Universidad de extremadura - Autoridades y personal (DOE nº 2023-131)

Resolución de 3 de julio de 2023, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo vacante de personal funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (Puesto base de Servicios Especiales - Conductor).

TEXTO ORIGINAL

La provisión de puestos de trabajo en la Universidad de Extremadura, que se encuentren vacantes y con dotación presupuestaria, catalogados en la relación de puestos de trabajo en el nivel orgánico 6 (Puestos base especializados y Puestos base), mediante el sistema de concurso, se llevarán a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, modificada por la Ley 9/2016, de 12 de diciembre; en el Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por Decreto 107/2013, de 25 de junio; en los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo; y en el III Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Extremadura (ARCT), publicado por Resolución de 10 de febrero de 2021, de la Dirección General de Trabajo (DOE de 22 de febrero).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del III AARCT, las convocatorias aplicables se sujetarán a las bases que a continuación se determinan, que han sido negociadas en la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del ARCT, y acordadas definitivamente en sesión de fecha 12 de julio de 2017.

Puestos de trabajo convocados

Primera. Los puestos de trabajo convocados que pueden ser objeto de solicitud serán los que aparezcan relacionados en anexo a cada convocatoria que se celebre y que, efectivamente, deberán encontrarse vacantes y disponer de dotación en los Presupuestos de la Universidad de Extremadura, así como los puestos base que pudiesen quedar vacantes como consecuencia de la adjudicación de los anteriores (resultas).

En el citado anexo deberá especificarse, para cada puesto de trabajo convocado, lo siguiente:

1. Denominación del puesto, código, unidad orgánica en el que se integra, nivel orgánico que ostenta, localidad de destino, adscripción (Grupos/Subgrupos, Cuerpo/Escala), nivel de complemento de destino, complemento específico general y especial, tipo de jornada, Formación específica exigida, y cualesquiera otros datos que figuren incorporados en la RPT.

2. Adscripción del puesto a la Unidad Funcional, Unidad Especializada, Unidad de Asesoramiento y Control, o Servicio de la Universidad u otras estructuras que corresponda, según la determinación recogida en los criterios básicos para la fijación de la estructura orgánica de la Gerencia acordados en Mesa Negociadora de 16 de diciembre de 2005 y aprobados posteriormente por el Consejo de Gobierno en sesión del 21 de diciembre siguiente, y venga determinada por su aplicación en la relación de puestos de trabajo.

Requisitos y condiciones de participación

Segunda. 1. Podrán participar en el concurso que se convoque los funcionarios de carrera al servicio de la Universidad de Extremadura y los pertenecientes a las Administraciones Públicas con las que se mantenga convenio de reciprocidad.

En este orden, y de conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal de Administración y Servicios del Grupo 9 de Universidades, firmado el 11 de mayo de 2007, podrán participar en la convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos a los funcionarios de la Universidad de Extremadura, los funcionarios de carrera con destino definitivo en una de las Universidades siguientes: Cantabria, Islas Baleares, Oviedo, Pública de Navarra, Zaragoza, y La Rioja.

Así mismo podrán participar, de conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal de Administración y Servicios firmado entre la Universidad de Extremadura y la Universidad de Alicante y aprobado en Consejo de Gobierno de la UEx en fecha 20 de febrero de 2019, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos a los funcionarios de la Universidad de Extremadura, los funcionarios de carrera con destino definitivo en la Universidad de Alicante.

2. Para poder concursar, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer a los Subgrupos, Cuerpos o Escalas a los que se encuentran adscritos los puestos convocados a concurso y que se especifican en el anexo I.

b) Tener acreditada una permanencia mínima de dos años en el último puesto ocupado, salvo que hubieran cesado en el mismo por aplicación de un Plan de Empleo, por supresión o por remoción del puesto de trabajo, o porque soliciten puestos de igual nivel.

c) Los funcionarios que sean de nuevo ingreso podrán participar en la convocatoria cuando hubiera transcurrido el plazo de dos años a partir de su toma de posesión, con las mismas salvedades que en el apartado anterior; y cuando hubieran accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna permaneciendo en el puesto de trabajo que desempeñaban.

d) Encontrarse en cualquier situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios por interés particular en tanto cumplan el período mínimo de un año en dicha situación, y los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

e) En su caso, si el funcionario hubiera obtenido permuta de destino, cuando haya transcurrido un año desde su autorización.

3. De conformidad con lo previsto en el artículo 40.3 del III ARCT, las personas funcionarias que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en adscripción provisional estarán obligados a participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo no singularizados solicitando la totalidad de los puestos vacantes para los que cumplan los requisitos.

Presentación de solicitudes

Tercera. 1. En la solicitud de participación, ajustada al modelo que se publique como anexo a la convocatoria, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Extremadura.

b) Las solicitudes se presentarán:

Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio Registro Electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es, dirigidas a la Sección de Gestión de Personal de Administración y Servicios (DIR3: U00200122).

En el Registro General de la Universidad de Extremadura (Avda. de Elvas, s/n., 06006 -Badajoz-; y Oficina en el Campus de Cáceres (Edificio de Servicios Múltiples).

En la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concordancia con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la mencionada ley.

c) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

2. Los aspirantes deberán presentar cuanta documentación estimen oportuna para la valoración de los méritos, con arreglo a las acreditaciones que se recogen en la base sexta, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en la convocatoria.

3. Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, serán vinculantes para los peticionarios. No obstante, se podrá renunciar a la participación en el concurso hasta el momento de la constitución de la Comisión de Valoración.

Valoración de los méritos

Cuarta. La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se efectuará con arreglo a los siguientes criterios, con un máximo de 21,5 puntos:

1. Valoración del grado personal Consolidado (máximo 3 puntos).

Se asignará la siguiente puntuación por la posesión de grado personal consolidado:

— Superior en 4 o más niveles al del puesto convocado: 3,00 puntos.

— Superior en 3 niveles al del puesto convocado: 2,70 puntos.

— Superior en 2 niveles al del puesto convocado: 2,40 puntos.

— Superior en un nivel al del puesto convocado: 2,10 puntos.

— Igual al nivel del puesto convocado: 1,80 puntos.

— Inferior en 1 nivel al del puesto convocado: 1,50 puntos.

— Inferior en 2 niveles al del puesto convocado: 1,20 puntos.

— Inferior en 3 niveles al del puesto convocado: 0,90 puntos.

— Inferior en 4 o más niveles al del puesto convocado: 0,60 puntos.

2. Valoración del trabajo desarrollado (máximo 7,5 puntos).

El tiempo de permanencia en los distintos puestos de trabajo, en las distintas Administraciones Públicas, se valorará de la siguiente forma:

Nivel Puestos desempeñados en la Universidad de Extremadura Puestos desempeñados en otras Administraciones Públicas
Hasta el nivel 14 0,360 año (0,030 mes) 0,180 año (0,015 mes)
Nivel 15 0,408 año (0,034 mes) 0,204 año (0,017 mes)
Nivel 16 0,456 año (0,038 mes) 0,228 año (0,019 mes)
Nivel 17 0,504 año (0,042 mes) 0,252 año (0,021 mes)
Nivel 18 0,552 año (0,046 mes) 0,276 año (0,023 mes)
Nivel 19 0,600 año (0,050 mes) 0,300 año (0,025 mes)
Nivel 20 0,648 año (0,054 mes) 0,324 año (0,027 mes)
Nivel 21 0,696 año (0,058 mes) 0,348 año (0,029 mes)
Nivel 22 0,744 año (0,062 mes) 0,372 año (0,031 mes)
Nivel 23 0,792 año (0,066 mes) 0,396 año (0,033 mes)
Nivel 24 o superior 0,840 año (0,070 mes) 0,420 año (0,035 mes)

A estos efectos, la valoración que se haga tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:

a) El período de tiempo prestado como personal eventual no podrá valorarse como mérito.

b) El período de tiempo desempeñado en comisión de servicios se computará como realizado en el puesto de origen del funcionario obtenido con carácter definitivo.

c) El período de tiempo de desempeño de puestos de trabajo sin nivel de complemento de destino se entenderá como realizado en el nivel mínimo según el intervalo correspondiente a su Cuerpo o Escala, o categoría equivalente.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 4 puntos).

Los cursos de formación y perfeccionamiento realizados o impartidos por el aspirante se valorarán con arreglo a los siguientes criterios:

3.1. Cursos cuyo título, diploma o certificado haya sido expedido por la Universidad de Extremadura, el Instituto Nacional de Administración Pública o centros equivalentes, las Organizaciones Sindicales, todos ellos en el ámbito de la formación específica de los empleados públicos y siempre que estén relacionados con los cometidos propios de la Escala de que se trate.

Previa suma del total de horas recibidas o impartidas, se valorarán a razón de 0,005 puntos por hora.

3.2. Cursos cuyo título, diploma o certificado haya sido expedido por cualquier Entidad pública o privada y siempre que estén relacionados con los cometidos propios de la Escala de que se trate.

Previa suma del total de horas recibidas o impartidas, se valorarán a razón de 0,0012 puntos por hora.

4. Antigüedad (máximo 6 puntos).

4.1. Valoración genérica por años de servicio, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad al ingreso como funcionario en el Cuerpo o Escala, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

La puntuación será de 0,2 puntos por año, teniendo en cuenta que no se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

4.2. Permanencia en el puesto de trabajo. Por haber permanecido 4 años en el último puesto obtenido con carácter definitivo, se otorgará 1 punto y 0,25 más, por cada año adicional hasta un máximo total de 4 puntos. A estos efectos, al funcionario que en la actualidad se encuentre en destino provisional por remoción o supresión del puesto de trabajo que venía ocupando con carácter definitivo, o bien se encuentre pendiente de reasignación de efectivos, se le computará el tiempo que lleva en dicha situación como de permanencia en el puesto suprimido o en el que ha sido cesado. El periodo de permanencia en la situación administrativa de excedencia voluntaria por nombramiento provisional no se computará a los efectos de permanencia en el puesto.

4.3. Por pertenecer a Cuerpo o Escala funcionarial del Subgrupo superior de los que esté adscrito el puesto de trabajo convocado: 1 punto.

5. Méritos referidos a la conciliación de la vida familiar y laboral (1 punto):

El destino previo del cónyuge empleado público, o pareja de hecho inscrita legalmente, funcionario o laboral fijo, obtenido mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, así como quienes acrediten razones de guarda legal de menores, atención a personas mayores o personas con discapacidad, cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o personas convivientes con el empleado público, se valorará con un punto, siempre que se acceda desde municipio distinto.

Puntuación mínima

Quinta. No se tendrán en cuenta las solicitudes de aquellos candidatos que no alcancen la puntuación mínima de 0,15 puntos.

Acreditación de los méritos alegados

Sexta. 1. Los requisitos y méritos a que hacen referencia la base cuarta, puntos 2 y 4, deberán ser acreditados mediante certificado expedido al efecto por la unidad competente en cada caso en materia de personal, o mediante certificación del Registro Central de Personal.

2. Los cursos a los que hace referencia el punto 3 de la base cuarta deberán acreditarse mediante fotocopia del diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, expedido por los Centros mencionados, o su inscripción en el Registro Central de Personal.

3. Los concursantes que proceden de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación del período de suspensión.

4. La acreditación del destino del cónyuge o pareja de hecho se hará mediante la aportación de fotocopia del libro de familia o documento de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho o equivalente que acredite la relación entre el solicitante o el cónyuge o pareja. Asimismo, se aportará certificación de la unidad de personal correspondiente que acredite la localidad del destino del cónyuge o pareja de hecho, el puesto de trabajo que desempeña y la forma de obtención del mismo.

Adjudicación de puestos

Séptima. 1. El concurso se resolverá en dos fases:

a) En la primera fase únicamente serán valoradas las solicitudes de personal funcionario de carrera de la Universidad de Extremadura, y los que presten servicios en la misma, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios por interés particular salvo que cumplan el período mínimo de dos años en dicha situación, y los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

b) En la segunda fase, para los puestos que resulten vacantes tras la conclusión de la primera, serán valoradas las solicitudes de personal proveniente de otras Administraciones Públicas con las que se tenga convenio de reciprocidad.

2. El orden de prioridad para la adjudicación de cada puesto vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo de la base cuarta. En este orden, la propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato a cada puesto que haya obtenido mayor puntuación total.

Si el concursante aspirase a más de un puesto de trabajo y sus calificaciones le permitieran acceder a varios de ellos, se le adjudicará aquél que figure en primer lugar en su solicitud.

3. En caso de igualdad en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en la base cuarta, por el orden expresado. De persistir el empate, se acudirá a la mayor antigüedad como funcionario en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, el número obtenido en el proceso selectivo. En último término será el sorteo el sistema utilizado para resolver el empate.

4. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso podrá optar entre ambos puestos de trabajo, estando obligado a comunicar ante la Gerencia de la Universidad de Extremadura, por escrito, la opción realizada dentro del plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del puesto.

5. Los traslados que hayan de producirse por resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán el abono de indemnización por concepto alguno.

6. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos en la convocatoria o, en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para resultar adjudicatario de un puesto.

Comisión de Valoración

Octava. 1. Los méritos serán valorados por la Comisión compuesta por:

Miembros titulares:

Presidente: Don Juan Francisco Panduro López, Gerente de la Universidad de Extremadura.

Vocales:

Don Jorge Antonio Díaz Farias, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.

Don Jesús María Rodríguez Díaz, funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad de Extremadura.

Doña María Begoña Molinero San Antonio, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Extremadura.

Doña María Ángeles Morgado Collado, funcionaria de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Extremadura.

Miembros suplentes:

Presidente: Don José Antonio Perea Ayago, Vicegerente de Recursos Humanos de la Universidad de Extremadura.

Vocales:

Don Antonio Rodríguez Gallardo, funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Extremadura.

Don José María Ferrera Guillén, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.

Doña Ana María Bermejo Ollero, funcionaria de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.

Doña, Rosario Lafuente Robles, funcionaria de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.

La Comisión de valoración designará, entre sus miembros, un Secretario, que, dentro de los siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del expediente administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos de la Universidad de Extremadura.

2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de los aspirantes las aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de valoración queda encuadrada en la categoría segunda de las previstas reglamentariamente.

Resolución

Novena. 1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, en el plazo no superior a seis meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización de presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen del interesado al que se le adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad, grupo, nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de servicio activo.

2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración y a los participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.

3. La resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.

Toma de posesión

Décima. 1. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.

Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días hábiles.

2. El Rector de la Universidad, a propuesta del Gerente, podrá diferir el cese, por necesidades del servicio, hasta tres meses.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado, salvo que por causas justificadas excepcional y debidamente motivadas por el órgano competente, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Asimismo, en el caso de que la persona afectada se encuentre en la situación de servicios especiales, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al servicio activo. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto, y siempre que no se incumpla por causa imputable al interesado.

Undécima. 1. La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución del concurso con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos para las actuaciones administrativas procedentes.

2. Con el fin de facilitar la tramitación de cuantos actos administrativos afecten o puedan afectar a los funcionarios seleccionados, éstos deberán aportar un certificado de servicios prestados, liquidación de trienios y certificado de baja en nómina.

En la correspondiente baja de haberes deberá expresarse la liquidación de la paga extraordinaria en período de devengo, el grado consolidado, así como las posibles interrupciones en la prestación de servicios.

Disposición final

Duodécima. Contra la resolución de cada concurso, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Badajoz, 3 de julio de 2023.

El Gerente,

JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ

ANEXO I

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO QUE PUEDEN SOLICITARSE

1. Puesto:

Clave del puesto RPT: PFR0001.

Denominación: Puesto Base de Servicios Especiales (Conductor).

Unidad orgánica: Unidad de Servicios Comunes.

Unidad de adscripción: Gabinete del Rectorado (Código F1 de las Estructuras Orgánicas de la Gerencia).

Nivel orgánico del puesto: 6.

Localidad de destino: Badajoz.

Grupo: Subgrupos: C1/C2.

Nivel de complemento de destino: 18.

Complemento específico general: EG13.

Complemento específico especial: Tipo de jornada partida JP09.

Jornada de Disponibilidad Permanente: Tipo de jornada EPD02.

Adscripción:

Administración: Artículos 92 y 94 de la Ley Orgánica 2/23, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y otras Administraciones Públicas con las que la Universidad de Extremadura tenga suscrito convenio de reciprocidad.

Cuerpo:

AG19 = Escala de Técnicos Auxiliares de Servicios de la Universidad de Extremadura y Cuerpos y Escalas análogas de otras Administraciones Públicas / AG21 = Escala de Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura y Cuerpos y Escalas análogas de otras Administraciones Públicas.

Otros requisitos:

— Estar en posesión del carné de conducir tipo B (FE25).

2. Puesto:

Clave del puesto RPT: PFR0776.

Denominación: Puesto Base de Servicios Especiales (Conductor).

Unidad orgánica: Unidad de Servicios Comunes.

Unidad de adscripción: Gabinete del Rectorado (Código F1 de las Estructuras Orgánicas de la Gerencia).

Nivel orgánico del puesto: 6.

Localidad de destino: Cáceres.

Grupo: Subgrupos: C1/C2.

Nivel de complemento de destino: 18.

Complemento específico general: EG13.

Complemento específico especial: Tipo de jornada partida JP09.

Jornada de Disponibilidad Permanente: Tipo de jornada EPD02.

Adscripción:

Administración: Artículos 92 y 94 de la Ley Orgánica 2/23, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y otras Administraciones Públicas con las que la Universidad de Extremadura tenga suscrito convenio de reciprocidad.

Cuerpo:

AG19 = Escala de Técnicos Auxiliares de Servicios de la Universidad de Extremadura y Cuerpos y Escalas análogas de otras Administraciones Públicas / AG21 = Escala de Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura y Cuerpos y Escalas análogas de otras Administraciones Públicas.

Otros requisitos:

— Estar en posesión del carné de conducir tipo B (FE25).

ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA DE FECHA (DOE del ).

D/Dña......................................................................................................................

D.N.I. ..................... Domicilio....................................................................................

Teléfono ........................... Localidad .........................................................................

Provincia ..............................................................Código postal.................................

Cuerpo o Escala .........................................................................................................

Administración a la que pertenece ................................................................................

N.R.P. ........................................Subgrupo ..................... Grado consolidado.................

SOLICITA: Participar en la convocatoria referenciada en el encabezamiento, para la provisión del/os puesto/s de trabajo que a continuación se relacionan, de la Universidad de Extremadura, y a tal efecto acompaña la documentación pertinente.

1. Puestos convocados a los que se aspira:

Clave Denominación Localidad

..................... ........................................................................ .................................

2. Puestos por resultas a los que se aspira:

Clave Denominación Localidad

.............. .............................................................................................. ............................

En ..............................., a .......... de ........................ de 2023

(firma del interesado)

SR. GERENTE DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.

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