 40 06022A013000400000PA 4 3, 4, 5 y 6 51,92 719,94 8.820,03 1419,52 1518,00 Labor secano
BA-4 Gutierrez Rubio Maria Magdalena Burguillos del Cerro 13 40 06022A013000400000PA 4 3, 4, 5 y 6 51,92 719,94 8.820,03 1419,52 1518,00 Labor secano
BA-4 Gutierrez Rubio Maria Teresa Burguillos del Cerro 13 40 06022A013000400000PA 4 3, 4, 5 y 6 51,92 719,94 8.820,03 1419,52 1518,00 Labor secano
BA-4 Gutierrez Rubio Antonio Juan Melchor Burguillos del Cerro 13 40 06022A013000400000PA 4 3, 4, 5 y 6 51,92 719,94 8.820,03 1419,52 1518,00 Labor secano
BA-4 Gutierrez Rubio Maria Cristina Burguillos del Cerro 13 40 06022A013000400000PA 4 3, 4, 5 y 6 51,92 719,94 8.820,03 1419,52 1518,00 Labor secano
BA-4 Gutierrez Rubio Maria Mercedes Burguillos del Cerro 13 40 06022A013000400000PA 4 3, 4, 5 y 6 51,92 719,94 8.820,03 1419,52 1518,00 Labor secano
BA-11 Moreno Fernandez de Cordova Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 36 48 06070A036000480000RH 4 10, 11, 12 y 13 43,04 1.325,25 24.437,37 1782,72 2391,17 Monte Bajo/pastos
BA-11 Peche Moreno Maria del Carmen Jerez de los Caballeros 36 48 06070A036000480000RH 4 10, 11, 12 y 13 43,04 1.325,25 24.437,37 1782,72 2391,17 Monte Bajo/pastos
BA-11 Peche Moreno Maria Casilda Jerez de los Caballeros 36 48 06070A036000480000RH 4 10, 11, 12 y 13 43,04 1.325,25 24.437,37 1782,72 2391,17 Monte Bajo/pastos
BA-11 Peche Moreno Fernando Maria Jerez de los Caballeros 36 48 06070A036000480000RH 4 10, 11, 12 y 13 43,04 1.325,25 24.437,37 1782,72 2391,17 Monte Bajo/pastos
BA-11 Peche Moreno Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 36 48 06070A036000480000RH 4 10, 11, 12 y 13 43,04 1.325,25 24.437,37 1782,72 2391,17 Monte Bajo/pastos
BA-12 Moreno Fernandez de Cordova Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 36 49 06070A036000490000RW       119,30 2.226,00     Monte Bajo/pastos
BA-12 Peche Moreno Maria del Carmen Jerez de los Caballeros 36 49 06070A036000490000RW 119,30 2.226,00 Monte Bajo/pastos
BA-12 Peche Moreno Maria Casilda Jerez de los Caballeros 36 49 06070A036000490000RW 119,30 2.226,00 Monte Bajo/pastos
BA-12 Peche Moreno Fernando Maria Jerez de los Caballeros 36 49 06070A036000490000RW 119,30 2.226,00 Monte Bajo/pastos
BA-12 Peche Moreno Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 36 49 06070A036000490000RW 119,30 2.226,00 Monte Bajo/pastos
BA-14 Moreno Fernandez de Cordova Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 37 32 06070A037000320000RY 2 14 y 15 29,95 538,58 8.180,80 831,52   Labor regadio
BA-14 Peche Moreno Maria del Carmen Jerez de los Caballeros 37 32 06070A037000320000RY 2 14 y 15 29,95 538,58 8.180,80 831,52 Labor regadio
BA-14 Peche Moreno Maria Casilda Jerez de los Caballeros 37 32 06070A037000320000RY 2 14 y 15 29,95 538,58 8.180,80 831,52 Labor regadio
BA-14 Peche Moreno Fernando Maria Jerez de los Caballeros 37 32 06070A037000320000RY 2 14 y 15 29,95 538,58 8.180,80 831,52 Labor regadio
BA-14 Peche Moreno Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 37 32 06070A037000320000RY 2 14 y 15 29,95 538,58 8.180,80 831,52 Labor regadio
BA-15 Moreno Fernandez de Cordova Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 37 31 06070A037000310000RB 2 16 y 17 35,69 431,09 6.585,26 871,52   Labor regadio
BA-15 Peche Moreno Maria del Carmen Jerez de los Caballeros 37 31 06070A037000310000RB 2 16 y 17 35,69 431,09 6.585,26 871,52 Labor regadio
BA-15 Peche Moreno Maria Casilda Jerez de los Caballeros 37 31 06070A037000310000RB 2 16 y 17 35,69 431,09 6.585,26 871,52 Labor regadio
BA-15 Peche Moreno Fernando Maria Jerez de los Caballeros 37 31 06070A037000310000RB 2 16 y 17 35,69 431,09 6.585,26 871,52 Labor regadio
BA-15 Peche Moreno Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 37 31 06070A037000310000RB 2 16 y 17 35,69 431,09 6.585,26 871,52 Labor regadio
BA-16 Moreno Fernandez de Cordova Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 37 30 06070A037000300000RA       93,34 1.801,51     Labor regadio
BA-16 Peche Moreno Maria del Carmen Jerez de los Caballeros 37 30 06070A037000300000RA 93,34 1.801,51 Labor regadio
BA-16 Peche Moreno Maria Casilda Jerez de los Caballeros 37 30 06070A037000300000RA 93,34 1.801,51 Labor regadio
BA-16 Peche Moreno Fernando Maria Jerez de los Caballeros 37 30 06070A037000300000RA 93,34 1.801,51 Labor regadio
BA-16 Peche Moreno Maria de la Concepcion Jerez de los Caballeros 37 30 06070A037000300000RA 93,34 1.801,51 Labor regadio
BA-18 Gordillo Murga Francisco Jerez de los Caballeros 37 21 06070A037000210000RE       81,39 1.272,00     Labor regadio
BA-20 Venegas Morales Amadeo Jerez de los Caballeros 37 40 06070A037000400000RT       4,43 150,60     Labor regadio
BA-20 Venegas Morales Amadeo[Herederos de] Jerez de los Caballeros 37 40 06070A037000400000RT 4,43 150,60 Labor regadio
BA-26 Ramiro Rodriguez Maria Angeles Jerez de los Caballeros 37 14 06070A037000140000RD 1 21 39,82 297,62 5.602,38 451,2   Labor regadio
BA-26 Ramiro Rodriguez Monica Jerez de los Caballeros 37 14 06070A037000140000RD 1 21 39,82 297,62 5.602,38 451,2 Labor regadio
BA-26 Ramiro Rodriguez Jose Antonio Jerez de los Caballeros 37 14 06070A037000140000RD 1 21 39,82 297,62 5.602,38 451,2 Labor regadio
BA-26 Suarez Cumplido Pedro Jerez de los Caballeros 37 14 06070A037000140000RD 1 21 39,82 297,62 5.602,38 451,2 Labor regadio
BA-30 Ayuntamiento de Jerezde los Caballeros Jerez de los Caballeros 36 13 06070A036000130000RS 1 22 3,88 282,09 6.201,23 449,6 180,07 Eucaliptus/pastos
BA-31 Ayuntamiento de Jerezde los Caballeros Jerez de los Caballeros 36 12 06070A036000120000RE       86,57 2.389,70     Eucaliptus
BA-33 Grupo Gallardo BalboaReal Estate, SL Jerez de los Caballeros 36 11 06070A036000110000RJ 1 23 2,92 252,67 4.716,87 347,2 860,00 Monte Bajo/pastos
BA-33 Kira Green Power, SL Jerez de los Caballeros 36 11 06070A036000110000RJ 1 23 2,92 252,67 4.716,87 347,2 860,00 Monte Bajo/pastos
BA-34 Grupo Gallardo BalboaReal Estate, SL Jerez de los Caballeros 36 3 06070A036000030000RK 2 24 y 25 30,73 664,65 12.082,36 982,4 1895,04 Monte Bajo/pastos
BA-34 Kira Green Power, SL Jerez de los Caballeros 36 3 06070A036000030000RK 2 24 y 25 30,73 664,65 12.082,36 982,4 1895,04 Monte Bajo/pastos
BA-35 Grupo Gallardo BalboaReal Estate, SL Jerez de los Caballeros 36 2 06070A036000020000RO       244,35 6.705,85   553,56 Monte Bajo/pastos
BA-35 Kira Green Power, SL Jerez de los Caballeros 36 2 06070A036000020000RO 244,35 6.705,85 553,56 Monte Bajo/pastos
BA-36 Gallardo Diaz Alfonso Jerez de los Caballeros 36 1 06070A036000010000RM 7 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 262,73 1238,22 17.803,14 3296 2274,91 Monte Bajo/pastos
BA-36 Ruiz Escobar Teresa Jerez de los Caballeros 36 1 06070A036000010000RM 7 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 262,73 1238,22 17.803,14 3296 2274,91 Monte Bajo/pastos
BA-36 Organismo Autonomo deRecaudación Jerez de los Caballeros 36 1 06070A036000010000RM 7 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 262,73 1238,22 17.803,14 3296 2274,91 Monte Bajo/pastos

Relación de bienes y derechos afectados por el tramo subterráneo de la línea de evacuación de necesaria expropiación

Afección N Orden Titular Termino Municipal Datos Catastrales Datos Catastrales Datos Catastrales Uso
N Arqueta Servidumbre Ocupación Arqueta Servidumbre Ocupación Arqueta Servidumbre de Paso Subterranea Servidumbre de Paso Subterranea Ocup. Temp. Servidumbre de paso
N Polígono N Parcela Referencia catastral Núm. m2 m m2 m2 m2
BA-36 Gallardo Diaz Alfonso Jerez de los Caballeros 36 1 06070A036000010000RM       25,86 15,52 103,44   Monte Bajo/pastos
BA-36 Ruiz Escobar Teresa Jerez de los Caballeros 36 1 06070A036000010000RM       25,86 15,52 103,44 Monte Bajo/pastos
BA-36 Organismo Autonomo deRecaudacion Jerez de los Caballeros 36 1 06070A036000010000RM       25,86 15,52 103,44 Monte Bajo/pastos
BA-38 AG Siderurgica Balboa, SA. Jerez de los Caballeros 17 06070A017000060000RA       208,35 125,01 833,40   Labor regadio
BA-38 Danieli & Officine Meccaniche, S.P.A. Jerez de los Caballeros 17 06070A017000060000RA 208,35 125,01 833,40 Labor regadio

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5035 {"title":"Consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible - Otras resoluciones (DOE nº 2023-170)","published_date":"2023-09-04","region":"extremadura","region_text":"Extremadura","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-extremadura","id":"5035"} extremadura Consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible,DOE,DOE 2023 nº 170,energía solar,Otras Resoluciones,Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/extremadura/boa/2023-09-04/5035-consejeria-agricultura-ganaderia-desarrollo-sostenible-otras-resoluciones-doe-n-2023-170 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.