Consejería de hacienda y administración pública - Otras resoluciones (DOE nº 2023-128)

Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 27 de mayo de 2023, el Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 22 de junio de 2023.

La Secretaria General.

PA, Resolución de 01/03/2021, DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021

La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,

M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO POR EL QUE SE INSTRUMENTA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A CÁRITAS DIOCESANA DE CORIA-CÁCERES DESTINADA A LA FINANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE LA METODOLOGÍA DEL PLAN VITAL DE INCLUSIÓN SOCIAL EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

Mérida, 27 de mayo de 2023.

INTERVIENEN

De una parte, doña Carmen Núñez Cumplido, Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 100/2019, de 2 de agosto (DOE núm. 151, de 6 de agosto de 2019), actuando en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de delegación de la Secretaría General efectuada mediante Resolución de 29 de marzo de 2021 (DOE núm. 51, de 6 de abril de 2021), y previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 24 de mayo de 2023.

Y de otra, don Damián Jesús Niso Chaves, Director de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, cargo para el que fue nombrado por Decreto de 2 de febrero de 2023 del Obispo de Coria-Cáceres, actuando como representante legal de esta entidad en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 25. 1.º de los Estatutos de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero. Que la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital crea y regula la prestación no contributiva de Seguridad Social del ingreso mínimo vital como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia cuando se encuentren en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.

Sin embargo, más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las personas más vulnerables requiere de un conjunto de políticas que garanticen su derecho a la plena inclusión social y laboral.

Las políticas de inclusión tienen un carácter horizontal que debe desarrollarse a través de intervenciones coordinadas en diferentes ámbitos, entre los que se encuentran principalmente: los servicios sociales, el empleo, la sanidad, la educación, la vivienda, el suministro energético y las competencias digitales.

El artículo 31 de la citada Ley 19/2021, de 20 de diciembre, dispone que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones promoverá, en el ámbito de sus competencias, las estrategias de inclusión de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital mediante la cooperación y colaboración con los departamentos ministeriales, las comunidades autónomas, las entidades locales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, así como con las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

Segundo. Que corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura ejercer las competencias en materia de servicios sociales en virtud del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y, de acuerdo con el Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, las competencias para la planificación, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas en los siguientes ámbitos y materias: programas y prestaciones en materia de política social, con especial dedicación a la lucha contra la pobreza y la exclusión social, promoción social, fomento del voluntariado y políticas ante la emergencia social, acciones para la promoción y participación social de minorías, protección a la familia.

Asimismo, la citada dirección general asume funciones para la determinación de criterios, valoración de situaciones de exclusión, reconocimiento del derecho de ciudadanía y gestión de la renta básica de inserción, así como el seguimiento de los itinerarios de inserción inherentes a la misma.

Tercero. Que el instrumento financiero Next Generation EU, aprobado por el Consejo Europeo el pasado 21 de julio de 2020, incluye, como elemento central, un Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo que permitirá una serie de reformas basadas en la justicia social tanto a nivel nacional como en cogobernanza con las comunidades autónomas con competencias transferidas.

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para España que, a su vez, fue aprobado por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021, el cual, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de gran alcance.

En el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el ámbito de sus competencias, participa en el Componente 23 Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo .

Entre las reformas e inversiones propuestas en este Componente 23 se incluye la inversión C23.I7 Fomento del Crecimiento Inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión sociolaboral al Ingreso Mínimo Vital , con una dotación de 297,95 millones de euros, que promueve la implantación de un nuevo modelo de inclusión a partir del ingreso mínimo vital (IMV), que reduzca la desigualdad de la renta y las tasas de pobreza extrema y moderada. Para lograr este objetivo, se ha planteado, entre otros, el desarrollo de proyectos piloto para la puesta en marcha de itinerarios de inclusión social con las comunidades autónomas, entidades locales y entidades del Tercer Sector de Acción Social.

Cuarto. Que mediante el Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 109.787.404 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-17464) se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Extremadura, por importe máximo de 8.803.049,27 euros, para la realización de proyectos piloto innovadores para el desarrollo de itinerarios de inclusión social y su evaluación.

Para ejecutar dichos fondos, el 27 de enero de 2022 se suscribió un Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (publicado en el BOE núm. 44, de 21 de febrero de 2022 - https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-2776 -), por importe de 8.803.049,27 euros, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.

A través del citado convenio se financia el proyecto piloto denominado Plan Vital de Inclusión Social que está integrado por un piloto de itinerarios de inclusión social y su evaluación diseñados de común acuerdo entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Quinto. Que el Plan Vital de Inclusión Social tiene como finalidad mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, fundamentalmente, de personas perceptoras de IMV o Renta Extremeña Garantizada (REG) mediante el diseño y desarrollo de itinerarios de inclusión social y laboral desde enfoques de atención centrada en la persona y participación comunitaria, que permitan su inserción definitiva.

Se llevarán a cabo intervenciones coordinadas en tres ámbitos diferentes: los servicios sociales, el empleo y la sanidad.

El Plan Vital de Inclusión Social consistirá en diseñar un plan individual para cada uno de los participantes del grupo de tratamiento que incluirá actuaciones personalizadas y holísticas que les sean consignadas en función de sus necesidades y que abarcarán un conjunto de áreas diversas relacionadas con el ámbito de la salud, vivienda, educación, empleo, accesibilidad, soluciones energéticas, etc.

La fundamentación de este proyecto piloto Plan Vital de Inclusión Social conjuga dos paradigmas de intervención que son transversales y compartidos por los tres órganos gestores participantes en el Plan Vital de Inclusión Social, que son los servicios sociales, los de empleo y los de atención primaria. Se trata del Modelo de Atención Centrado en la Persona (ACP) y las Estrategias de Intervención Comunitaria en Salud.

La metodología general para implementar el Plan Vital de Inclusión Social implicará las siguientes acciones: la creación de una comisión paritaria formado fundamentalmente por personal de Servicios Sociales, Empleo y Sanidad, siendo un órgano colegiado de dirección y toma de decisiones; un estudio inicial de detección de necesidades y diseño e implementación de investigación pre-postest del Plan Vital de Inclusión Social; el diseño, desarrollo y seguimiento de la Metodología del Plan Vital de Inclusión Social en Extremadura y de la coordinación para garantizar la aplicación de la metodología innovadora, así como un homogéneo sistema de funcionamiento a nivel territorial; y, por último, el establecimiento de grupos de trabajo interdisciplinares en el territorio por parte de las entidades del tercer sector que participantes del Plan, representantes del ámbito social, empleo y salud, que diseñarán los planes individuales de la muestra aleatoria que recibirá la intervención y propondrán las medidas adecuadas para cada persona, derivando a los recursos o servicios idóneos para ello.

Para garantizar la efectividad de la implementación del Plan Vital de Inclusión Social es necesario la coordinación y el trabajo conjunto de la Universidad de Extremadura, que está llevando a cabo el estudio inicial de detección de necesidades y diseño e implementación de investigación pre-postest del Plan Vital de Inclusión Social, y de las entidades del Tercer Sector que participen en el diseño, desarrollo y seguimiento de esta metodología innovadora, con la comisión paritaria.

Sexto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, entidad ejecutora del Plan Vital de Inclusión Social, pretende financiar un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con el fin de ejecutar las acciones previstas en el citado plan, esto es, el diseño, desarrollo y seguimiento de la Metodología del Plan Vital de Inclusión Social en Extremadura y de la coordinación para garantizar la aplicación de la metodología innovadora, así como un homogéneo sistema de funcionamiento a nivel territorial, y, por último, el establecimiento de grupos de trabajo interdisciplinares en el territorio que diseñarán y desarrollarán dicha metodología.

Dicha financiación se instrumentaría mediante la firma de convenios con las Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz, Coria-Cáceres y de Plasencia, todas ellas entidades del Tercer Sector de Acción Social en virtud de lo dispuesto en la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social de Extremadura define a las entidades del Tercer Sector Social. Estos convenios tendrán como objetivos mejorar la tasa de acceso al IMV (o REG) e incrementar la efectividad del IMV (o REG) a través de itinerarios de integración y su evaluación.

Esta metodología innovadora requiere para su diseño, desarrollo y seguimiento de entidades del Tercer Sector de Acción Social con implantación territorial en Extremadura, que posean tanto experiencia en intervención social -con la incorporación de criterios de intervención en su actuación como la prevención y detección de las necesidades sociales y de los obstáculos emergentes y la intervención directa con las personas y colectivos en situación de vulnerabilidad, situación de riesgo o situación de pobreza y/o exclusión social a través de programas y proyectos elaborados para tal fin, previstos en la citada Ley 10/2018, de 22 de enero- como con equipos y recursos que se ajusten al desarrollo del Plan Vital de Inclusión Social.

En Extremadura, las entidades del Tercer Sector de Acción Social que reúnen estos requisitos para poder llevar a cabo el proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia son las Cáritas Diocesanas de Mérida-Badajoz, Coria-Cáceres y Plasencia, por disponer de experiencia en intervención social con las personas y colectivos a los que se dirige el citado plan vital, con una estructura de gestión, financiera, territorial y recursos humanos sólida para poder llevar a cabo las citadas acciones en el periodo de ejecución del Plan Vital de Inclusión Social. Además, son las únicas entidades del Tercer Sector interesadas en el desarrollo de dichas acciones y, por tanto, que han solicitado subvención.

Por tanto, el interés público y económico, así como el carácter eminentemente social de las citadas acciones en materia de políticas de inclusión, financiadas mediante subvenciones otorgadas y gestionadas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, justifican la adjudicación directa de estas subvenciones, mediante su concesión a través de convenios. Asimismo, no cabe aplicar los mecanismos de la concurrencia en el otorgamiento porque se trata de subvenciones que tratan de financiar actuaciones concretas que sean desarrolladas por entidades del Tercer Sector de Acción Social, con implantación y presencia territorial en Extremadura, experiencia en itinerarios de inclusión social y capacidad de coordinación y trabajo en común, con el fin de garantizar el cumplimiento de los hitos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por ello, concurren en el caso de este convenio evidentes razones de interés público, económico y social que justifican la concesión directa de esta subvención. En primer lugar, con las citadas acciones contenidas en el presente convenio se consigue una mejora efectiva del acceso al ingreso mínimo vital o renta extremeña garantizada de las personas en riesgo de exclusión social que no lo están percibiendo y el incremento de la efectividad del ingreso mínimo vital a través de la política de inclusión, puesto que más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las personas más vulnerables requiere de un conjunto de políticas que permitan su plena inclusión social y laboral. Por este motivo, el ingreso mínimo vital y la renta extremeña garantizada se configuran como un conjunto de políticas articuladas en torno a esta prestación.

En segundo lugar, desde un punto de vista económico y social, cabe destacar que la subvención irá destinada a mitigar los daños sociales y a apoyar un crecimiento inclusivo de nuestro país a través de la política de inclusión que definirá los itinerarios más adecuados para los beneficiarios del ingreso mínimo vital. La dimensión de inclusión abarca el empleo, la recuperación de la autoestima, la salud física y mental, la conexión social, las habilidades educativas, etc. En este sentido, los beneficiarios del IMV o REG están más expuestos al desempleo, la volatilidad de los salarios, la estacionalidad en la jornada laboral y a condiciones laborales más precarias. Además, en muchos casos la falta de habilidades básicas representa un obstáculo abrumador que finalmente empuja a los adultos en edad laboral a la inactividad. De hecho, la activación laboral es la piedra angular de la inclusión y se correlaciona positivamente con importantes mejoras en todas las dimensiones.

Por todo ello, y con objeto de agilizar y dotar de mayor efectividad a la ejecución de los fondos del Plan Vital de Inclusión Social, se ha considerado imprescindible la necesidad de un procedimiento ágil para dar respuesta a las necesidades y al acuerdo de consecución de hitos concretos para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021, que aseguren los correspondientes ingresos financieros desde la Unión Europea.

Séptimo. Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura recogen créditos en el proyecto de gasto 20220350 denominado PLAN VITAL DE INCLUSION SOCIAL por importe de 3.380.532 euros, con fuente de financiación MR08C23I07 y clasificación económica 48000 (según la Orden de 30 de mayo de 2022 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 se refiere al subconcepto denominado Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro ).

De acuerdo con la fuente de financiación MR08C23I07, la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos emitió con fecha de 30 de marzo de 2023 Informe de adecuación al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en virtud de las competencias del artículo 12.3 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 y del artículo 24.1 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, requeridos antes de cualquier anotación contable por cada proyecto presupuestario cofinanciado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En este informe se considera que las actuaciones para la ejecución del Plan Vital de Inclusión Social, siendo una de ellas un proyecto implementación de Metodología del Plan Vital de Inclusión Social, se adecúan a la estructura presupuestaria existente, a los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y su finalidad es congruente con la denominación del citado proyecto.

Además, dicho informe dispone que se ha verificado que la actuación se adecua a las normas específicas y sistemas de gestión definida en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, así como a la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Octavo. Que, ante la concurrencia de las situaciones anteriormente descritas, tal y como se ha expresado en apartados anteriores, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la concesión en forma directa y con carácter excepcional de aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

El artículo 32.1. a) de dicha ley establece que conforme a lo previsto en el precitado artículo 22.4 c), se considerarán como supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o privadas sin fines de lucro.

El apartado 2 del referido artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, prevé que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentalizará mediante resolución o Convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la consejería. Según dicho apartado, el convenio o resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos: definición del objeto de la subvención, con indicación del carácter singular de la misma, del procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación de los beneficiarios, modalidades de ayudas, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.

Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, como organismo oficial de la Iglesia para promover la acción caritativa en la diócesis de Coria-Cáceres, tiene por objeto la realización de la acción caritativa y social de la Iglesia en la Diócesis, y entre sus tareas se encuentran la de desarrollar acciones de acogida y atención directa, a través de proyectos de inclusión social y laboral, destinados a personas en situación de exclusión social y vulnerabilidad ( ) , conforme se desprende del artículo 6.3.c) de sus Estatutos.

Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres cuenta con presencia en cada barrio, en cada pueblo, a través de sus 87 equipos parroquiales, formados por un total de 674 personas, realizando proyectos en atención especializada en familia, personas sin hogar, migración y refugio, mayores, solidaridad penitenciaria, empleo, economía social, voluntariado, emergencias y cooperación al desarrollo, sensibilización e incidencia pública, con 1.745 personas participantes y acompañadas, 2.387 personas beneficiarias, 1.634 hogares, 704 personas voluntarias, 320 socios y 352 donantes, 38 personas contratadas y cuenta con una financiación procedentes de fondos públicos (56 %) y fondos privados (44 %), según memoria anual de 2021(https://www.caritas.es/main-files/uploads/sites/31/2022/06/MEMORIA-FINAL-CARITAS-2021-RED.pdf ).

Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres viene colaborando con las diferentes administraciones públicas en la atención de situaciones de exclusión social, en especial, en la cobertura de las necesidades más básicas de la población, trabajando bajo un modelo de acción social que opta por un método centrado en acoger, escuchar, atender y acompañar, en los procesos de respeto para la persona a la que se orienta y acompaña en su camino, lo cual centra la atención en los caminos más que en las metas , y cuya metodología se basa en un proceso de intervención integral y personalizado.

De ahí que, la Junta de Extremadura pretende con la concesión directa de esta subvención a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres financiar en el territorio de esta diócesis un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, presentado por esta entidad, y ejecutar los citados créditos presupuestarios previstos para el año 2023 para financiar las acciones destinadas al diseño, desarrollo y seguimiento de la Metodología del Plan Vital de Inclusión Social en Extremadura, y, por tanto, cumplir con el Convenio suscrito el 27 de enero de 2022 con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La concesión de esta subvención a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres por el procedimiento excepcional de concesión directa previsto en los artículos 22.4 c) y 32.1 a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se fundamenta, por tanto, en las razones de interés público, social y económico antes expuestas que dificultan su convocatoria pública y aplicar los mecanismos de concurrencia pública, derivada esta última de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar -se trata de un proyecto concreto que no requiere de valoración comparativa con otras propuestas-, así como de las especiales características del perceptor, en lo relativo a su capacidad y experiencia en gestión de planes, programas y proyectos de intervención social, así como en su grado de implantación en Extremadura. Concretamente, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, junto al resto de Cáritas Diocesanas en Extremadura, es una entidad sin ánimo de lucro del Tercer Sector de Acción Social que posee una estructura de recursos humanos y materiales que resultan adecuados para llevar a cabo de forma eficaz y eficiente la ejecución de los créditos asignados para la financiación de las citadas acciones, como se ha referido en apartado sexto, y disponiendo o pudiendo disponer de personal técnico cualificado en los ámbitos objeto de intervención para desarrollarlo dentro del plazo de ejecución previsto para el Plan Vital de Inclusión Social (este plan comprende un plazo de ejecución desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2023 para la ejecución del itinerario objeto de la subvención -según Resolución de 8 de agosto de 2022 de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social por la que se resuelve la autorización para realizar modificaciones por la Comunidad Autónoma de Extremadura, entidad beneficiaria de la subvención en el marco del Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 109.787.404 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-, y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación). De ahí que, reúna los requisitos para ser beneficiaria de esta subvención a tenor de lo dispuesto en los artículos 10 y 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Noveno. En consecuencia, en aras de los intereses comunes y las razones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.4.c) y 32.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 47 y 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previa solicitud de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres, presentada con fecha de entrada de 25 de abril de 2023 según Registro único de documentos de la Junta de Extremadura (SIREX), se concede una subvención de concesión directa para la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del plan vital de inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siendo el convenio una de las formas para instrumentar la concesión directa de esta subvención conforme dispone el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y precisando recabar la autorización del Consejo de Gobierno dada la cuantía a aportar por la Junta de Extremadura según cláusula tercera del convenio y conforme exige el artículo 43 apartados 3 y 4 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2023.

Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Constituye el objeto del presente convenio instrumentar la concesión directa de una subvención a favor de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, con NIF R1000101D, para la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del plan vital de inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como posibilitan los artículos 22.4.c), 32.1.a) y 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segunda. Objeto de subvención.

1. El objeto de esta subvención es financiar el proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia diseñado de común acuerdo entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, y Cáritas Diocesana Coria-Cáceres, cuya descripción se recoge en el anexo I del presente convenio.

2. Finalidad del proyecto financiable. La finalidad de este proyecto es contribuir al cumplimiento del objetivo del Plan Vital de Inclusión Social, esto es, mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, fundamentalmente, de personas perceptoras de IMV o Renta Extremeña Garantizada (REG) mediante el diseño y desarrollo de itinerarios de inclusión social y laboral desde enfoques de atención centrada en la persona y participación comunitaria, que permitan su inserción definitiva.

3. Actuaciones subvencionables. Para el cumplimiento de la finalidad del proyecto financiado se realizarán acciones de diseño, desarrollo y seguimiento de la Metodología del Plan Vital de Inclusión Social en Extremadura y de coordinación para garantizar la aplicación de la metodología innovadora, así como un homogéneo sistema de funcionamiento a nivel territorial, conforme se describen en el anexo I.

Se llevarán a cabo intervenciones coordinadas en tres ámbitos diferentes: los servicios sociales, el empleo y la sanidad.

El Plan Vital de Inclusión Social consistirá en diseñar un plan individual para cada uno de los participantes del grupo de tratamiento que incluirá actuaciones personalizadas y holísticas que les sean consignadas en función de sus necesidades y que abarcarán un conjunto de áreas diversas relacionadas con el ámbito de la salud, vivienda, educación, empleo, accesibilidad, soluciones energéticas, y demás áreas relacionadas con los itinerarios de objeto de subvención.

Los itinerarios de inclusión social objeto de la subvención integrales podrán incluir actuaciones con el entorno de las personas destinatarias de la intervención, siempre y cuando se consideren necesarias para la inclusión social de las personas en situación o riesgo de exclusión social.

El diseño y ejecución de los itinerarios de inclusión social deberá prever la realización de una evaluación de impacto con metodología de ensayo controlado aleatorizado (RCT).

4. Perfil de persona destinataria directa del proyecto financiado. La subvención irá destinada al desarrollo de itinerarios de inclusión social con personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, en el marco de la inversión C23.I7 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España: Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo Vital .

Cuando el número de personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura no sea suficiente para el desarrollo de la intervención, o cuando por motivos de la evaluación sea necesario incluir otros colectivos, podrán ser beneficiarias de los itinerarios otras personas en situación o riesgo de exclusión social sean o no beneficiarias del IMV o de la REG.

De acuerdo con lo anterior, se estima que, atendiendo a la selección aleatoria de la muestra de 2.000 personas participantes previstas en el Plan Vital de Inclusión Social realizada por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y según los objetivos asignados a la Comunidad Autónoma en el Convenio de 27 de enero de 2022 (BOE núm. 44, de 21 de febrero), la muestra para el diseño del plan vital de inclusión social incluido en este proyecto financiado podrá alcanzar a un total de 334 mujeres de edades comprendidas entre 18 y 45 años de edad con hijos menores de edad o personas dependientes a sus cargo perceptoras de IMV o REG, residentes en las localidades incluidas en las zonas objeto de intervención previstas en el apartado siguiente.

De esta muestra de 334 participantes, se asignarían un total de 276 al grupo de tratamiento y un total de 58 al grupo de control. El grupo de tratamiento será el que recibirá las intervenciones de apoyo en los ámbitos sociolaboral, salud o integral (todos los ámbitos) que hayan sido determinadas en su plan individualizado diseñado por los grupos de trabajo interdisciplinares. Por otra parte, las otras 58 personas actuarían como grupo de control, con las que se realizará la captación y el diagnóstico, pero no el itinerario o Plan Vital de inclusión social integral ni de las propuestas de acción individualizadas.

Por tanto, las 276 personas del grupo de tratamiento que se pueda alcanzar serán los titulares de las propuestas de acción individualizadas y constituirán los destinatarios directos de la intervención porque se les elaborará su propio Plan Vital de Inclusión Social, conforme se establece en el convenio de 27 de enero de 2022. Esto no es óbice para que, no solo esta persona sino el conjunto de su unidad familiar, ya sean personas adultas o menores a cargo, puedan beneficiarse de las acciones emanadas de su plan vital, teniendo en cuenta el carácter holístico de la intervención.

5. Ámbito territorial de actuaciones del proyecto financiado. Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres desarrollará las actuaciones del proyecto subvencionado, dentro del ámbito territorial de la diócesis, en las localidades incluidas en las áreas de salud de Cáceres del Servicio Extremeño de Salud, dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, conforme se especifica en el anexo I.

6. Recursos humanos del proyecto financiado. Para el desarrollo de las actuaciones del proyecto subvencionado, se dispondrá de los siguientes recursos humanos:

a) Coordinación territorial: Una persona que hará funciones de coordinación en las zonas de actuación del proyecto subvencionado, con perfil profesional en el ámbito de la intervención social y titulación universitaria, así como con experiencia en gestión programas sociales o en intervención con personas o colectivos en riesgo o exclusión social.

b) 1 Grupo de Trabajo Interdisciplinar territorial (trabajo directo con las personas), cada uno de ellos formado por los siguientes perfiles profesionales:

— 1 profesional con titulación universitaria de Psicología.

—2 profesionales con titulación universitaria de Trabajo Social.

—1 profesional con titulación universitaria en Educación Social.

—1 profesional con titulación universitaria y experiencia en puesto de Técnico de Empleo.

—1 profesional con titulación ciclo formativo medio o superior, FP I o FP II de la rama de administración y gestión, o con experiencia laboral acreditada.

Este personal estará vinculado jurídicamente a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, correspondiéndole, en su condición de empleador, las obligaciones sociales y laborales, así como las altas y bajas y liquidación de cotizaciones de dicho personal. La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales será ajena a todo tipo de relación laboral con el citado personal.

7. Atendiendo a la naturaleza y características del proyecto objeto de subvención, se podrá subcontratar hasta el 60% de las actividades contenidas en el mismo. En todo lo no establecido en el presente apartado, se estará a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En caso de que Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres subcontrate las actuaciones del proyecto objeto de esta subvención, habrá de prever los mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente en los términos previstos en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.

Tercera. Financiación, cuantía y forma de pago.

1. Financiación. El proyecto está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

2. Cuantía de la subvención. La cuantía máxima destinada a financiar este proyecto es de trescientos ocho mil ciento treinta y tres euros con noventa y dos céntimos de euro (308.133,92 €). Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/48000, fuente de financiación MR08C23I07 y proyecto de gasto 20220350 denominado Plan vital de inclusión social , financiado dentro de la inversión C23.I7 Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo Vital dentro del Componente 23 "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I del convenio.

Esta subvención no podrá aplicarse a gastos de distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de los gastos imputables a dicho crédito.

3. Forma de pago. La cuantía máxima de la subvención concedida se abonará a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres de forma fraccionada en pagos anticipados y/o a cuenta, sin necesidad de garantía alguna, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública emitido conforme exige el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y de acuerdo con el siguiente régimen de pago:

a) Un primer abono, correspondiente al 60 % de la cuantía total de la subvención concedida, se realizará una vez formalizado el convenio y previa presentación por la beneficiaria de la documentación acreditativa de la realización de las contrataciones del personal previsto en el apartado 6 de la cláusula segunda, en los términos previstos en el apartado 3 de la cláusula cuarta y de las declaraciones responsables referidas en los anexos II y III. Asimismo, se deberá presentar una declaración del cumplimiento de la adopción de las medidas de información y publicidad exigidas en el apartado 5 de la cláusula quinta del presente convenio.

La citada documentación deberá presentarse al órgano gestor, en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de notificación del convenio, en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede.gobex.es/SEDE), de acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo el órgano destinatario con Código UAD: A11030106 - SERVICIO DE PROGRAMAS SOCIALES Y MIGRACIONES.

b) Un segundo abono, correspondiente al 40% restante de la cuantía total de la subvención concedida, tras la comprobación de la justificación de que se han realizado gastos y pagos de, al menos, por importe igual a un 60 % de la cuantía total anticipada, documentación que podrá presentar la entidad beneficiaria hasta el 4 de septiembre de 2023, inclusive.

En el supuesto de que Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres no justifique o justifique insuficientemente en el citado plazo los gastos y pagos relativos al primer abono del 60% anticipado, o se autorice una modificación del proyecto que suponga una minoración de la cuantía total subvencionada, la cantidad resultante entre lo justificado y lo obligado a justificar o la resultante de la cuantía modificada, se deducirá del segundo abono del 40% restante de la cuantía total de la subvención concedida, en los términos establecidos en la cláusula octava y décima del presente convenio.

Asimismo, con carácter previo a cada uno de los citados pagos, la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias comprobará de oficio que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, así como con la Hacienda Estatal y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al consentimiento expreso prestado por la entidad beneficiaria en su solicitud de subvención. En caso de que la entidad beneficiaria cancele con posterioridad a la solicitud de subvención dicho consentimiento, deberá presentar Certificación o información acreditativa de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado o la Autonómica, así como frente a la Seguridad Social, según corresponda.

Cuarta. Plazo y forma de justificación.

1. La justificación revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado, conforme se establece en el artículo 35 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se presentará a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede.gobex.es/SEDE), de acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo el órgano destinatario con Código UAD: A11030106 - SERVICIO DE PROGRAMAS SOCIALES Y MIGRACIONES.

El plazo para poder presentar la documentación para el segundo abono será hasta el 4 de septiembre de 2023, conforme se dispone en la letra b) apartado 3 de la cláusula cuarta, y el de la justificación final será hasta el 31 de enero de 2024, inclusive.

2. La cuenta justificativa del gasto realizado contendrá la siguiente documentación:

1º Certificado pormenorizado de ingreso, gastos y pagos, debidamente firmado mediante medios electrónicos por la persona que ocupe la secretaria y con el visto bueno del representante legal de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres, que incluirá una relación clasificada de documentos justificativos del gasto realizado con cargo a la subvención concedida que se justifica, con indicación del acreedor, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, según modelo incorporado como anexo IV.

2º Nóminas, facturas, recibos y demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, acompañados de su oportuno documento de pago, y que deberán corresponder a la relación detallada de los mismos en el certificado pormenorizado de ingreso, gastos y pagos presentado. Asimismo, esta documentación debe responder a gastos acordes con los conceptos detallados en el presupuesto desglosado en la cláusula tercera y realizados dentro del plazo previsto en la presente cláusula.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 b) del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se eximirá de la obligación de presentar aquellas facturas que tengan un importe inferior a 3.000 euros.

En caso de gastos de personal que se imputen a la subvención, los contratos del personal contratado para prestar sus servicios para la actividad subvencionada, en los cuales se deberá hacer mención del objeto de la subvención, así como las nóminas, el documento de Relación Nominal de Trabajadores (RNT), el documento de Relación de liquidación de cotizaciones (RLC) y los modelos 111 y 190 de Hacienda sobre retenciones de IRPF.

En caso de arrendamiento de locales que se imputen con cargo a la subvención, la entidad beneficiaria deberá presentar los modelos fiscales de ingreso de las retenciones practicadas.

3º Las tres ofertas, como mínimo, que en aplicación del artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba de haber solicitado la entidad beneficiaria.

4º Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales e indirectos incorporados en la relación de gastos.

5º Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, según anexo V, firmada por medios electrónicos por la persona que realice las funciones de la coordinación del proyecto y con el visto bueno del representante legal de la entidad beneficiaria, con indicación de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos. Asimismo, se indicarán las desviaciones acaecidas respecto del proyecto financiado.

Cuando se correspondan a gastos directos en concepto de personal, la entidad beneficiaria deberá aportar una relación de los trabajadores adscritos al proyecto, con las horas efectivamente dedicadas e imputadas al proyecto, así como el centro de trabajo donde prestan el servicio.

6º Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general conocimiento de la financiación por la Junta de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de las actuaciones objeto de la subvención.

3. En relación con la justificación de los gastos del personal, Cáritas Diocesana Coria-Cáceres deberá presentar, en el plazo de 20 días desde que se produce la correspondiente contratación laboral de la persona o personas que ejecutarán el proyecto, la siguiente documentación:

a) Contratos de trabajo suscritos, con las indicaciones descritas en el apartado anterior punto 2º, y, en su caso, la titulación académica del trabajador o trabajadores contratados. Además, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 5º del apartado anterior, deberá aportar una relación inicial de los trabajadores adscritos al proyecto, con las horas efectivamente dedicadas e imputadas al proyecto, así como el centro de trabajo donde prestan o van a prestar el servicio.

b) Informe de vida laboral (VILE) de la entidad beneficiaria donde conste la fecha de alta en la Seguridad Social del personal contratado para la ejecución del proyecto.

c) Declaración responsable de empresas y otros entes e instituciones, según anexo VI, firmado por medios electrónicos por la persona que ejerza la representación legal de la entidad beneficiaria, respecto del personal, propio o subcontratado, así como del personal voluntariado que vayan a realizar tareas que implican contacto habitual con menores, y de acuerdo con lo previsto en la letra h) apartado 1 de la cláusula quinta.

La cumplimentación y entrega de esta documentación es preceptiva e implica que la entidad beneficiaria se hace responsable del cumplimiento del requisito exigido por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.

4. Asimismo, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres deberá presentar cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa europea o nacional resulten exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del Plan, informando de lo que sea preciso para alimentar dicho sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.

5. Si existen defectos subsanables en la justificación presentada, la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias lo pondrá en conocimiento de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.

Quinta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.

1. Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, como beneficiaria de la subvención, deberá cumplir las siguientes obligaciones:

a) Ejecutar el objeto de la subvención en los términos establecidos en el presente convenio y de acuerdo con las instrucciones que se impartan por el Servicio de Programas Sociales y Migraciones en aplicación y desarrollo de la misma, así como en el resto de normativa que se aplique en función de los citados fondos MRR.

b) Aportar los medios personales y materiales necesarios para la ejecución de las actuaciones objeto de subvención, contando con personal suficiente y debidamente cualificado, de forma que se garantice la calidad y eficacia de dichas actuaciones. Dicho personal deberá mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las actuaciones y no supondrá, en ningún caso, relación laboral entre la Junta de Extremadura, Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y el personal de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres que lleve a cabo la ejecución de las actuaciones que constituyen su objeto.

c) Colaborar e informar en todo momento a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, respecto del desarrollo y evolución de las actuaciones.

Asimismo, deberá colaborar con el Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, y con la Comisión Paritaria en los términos previstos en el Convenio de 27 de enero de 2022.

En especial, y en el marco de esta colaboración, la coordinación y el trabajo conjunto de Cáritas Diocesana Mérida-Badajoz, Cáritas Diocesana Coria-Cáceres, Cáritas Diocesana de Plasencia y la Universidad de Extremadura con la Comisión Paritaria será fundamental para garantizar la efectividad del Plan Vital de Inclusión Social.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación del proyecto estudio investigación que realice la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competente, autonómico, nacional o comunitario, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actividades anteriores.

e) Mantener un sistema de contabilidad separada que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estando obligada la entidad beneficiaria a mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones realizadas con la operación a fin de garantizar la adecuada justificación de la subvención. Todo ello, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.

f) Comunicar y certificar, en la forma y con la periodicidad que sea indicada por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la evolución periódica de los datos que permiten el cumplimiento de los hitos y objetivos correspondientes.

g) Comunicar a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesión de la subvención en los términos previstos en la cláusula octava.

h) Contar con certificado negativo de delitos sexuales del Registro Central de Delincuentes Sexuales de aquellos profesionales y voluntarios para las actividades del proyecto objeto de subvención relacionadas con menores, conforme exigen el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y artículo 13.2 y 3 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.

Las consecuencias del incumplimiento de esta obligación son las previstas en artículo 58 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio.

2. Cáritas Diocesana Coria-Cáceres deberá rendir justificación ante el órgano gestor de la subvención del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la subvención, conforme se prevé en la cláusula cuarta.

3. En relación con los datos e indicadores disponibles en las bases de datos necesarios para el diseño, seguimiento y evaluación de los itinerarios de inclusión social que son objeto de la subvención, referidos en la cláusula sexta del citado Convenio de 27 de enero de 2022, y que sean objeto de cesión y tratamiento tendrán carácter de reservados y secretos. Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres y la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias se comprometen a mantener rigurosamente este carácter y a preservar los derechos de las personas físicas y jurídicas a las que se refiera la información estableciendo los procedimientos que garanticen su disociación y anonimato en los términos previstos por el Reglamento Europeo 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

4. Asimismo, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres deberá cumplir con las siguientes obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A tal efecto, deberán atenerse a lo siguiente:

a) Se someterá a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en virtud del artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero.

b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.

c) Recabarán, a efectos de auditoría y control del uso de fondos y en formato electrónico, las categorías armonizadas de datos contempladas en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero.

d) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación.

e) Aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses a la hora de aplicar la subvención recibida a la financiación del proyecto y sus actuaciones. Para ello, la entidad beneficiaria dispone de los siguientes instrumentos: código de conducta de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres y código de conducta de Cáritas Española https://canaldedenuncia.caritas.es/assets/pdf/C%C3%B3digo%20Conducta.pdf .

f) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores, hitos y objetivos pertinentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

g) Asume el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de esta subvención y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa nacional y de la Unión Europea.

En este sentido, Caritas Diocesana de Coria-Cáceres deberá conservar los documentos justificativos y demás documentación concerniente a la financiación, en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir de la operación.

h) onservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control. Para ello, la beneficiaria mantendrá un registro y conservará los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, de acuerdo con el artículo 22.2.f) del Regla­mento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 ( Reglamento Financiero ).

i) Informar en su caso sobre el nivel de logro de indicadores o hitos, en los términos previsto en la cláusula quinta del Convenio 27 de enero de 2022.

j) En el diseño y ejecución de las actuaciones subvencionada a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres garantizará el respeto al principio de no causar un perjuicio significativo , conforme a lo previsto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.

k) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.

l) Cumplir con los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, siguiendo el modelo recogido como anexo III.

m) Incluir sus datos en una base datos única, de acuerdo con lo señalado en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

5. Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres debe cumplir con las obligaciones de información, comunicación y publicidad que las autoridades competentes establezcan relativas a los proyectos que se ejecuten bajo el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme se exige en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, especificadas en el artículo 10 del Acuerdo de Financiación entre la Comisión y el Reino de España y en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU , junto al logo del PRTR, disponible en el link

https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.

Cuando se muestre en asociación con otro logotipo, el emblema de la Unión Europea deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los otros logotipos. El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE.

Cualquier actividad de comunicación o difusión relacionada con el MRR y realizada por la entidad beneficiaria, en cualquier forma y por cualquier medio, deberá utilizar información fidedigna.

Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público.

A efectos de auditoría y control y en base a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, los datos de los perceptores finales de estas ayudas serán públicos.

Igualmente, en relación con la identificación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, ésta deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actuaciones que se realicen con los fondos de esta concesión directa (conferencias, seminarios y material informativo — como contratos, folletos, carteles, presentaciones, etc.—), y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura reguladas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones y del Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura.

Dichas medidas de publicidad deberán permanecer y no podrán ser retiradas por la beneficiaria durante el plazo de un año tras la finalización de la ejecución el proyecto.

Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres deberá aportar un modelo de cada material de difusión realizado durante el desarrollo del proyecto al objeto de que el órgano gestor realice las comprobaciones pertinentes.

6. Y demás obligaciones previstas en el presente acto, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Convenio de 27 de enero de 2022 así como el resto de normativa reguladora de actuaciones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Sexta. Gastos subvencionables.

1. La presente subvención se destinará a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actuaciones y su evaluación conforme al presupuesto recogido en la cláusula tercera, en los términos del artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y de acuerdo con los gastos subvencionables previstos en las cláusulas cuarta y decimocuarta del Convenio de 27 de enero de 2022.

2. La financiación podrá aplicarse a aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actuaciones del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios para su desarrollo, estén contemplados en el presupuesto del proyecto subvencionado, se hayan realizado durante el periodo de ejecución y evaluación del 1 de abril de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive, y sea efectivamente pagado, durante el mismo, o dentro del periodo de justificación previsto en la cláusula cuarta.

Asimismo, se considerarán gastos subvencionables aquellos gastos que no consten inicialmente en el presupuesto del proyecto subvencionado, siempre y cuando reúnan el resto de requisitos establecidos en la presente cláusula siempre y en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y se autoricen por la Dirección General Servicios Sociales, Infancia y Familias en los términos previstos en la cláusula octava relativa a la incorporación de nuevos gastos subvencionables.

3. En relación con los gastos de ejecución de la bolsa de actuaciones incorporados al presupuesto, estos se destinarán a cubrir los costes específicos relacionados con el grupo de destinatarios del itinerario objeto de la subvención, que sean estrictamente necesarios para el desarrollo de dicho itinerario o su evaluación dentro del ámbito de la inserción sociolaboral y de salud, de acuerdo con los recursos y soluciones individualizadas de tipo administrativo y de formación para adquisición de carné de conducir, carnés profesionales (TPC, manipulación de alimentos, las relacionadas con la construcción y movimiento de tierras, las relacionadas con el ámbito del almacenamiento y logística, las relacionadas con el uso de productos químicos y fitosanitarios y demás necesarias y exigidas por las autoridades para la inserción sociolaboral), terapia o de salud (sesiones de fisioterapia, terapia psicológica, sesiones individualizadas o grupales de nutrición, cocina saludable, senderismo, higiene bucodental, técnicas de relajación y demás relacionados con la salud), así como cualquier otro recurso o solución individualizada que comprenda la bolsa de actuaciones diseñada y elaborada por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de común acuerdo con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.

Sólo se considerarán subvencionables aquellos gastos en concepto de recursos y soluciones individualizadas que estén comprendidos en la bolsa de actuaciones y que, según propuesta de acción individualizada del grupo interdisciplinar, sean aprobados por la Comisión Paritaria, previo análisis del informe de diseño del itinerario o del plan vital de inclusión social integral, de acuerdo con el Convenio de 27 de enero de 2022 y en la cláusula segunda del presente convenio.

4. Se permitirá la redistribución del gasto entre los diferentes conceptos presupuestarios referidos a gastos de personal, a gastos de dietas y desplazamiento y a gastos corrientes para la ejecución del proyecto (no se incluyen los gastos de ejecución de bolsa de actuaciones), siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la subvención y se produzca por causa ajena a la voluntad de la entidad beneficiaria. En este sentido, para llevar a cabo las compensaciones entre los distintos conceptos presupuestarios se estará a lo previsto en la cláusula octava.

5. En ningún caso serán gastos subvencionables:

a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

c) Los gastos de procedimiento judiciales.

d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

e) Los bienes de naturaleza inventariable y aquellos que tengan carácter de amortizables.

6. Para cualquier gasto subvencionable se deberá seguir criterios de eficiencia y racionalización en dichos gastos, no pudiendo ser el coste de este superior al valor de mercado. Asimismo, la entidad deberá cumplir en su caso con lo establecido en el artículo 36.3 de Ley 6/2011, de 23 de marzo.

En el caso de los gastos imputados totalmente a esta subvención, deberá venir especificado en las facturas que los soporten, indicación expresa del nombre del proyecto objeto de esta subvención. En el caso de imputaciones parciales, la entidad beneficiaria deberá, con carácter previo, determinar y comunicar a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias los porcentajes de imputación con arreglo a un método justo y equitativo, conforme se indica en la cláusula cuarta.

Séptima. Compatibilidad de la subvención.

La subvención otorgada no será compatible con la obtención de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, dado que el coste total del proyecto es financiado por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales con cargo a la presente subvención, y conforme se dispone en la cláusula undécima del Convenio de 27 de enero de 2022. Deberá quedar, en todo caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.

Octava. Modificación del Convenio.

1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, podrá dar lugar a la modificación del convenio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, salvo cuando afecten a cualesquiera de las obligaciones recogidas en la normativa europea y nacional aplicable.

La modificación del convenio deberá formalizarse con una adenda firmada por ambas partes.

2. Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres podrá solicitar, con carácter excepcional, modificaciones del proyecto subvencionado basadas en la aparición de circunstancias que alteren o dificulten el desarrollo del proyecto, o que afecten a la forma y plazos de ejecución o de justificación de los gastos del proyecto, o al presupuesto de gastos del proyecto, y podrán ser autorizadas siempre que no dañen derechos de tercero.

Las solicitudes de modificación deberán fundamentar suficientemente dicha alteración o dificultad y presentarse, ante la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, con anterioridad, en todo caso, al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto.

La comunicación de las modificaciones se presentarán en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede.gobex.es/SEDE), de acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo el órgano destinatario con Código UAD: A11030106 - SERVICIO DE PROGRAMAS SOCIALES Y MIGRACIONES.

La resolución de las solicitudes de modificación se dictará por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, sin perjuicio de las delegaciones de competencias existentes en la materia, y se notificará en el plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha de su presentación en el citado registro electrónico. Esta resolución no pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella el recurso de alzada ante el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales en el plazo de un mes.

Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, se entenderá estimada su solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, teniendo a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento y sin perjuicio de la obligación de dictar resolución expresa confirmatoria del mismo.

3. Cuando la modificación del proyecto subvencionado, por las causas contempladas en la presenta cláusula, conlleve una minoración de la cuantía total de la subvención concedida, conllevará la pérdida de derecho al cobro total o parcial del pago que corresponda, conforme al apartado 3 de la cláusula tercera del presente convenio o, en el caso de que se hayan realizado todos los pagos, al reintegro de las cantidades percibidas indebidamente o a su devolución voluntaria según lo previsto en la cláusula décima.

4. Se deberá celebrar adendas al presente convenio para modificar su contenido cuando el marco regulador de los fondos con cargo al que se financia sea objeto de modificación.

5. La modificación del convenio podrá conllevar un aumento de la cuantía máxima de la subvención concedida por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la financiación del presente convenio cuando se prorrogue el plazo de ejecución del Plan Vital de Inclusión Social y se necesite para el cumplimiento de los hitos y objetivos del citado plan la prórroga del proyecto subvencionado.

Novena. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes firmantes nombran como responsable del mismo a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, que tendrá las facultades necesarias para supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones convenidas.

Asimismo, se podrá constituir una Comisión de Seguimiento, a propuesta de cualquiera de las partes firmantes, para realizar el seguimiento de las actuaciones del convenio y resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las cláusulas del convenio, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio.

La Comisión de Seguimiento estará integrada por seis miembros:

— Tres personas designadas pertenecientes a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, que serán nombradas por la persona titular de esta dirección general, correspondiendo a una de ellas la presidencia y a otra la secretaría.

— Dos personas designadas por Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres que serán nombradas por la presidencia de la comisión.

La secretaría de la comisión la ejercerá una persona funcionaria de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias que asistirá a sus reuniones, con voz, pero sin voto.

En el plazo de un mes desde la notificación de la propuesta de constitución de la comisión, las partes designarán a sus representantes y lo comunicarán a la otra parte.

Se reconoce a cada parte firmante la facultad de convocar reuniones de la comisión. Los miembros de esta comisión no generarán derecho económico alguno con cargo a la financiación del presente convenio por su pertenencia a la misma o asistencia a sus reuniones.

En lo no contemplado por esta cláusula sobre el funcionamiento y actuaciones de la comisión, se estará a lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados.

Décima. Extinción, liquidación del convenio y reintegro.

1. El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones objeto de este o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) Acuerdo unánime de las partes firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cualquiera de las partes firmantes. En este caso, la otra parte podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 10 días con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula novena, en caso de haberse constituido. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

El convenio se entenderá cumplido cuando se haya realizado, de acuerdo con los términos de este y a satisfacción de ambas partes, los hitos y objetivos del Plan de Inclusión Social previstos en el Convenio de 27 de enero de 2022.

2. La resolución del convenio por los supuestos contemplados en las letras a) y b) conllevará la devolución a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la subvención en la parte que hubiera sido abonada y no justificada hasta el momento de su efectividad, por parte de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres.

En los supuestos de resolución del convenio contemplados en la letra c) y d) o cuando se dé alguna de las causas de reintegro establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas, con la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a esta, siendo de aplicación el principio de proporcionalidad atendiendo al grado y características del incumplimiento en que haya incurrido la entidad beneficiaria en relación con la finalidad de la subvención, conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente, y de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula decimoséptima del Convenio de 27 de enero de 2022.

El incumplimiento de las obligaciones sobre aportación de la documentación exigida por la normativa nacional y europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Marco de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, será causa de reintegro.

3. En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, y teniendo en cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.

No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, como responsable del seguimiento, vigilancia y control del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en los apartados anteriores.

3. La Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, como órgano concedente, será el órgano competente para la revocación de la subvención y la declaración de la pérdida de derecho al cobro o al reintegro de la subvención, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Capítulo II Título III de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y sin perjuicio de las delegaciones de competencias existentes en la materia. Asimismo, será competente para ejecutar el reintegro que se acuerde por los órganos de la Unión Europea.

El destino de los reintegros de los fondos de la Unión Europea tendrá el tratamiento que en su caso determine la normativa comunitaria.

La cantidad para reintegrar se abonará por la entidad beneficiaria a través de las entidades colaboradoras en la recaudación, que aparecen enumeradas en el Modelo 050 que ha de presentarse para el pago, y en el que deberá consignarse como Concepto 114240 Reintegro Subvenciones en materia de Política Social , y conforme se disponga en la resolución que se dicte al efecto.

El interés de demora aplicable en materia de reintegro de subvenciones será el establecido en el artículo 24.3 de la Ley de Hacienda Pública de Extremadura. No obstante, cuando se produzca la devolución voluntaria sin requerimiento previo de la Administración, el órgano concedente calculará y exigirá posteriormente el interés de demora hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva, conforme a lo establecido en el artículo 24.2 de la citada Ley.

En el caso de devolución voluntaria, sin requerimiento previo de la administración, la cantidad a devolver se abonará por el beneficiario a través de las entidades colaboradoras en la recaudación, que aparecen enumeradas en el Modelo 050. Tasa / Precio Público / Otro Ingreso que ha de presentarse para el pago y en el que deberá consignarse como tipo de pago Otros ingresos , órgano gestor 11-Sanidad y Servicios Sociales, concepto 114371 Devolución voluntaria de subvenciones en materia de política social , detalle de la liquidación "el número de expediente administrativo asignado o la denominación del programa subvencionado objeto de devolución voluntaria" y la cuantía total a ingresar.

El citado modelo podrá confeccionarse on line, disponible en el Portal Tributario de la Junta de Extremadura (https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050 ) y podrá abonarse a través de los medios previstos en dicho portal.

Una vez la entidad beneficiaria realice el pago deberá enviar el PDF del modelo 050 generado con el justificante de pago a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al pago, a fin de que el órgano concedente de la subvención pueda calcular y exigir posteriormente el interés de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha documentación se presentará en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede.gobex.es/SEDE), de acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo el órgano destinatario con Código UAD: A11030106 - SERVICIO DE PROGRAMAS SOCIALES Y MIGRACIONES.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres quedará sometida a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título V de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Undécima. Vigencia y plazo de ejecución.

1. El plazo de vigencia del presente convenio será desde la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio del plazo de presentación de la justificación final hasta el 31 de enero de 2024, inclusive, previsto en el apartado 1 de la cláusula cuarta.

2. El plazo de ejecución del proyecto objeto de subvención será del 1 de abril de 2023 hasta el 31 de octubre de 2023, ambos inclusive, mientras que su evaluación será hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, con la finalidad de cumplir con los hitos marcados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de política de inclusión.

3. No obstante, podrá prorrogarse el presente convenio cuando el propio periodo de ejecución del Plan Vital de Inclusión Social sea prorrogado por las circunstancias previstas en el Convenio de 27 de enero de 2022, con la finalidad de cumplir con los hitos marcados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de política de inclusión.

Decimosegunda. Principio de igualdad.

Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en los ámbitos del proyecto a realizar con cargo a esta subvención. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y desarrollo del conjunto de las actuaciones del proyecto.

Decimotercera. Confidencialidad y Publicaciones.

1. Los datos e informes obtenidos durante la ejecución de las actuaciones del proyecto subvencionable; así como, los resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, memoria, etc., deberá comunicarlo a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias por escrito, para su valoración y autorización expresa, en su caso, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Convenio de 27 de enero de 2022.

El presente convenio no otorgará derecho alguno a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres para la utilización, sea con fines publicitarios o de cualquier otro tipo, de los símbolos o el logotipo previstos en la cláusula quinta.

En cualquier publicación de los resultados de las actuaciones del proyecto subvencionado deberá mencionarse la financiación de la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en los términos previstos en la cláusula quinta.

2. En su caso, la propiedad intelectual de los conocimientos adquiridos en el desarrollo de ejecución del proyecto subvencionado será compartida por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y Caritas Diocesana de Coria-Cáceres. La citada entidad podrá emplear los conocimientos obtenidos en la ejecución de las actuaciones derivadas de esta subvención en su propia metodología de los procesos de itinerarios de inclusión, previa autorización expresa de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Cada parte conservará los derechos de propiedad de los conocimientos que tuviera antes de iniciar las actuaciones subvencionables. Asimismo, aquellos que, siendo propiedad de terceros, hubieran sido cedidos para el uso a una de las partes, continuarán siendo propiedad de sus titulares y no podrán ser usados fuera del ámbito de aplicación del presente acto de concesión así como del marco de aplicación del Convenio 27 de enero de 2022.

Todo ello, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

3. En todo lo no dispuesto en el convenio relativo a la utilización de la información requerida para el desarrollo de las actuaciones del proyecto, se estará a lo regulado en la cláusula décima del Convenio de 27 de enero de 2022 en lo que pudiera serle de aplicación.

Decimocuarta. Publicidad del convenio.

La concesión de la subvención será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, será objeto de publicidad en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.

Además, se remitirá, para su publicación en la página web de la Intervención General del Estado, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme se exige en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimoquinta. Naturaleza y régimen jurídico.

1. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo dispuesto en el convenio, que regula la concesión de esta subvención, la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, donde se establecen créditos destinados a estos efectos.

2. Asimismo, se regirá por el Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 109.787.404 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.

3. Igualmente resulta de aplicación el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la normativa interna aplicable a la gestión, seguimiento y control que se establezca para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en España, en particular, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuya aplicación será de obligado cumplimiento; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio mediante firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante

La Secretaria General,

DOE núm. 63, de 6 de abril de 2021)

La Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias,

CARMEN NÚÑEZ CUMPLIDO

Director de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres,

DAMIÁN JESÚS NISO CHAVES

ANEXO I

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO OBJETO DE LA SUBVENCIÓN.

Proyecto: IMPLEMENTACIÓN DE LA METODOLOGÍA DEL PLAN VITAL DE INCLUSIÓN SOCIAL DE EXTREMADURA

I. Finalidad. La finalidad de este proyecto es mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, fundamentalmente, de personas perceptoras de IMV o Renta Extremeña Garantizada (REG) mediante el diseño y desarrollo de itinerarios de inclusión social y laboral desde enfoques de atención centrada en la persona y participación comunitaria, que permitan su inserción definitiva.

II. Objetivos del proyecto.

a) Objetivo General:

Contribuir al estudio de mejorar la calidad de vida de las personas en situación de vulnerabilidad y exclusión social, mediante el diseño y desarrollo de itinerarios de inclusión social y laboral, así como sus resultados.

b) Objetivo Específico:

— Contactar y realizar entrevista inicial con los participantes.

— Elaborar un diagnóstico: social, sanitario, económico y laboral junto con el participante.

— Diseñar el itinerario individualizado de inclusión social de los participantes.

— Poner en marcha actuaciones destinadas a la cobertura de las necesidades plasmadas en el itinerario individualizado de inclusión social.

— Realizar el seguimiento y evaluación de los participantes.

— Coordinación a nivel interno y externo.

III. Metodología del proyecto. El equipo multidisciplinar (grupo interdisciplinar territorial) de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres se encargará de elaborar las diferentes intervenciones (actuaciones personalizadas en materia sociolaboral y de salud) con las personas participantes en el Plan Vital de Inclusión Social.

Los principios metodológicos de nuestra intervención serán los siguientes:

— Acompañamiento social personalizado, intenso y continuo: entendido como un proceso educativo, de mayor intensidad y frecuencia, donde la persona debe ser la protagonista inherente de su proceso, partiendo de sus potencialidades y capacidades.

— Intervención integral

— Participativa: la persona debe ser responsable y protagonista en todo momento.

— Intervención flexible: en todo el proceso, la intervención debe basarse en la cercanía en la persona, siéndose capaces de adaptarse, accesible y respetando la libre decisión de la persona.

— Transparencia: dejando siempre constancia de las acciones y mostrar toda la información recogida.

— Trasversalidad: donde es fundamental la coordinación a nivel tanto interno como externo.

La coordinación interna, es fundamental entre los miembros del equipo para el desarrollo del Plan Vital de Inclusión Social. Se llevarán a cabo:

— Semanalmente se mantendrá reunión de coordinación del equipo de profesionales.

— Contactos con los voluntarios de las Caritas Parroquiales.

La coordinación externa con los distintos agentes que posibilitan el desarrollo del proyecto: Cáritas Diocesana Mérida-Badajoz, Cáritas Diocesana Plasencia, Universidad de Extremadura y Comisión Paritaria. Asimismo, se realizará una coordinación y trabajo en conjunto, en su caso, con FUNDESALUD en el ámbito de salud.

Formación: La formación nos permite mejorar y adaptar nuestras actuaciones. En este sentido, se facilitarán distintos espacios, a lo largo de la duración del proyecto de formación específica.

Comunicación: Facilitaremos toda la información necesaria a través de nuestras redes sociales y pagina Web.

III. Actuaciones incluidas en el proyecto. Las acciones de diseño, desarrollo y seguimiento de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social, así como de coordinación, comprenderán las siguientes actuaciones a realizar durante el periodo del 1 de abril de 2023 al 31 de octubre de 2023, y su evaluación hasta el 31 de diciembre de 2023:

a) Captación de personas participantes: Contacto telefónico para informar y establecer entrevista inicial con cada una de las personas participantes a partir de la información generada por la administración, identificadas por la Universidad de Extremadura a través de la fase de perfilado.

b) Diagnóstico: Se realizarán entrevistas individualizadas con las personas participantes para profundizar en su conocimiento y así conocer las características, las preferencias y las necesidades sociales, tanto las relacionadas con la pobreza económica, la privación material, la nula o baja intensidad de empleo en el hogar, así como en materia socio sanitaria, profundizando de manera exhaustiva en las posibles causas que las originan.

c) Itinerario/Plan Vital: A partir del diagnóstico anterior se elaborará un itinerario individualizado de inclusión social a cada persona participante que va a dar respuesta a las necesidades individuales y que será holístico.

d) Propuesta de acción individualizada: Es la fase de intervención directa donde se acompañaría a la persona participante en su proceso de inclusión social, ofreciéndole acompañamiento y seguimiento y en el que se incluirá la prestación de los recursos y soluciones individualizas, comprendidos en la bolsa de actuaciones, para cubrir aquellas necesidades básicas y esenciales, no cubiertas por el sistema de ayudas actual y que obstaculizan el desarrollo de otras competencias, destrezas o habilidades que puedan mejorar su situación personal frente a la pobreza y la exclusión social.

Para ello, se realizará la gestión de la bolsa de actuaciones referidas en el convenio, destinadas a la cobertura de las necesidades diagnosticadas y al desarrollo de las medidas incluidas en el itinerario individualizado de inclusión social de cada persona participante. Se tratan de intervenciones y tratamientos personalizados en los ámbitos de intervención socio laboral y de la salud en función del diagnóstico realizado.

e) Seguimiento y evaluación de las personas participantes: Se llevará a cabo un seguimiento de las personas participantes para valorar la evolución tras las diferentes actuaciones llevadas a cabo, de manera que se valoren los aspectos en los que las diferentes actuaciones han contribuido a un mayor desarrollo de las personas participantes.

f) Seguimiento y coordinación del proyecto: Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres se encargará de la coordinación del proyecto en el Área de salud de Cáceres junto al equipo investigador de la Universidad de Extremadura, servicios sociales y la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias. Se realizará una coordinación interna y externa.

g) Evaluación, conclusiones y memoria: Elaboración de conclusiones (se llevará a cabo del 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive).

IV. Establecimiento de los grupos de trabajo interdisciplinares. Se establecerán un grupo de trabajo interdisciplinar, según se especifican en la cláusula segunda del convenio, en los territorios comprendidos en Área de Salud de Cáceres: Alcántara, Mata de Alcántara, Piedras Albas, Villa del Rey, Alcuéscar, Aldea del Cano, Arroyomolinos, Casas de Don Antonio, Montánchez, Rincón de Ballesteros, Aliseda, Arroyo de la Luz, Cáceres, Cañaveral, Casar de Cáceres, Almoharin, Valdemorales, Brozas, Garrovillas, Navas del Madroño, Herreruela, Membrio, Salorino, Carbajo, Cedillo, Herrera de Alcántara, Santiago de Alcántara, Hinojal, Santiago del Campo, Botija, Albalá, Benquerencia, Salvatierra de Santiago, Torre de Santa María, Torremocha, Valdefuentes, Zarza de Montánchez, La Aceña de la Borrega, Alcorneo, Las Casinas, El Pino, Fontañera, Huertas de Cansa, Jola, San Pedro de los Majaretes y Valencia de Alcántara.

Dicho equipo profesional diseñará los planes individuales de la muestra aleatoria que recibirá la intervención y propondrán las medidas adecuadas para cada persona, derivando a los recursos o servicios idóneos para ello (comprendidos en la bolsa de actuaciones).

V. Mecanismos de evaluación.

Objetivos establecidos Indicadores cuantitativos que se utilizarán para evaluar Indicadores cualitativos que se utilizarán para evaluar Resultados esperados Instrumentos (observación participante, entrevistas, registros, cuestionarios )
1. Contactar y realizar entrevista inicial con los participantes. 1.1 N.º de personas contactadas telefónicamente.1.2 Nª de entrevistas iniciales realizadas. 334 personas334 personas Base de DatosRegistro de las entrevistas.
2. Elaborar un diagnóstico: social, sanitario, económico y laboral junto con el participante. Nª de diagnósticos realizados. 334 personas Base de datos.Registro de la Ficha/Diagnóstico social.Registro de las entrevistas.
3. Diseñar el itinerario individualizado de inclusión social de las personas participantes. N.º de itinerarios individualizados realizados 275 itinerarios Base de datos.Registro de los itinerarios individualizados de inclusión social.
4. Poner en marcha actuaciones destinadas a la cobertura de las necesidades plasmadas en el itinerario individualizado de inclusión social. N.º de personasN.º de actuaciones Se prevé que 275 personas se beneficiarán de las actuacionesComo mínimo 275 actuaciones Base de DatosItinerario individualizado de inclusión social.
5. Realizar el seguimiento y evaluación de las personas participantes. N.º de personas en seguimientoN.º de personas con las que se realizan intervenciones. Grado de satisfacciónde los participantes 334 personas275 personasEl 80% de las personas están satisfechas con las actuaciones realizadas Base de datosItinerario individualizado de inclusión social.Cuestionarios de satisfacción
6. Coordinación a nivel interno y externo N.º de reuniones del equipo multidisciplinarN.º de reuniones con las entidades. SemanalSin determinar Acta de las reuniones

VI. Presupuesto del proyecto.

CONCEPTO PRESUPUESTO COSTE TOTAL
I. GASTOS DE PERSONAL 167.260,89
-1 Profesional para Coordinación del proyecto. Total Gastos de retribuciones brutas 27.135,20
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal) 8.846,08
Indemnizaciones finalización del contrato 892,10
-1 Profesional especialidad Psicología. Total Gastos de retribuciones brutas 18.994,64
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal) 6.192,25
Indemnizaciones finalización del contrato 624,48
-2 Profesionales especialidad Trabajo Social. Total Gastos de retribuciones brutas 31.889,62
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal) 10.396,02
Indemnizaciones finalización del contrato 1.048,42
-1 Profesional especialidad Educación Social. Total Gastos de retribuciones brutas 15.944,81
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal) 5.198,01
Indemnizaciones finalización del contrato 524,21
-1 Profesional especialidad Técnico o Técnica de Empleo. Total Gastos de retribuciones brutas 15.944,81
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal) 5.198,01
Indemnizaciones finalización del contrato 524,21
-1 Profesional especialidad administración y gestión. Total Gastos de retribuciones brutas 13.178,55
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal) 4.296,21
Indemnizaciones finalización del contrato 433,26
II. GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS 6.101,64
III. GASTOS CORRIENTES DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO. 106.759,22
2.1. Gastos corrientes para la ejecución del proyecto. Total 9.537,00 €. Alquiler local 3.000,00
Alquiler de vehículos 1.300,00
Alquiler equipos TIC?S 3.862,00
Licencias software 200,00
Equipamiento 500,00
Suministro combustible vehículos 200,00
Gastos telefonía 100,00
Correos y mensajería 25,00
Seguros 200,00
Material de oficina 50,00
Gastos de publicidad y difusión 100,00
2.2. Gastos de ejecución de bolsa de actuaciones. 97.222,22
IV. GASTOS DE GESTIÓN (10% de la suma de los importes del resto de conceptos de gastos) 28.012,17
TOTALES 308.133,92

ANEXO II 1

MODELO DE DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)

Don/Doña ....................................................., DNI ..................................., como representante legal de la entidad ..................................................., con NIF ........................................, y domicilio fiscal en ........................................................................., beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 23 Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo , declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:

— La letra d) del apartado 2: recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:

i) el nombre del perceptor final de los fondos;

ii) el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;

iii) los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);

iv) una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión ;

— Apartado 3: Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento .

1 Este anexo está basado en el Modelo anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

— Apartado 3: Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento .

Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.

En ....................., a fecha de firma electrónica.

Fdo.: El representante legal de la entidad.

ANEXO III2

MODELO DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)

Don/Doña ...................................................., con DNI .........................., como representante legal de la entidad ........................................., con NIF ......................, y domicilio fiscal en ........................................................................., en la condición de órgano responsable/ órgano gestor/ beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/ente destinatario del encargo/ subcontratista, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 23 Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo , Inversión C23.I7 Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo Vital , manifiesta el compromiso de la entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.

Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente ( DNSH por sus siglas en inglés do no significant harm ) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.

En ....................., a fecha de firma electrónica.

Fdo.: El representante legal de la entidad.

2 Este anexo está basado en el Modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

ANEXO IV

CERTIFICADO DE INGRESOS, GASTOS Y PAGOS REALIZADOS

D/Dña. _________________________________, con DNI_______________, en calidad de secretario/a de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, con NIF R1000101D, en relación al Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, suscrito con fecha de ______ 3, al amparo de los artículos 22.4.c), 32.1.a) y 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con la cláusula cuarta del propio convenio y con la documentación que obra en esta entidad,

CERTIFICO:

1º. Que con fecha ___________, ha sido anotada en la contabilidad de esta entidad la cantidad de ______€, correspondiente al _____ 4 de la cuantía total de la subvención concedida, siendo destinada la misma a la finalidad para la que ha sido concedida.

2º. Que con cargo al citado abono, esta entidad ha realizado gastos y pagos en la ejecución del proyecto financiado, por importe total de ___________ €, acorde con los conceptos detallados en el presupuesto de gasto incluido en la cláusula tercera del convenio, que corresponden con un porcentaje de ___ 5 respecto de la cuantía total de la subvención concedida, y cuyo desglose es el siguiente:

1. GASTOS DEL PERSONAL CONTRATADO
1.1 Coordinador/a.
- Retribuciones salariales.
Fecha del documento (nómina) Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
- Gastos de cotización a la seguridad social.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Mes al que corresponde Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
1.2 Psicólogos
- Retribuciones salariales.
Fecha del documento (nómina) Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
- Gastos de cotización a la seguridad social.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Mes al que corresponde Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
1.3 Trabajadores Sociales.
- Retribuciones salariales.
Fecha del documento (nómina) Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
- Gastos de cotización a la seguridad social.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Mes al que corresponde Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
1.4 Educadores Sociales.
- Retribuciones salariales.
Fecha del documento (nómina) Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
- Gastos de cotización a la seguridad social.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Mes al que corresponde Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
1.5 Técnicos de Empleo
- Retribuciones salariales.
Fecha del documento (nómina) Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
- Gastos de cotización a la seguridad social.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Mes al que corresponde Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
1.6. Administrativos.
- Retribuciones salariales.
Fecha del documento (nómina) Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
- Gastos de cotización a la seguridad social.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Mes al que corresponde Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
Total gastos del personal contratado

3 Especificar la fecha de la suscripción del convenio.

4 Especificar el abono de la cuantía de la anualidad a la que corresponda.

5 Especificar % sobre el total del importe concedido, según corresponda.

2. GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTO.
Fecha del documento Nombre y Apellidos del Trabajador/a NIF Denominación del puesto de trabajo Importe Dietas y desplazamientos Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
Total gastos de dietas y desplazamientos del personal contratado

3. GASTOS CORRIENTES DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
3.1. Gastos corrientes de ejecución de las actuaciones del proyecto.
3.1.1. Alquiler de equipos TIC del personal contratado.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.2. Alquiler de mobiliario
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.3. Suministros
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.4. Gastos de correos-mensajería.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.5. Gastos de material de oficina.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.6. Gastos de limpieza.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.7. Gastos de seguros.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.8. Gastos de mantenimiento de equipos TICs y locales.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.9. Gastos de difusión y publicidad.
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
3.1.10. Otros gastos (especificar).
Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
Total gastos corrientes para la ejecución del proyecto y sus actividades
3.2. Gastos de ejecución de bolsa de actuaciones.
Tipo de gasto Fecha de emisión de la factura Acreedor / proveedor NIF Importe Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
Total gastos corrientes para la ejecución del proyecto

4. GASTOS DE GESTIÓN (Máximo a imputar el 10% de la suma de los importes del resto de conceptos de gastos)
Fecha del documento Entidad NIF Importe Criterio de imputación Fecha del pago Cuantía que se imputa a la subvención
Total gastos de gestión.
TOTAL GASTOS DEL PROYECTO

3º Que esta entidad, como perceptora de una subvención con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mantendrá un registro y conservará los documentos justificativos sobre la relación antes detallada, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control, conforme dispone la cláusula quinta apartado 4 del convenio.

Lo que se certifica a los efectos de justificación y cumplimiento del Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En _____________, a fecha de firma electrónica.

Vº Bº Representante legal El/La Secretario/a.

ANEXO V

MEMORIA DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES IMPUESTAS EN LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN

1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD.
NOMBRE DE LA ENTIDAD NIF
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD NIF
DIRECCIÓN N.º
MUNICIPIO C.P PROVINCIA
TELÉFONO DE CONTACTO DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
NOMBRE Y APELLIDOS DEL RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO NIF
DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DEL RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO
TELÉFONO DE CONTACTO DEL RESPONSABLE TÉCNICO DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO DEL RESPONSABLE TÉCNICO

2. DATOS DEL PROYECTO.
2.1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO REALIZADO(Describir, lo más detallado posible, en qué ha consistido el proyecto financiado y las necesidades a las que se han dado respuesta)

2. DATOS DEL PROYECTO.
2.2. OBJETIVOS Y RESULTADOS ALCANZADOS (con relación a los objetivos propuestos en el proyecto financiado).
2.3. EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO.(Describir, lo más detallado posible, en qué ha consistido la ejecución de cada una de sus actuaciones)
ACTUACIÓN N.º 1:
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES EJECUTADAS:
OBJETIVO/S ALCANZADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN:(con relación a los objetivos incluidos en el proyecto financiado).
PERIODO DE EJECUCIÓN:
OBSERVACIONES:

ACTUACIÓN N.º 2:
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES EJECUTADAS:
OBJETIVO/S ALCANZADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN:( con relación a los objetivos incluidos en el proyecto financiado).
PERIODO DE EJECUCIÓN:
OBSERVACIONES:

ACTUACIÓN N.º 3:
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES EJECUTADAS:
OBJETIVO/S ALCANZADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN: (con relación a los objetivos incluidos en el proyecto financiado).
PERIODO DE EJECUCIÓN:
OBSERVACIONES:

ACTUACIÓN N.º 4:
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES EJECUTADAS:
OBJETIVO/S ALCANZADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN:( con relación a los objetivos incluidos en el proyecto financiado).
PERIODO DE EJECUCIÓN:
OBSERVACIONES:

ACTUACIÓN N.º 5:
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES EJECUTADAS:
OBJETIVO/S ALCANZADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN:( con relación a los objetivos incluidos en el proyecto financiado).
PERIODO DE EJECUCIÓN:
OBSERVACIONES:

ACTIVIDAD N.º 6:
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES EJECUTADAS:
OBJETIVO/S ALCANZADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN:( con relación a los objetivos incluidos en el proyecto financiado).
PERIODO DE EJECUCIÓN:
OBSERVACIONES:

2.4. PARTICIPANTES DEL PROYECTO.
NÚMERO DE PARTICIPANTES 6 POR ÁREA DE SALUD Y MUNICIPIO DE INTERVENCIÓN Resultados
2023
H M TOTAL
ÁREA DE SALUD CÁCERES 7
MUNICIPIO 1
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total municipio
MUNICIPIO 2
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total municipio
Total área de salud
Total proyecto

6 Mujeres entre 18 y 45 años con hijos menores de edad o personas dependientes a cargo, beneficiarias el IMV o RG.

7 Crear tantas celdas como municipios del área de salud donde se haya intervenido

2.5. RECURSOS HUMANOS
PUESTOS DE TRABAJO GENERADOS POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO. (1)(contratados directamente por la entidad para la ejecución del PROYECTO y con cargo a la subvención concedida)
NOMBRE Y APELLIDOS DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO TITULACIÓN PERIODO CONTRATACIÓN NUM. DE HORAS / SEMANA COSTE SALARIAL
RETRIBUCIÓN BRUTA TOTAL CUOTA PATRONAL SEGURIDAD SOCIAL
COSTE TOTAL

RECURSOS HUMANOS QUE LA ENTIDAD HA APORTADO A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO.(personas vinculadas laboralmente con la entidad de manera permanente)
NOMBRE Y APELLIDOS DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO RELACIÓN CON LA ENTIDAD FORMA EN QUE HA COLABORADO EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
PERSONAL VOLUNTARIO PARTICIPANTE EN EL PROYECTO (2)
TIPO DE FUNCIONES DEL VOLUNTARIADO NÚMERO DE VOLUNTARIOS PERFIL DE LOS VOLUNTARIOS

NOTA IMPORTANTE:

(1) El personal contratado con cargo a la subvención concedida por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales deberá estar en posesión de la titulación académica acorde a las actuaciones a desarrollar en el proyecto subvencionado, y en los términos del convenio.

(2) Deberá justificarse el contenido de este apartado, señalando el número de voluntarios que con carácter permanente participan en el proyecto.

2.6. INDICADORES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
2.6.1 INDICADORES SOCIODEMOGRAFICOS DE EJECUCION DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES
Resultados 2023
a. N.º de participantes desempleados de larga duración. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
b. N.º de participantes inactivos. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
c. N.º de participantes con estudios de primaria o primer ciclo de secundaria. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
d. N.º de participantes con estudios de segundo ciclo de secundaria. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
e. N.º de participantes con estudios superiores o universitarios. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
f. N.º de participantes con discapacidad. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
g. N.º de participantes sin hogar o afectados por la exclusión en cuanto a vivienda. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
h. N.º de participantes de zonas rurales. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
2.6.2 INDICADORES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO
Resultados 2023
a. Captación de las personas participantes en el estudio.
N.º de personas participantes contactadas telefónicamente. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
N.º de entrevistas concertadas. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
b. Elaboración del diagnóstico Social, Sanitario y Formativo-Laboral.
N.º personas participantes a las que se le ha realizado de diagnóstico social. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
c. Diseño del itinerario individualizado de Inclusión Social.
N.º de personas participantes que realizan un itinerario individualizado. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
N.º de personas participantes que realizan acciones en materia de formativo laboral. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
N.º de personas participantes que realizan acciones en materia de salud. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
d. Puesta en marcha de actuaciones destinadas a la cobertura de las necesidades diagnosticadas.
N.º de actuaciones en materia de salud mental.
N.º de actuaciones en materia de salud física.
N.º de actuaciones orientadas a la formación.
N.º de mujeres que se insertan laboralmente.
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
e. Evaluación.
N.º de reuniones de evaluación de proyecto
f. Favorecer el acceso, disfrute y garantía de los derechos.
N.º de personas vinculadas a los servicios públicos sanitarios. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
N.º de personas con tarjeta demandante de empleo. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
g. Potenciar y favorecer el trabajo en red.
N.ª de entidades con las que se coordinan.
N.º de entidades públicas con las que se coordinan.
N.º de entidades privadas con las que se coordinan.
h. Prestaciones dirigidas a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social.
N.º de personas participantes que perciben el ingreso mínimo vital. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
N.º de personas participantes que perciben la renta garantizada extremeña. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total
N.º de personas participantes que perciben el ingreso mínimo vital y la renta garantizada extremeña. H M Total
De 18 a 24 años
De 25 a 45 años
Mayores de 45 años
Total

2.7. IMPACTO DEL PROYECTO EN LA POBLACIÓN BENEFICIARIA, EN SUS FAMILIAS Y EN EL ENTORNO COMUNITARIO.
EN LAS PERSONAS PARTICIPANTES.
EN SUS FAMILIAS.
EN EL ENTORNO COMUNITARIO.

2.8. MECANISMOS DE PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO.(Describir las estructuras o mecanismos de planificación, coordinación, seguimiento y evaluación o, denominación, composición, funciones, funcionamiento e impacto en la ejecución del proyecto colaboración y/o participación de los usuarios/as, instituciones, entidades y ONGs en el proyecto, así como la implicación de los Servicios Sociales en el proyecto)

2.9. COLABORACIÓN Y/O PARTICIPACIÓN EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO.(En el caso de haber habido colaboración, describir cómo ha sido esta y que profesionales, instituciones, entidades y ONGs han participado en ella).

2.10. MODIFICACIONES RESPECTO AL PROYECTO SUBVENCIONADO
Indicar las principales variaciones respecto a los municipios y número de personas participantes en los que inicialmente se pretendía desarrollar el proyecto, indicando las posibles causas que han producido esta variación.

2.11. SUBCONTRATACIÓN DE LAS ACTUACIONES (indicar si finalmente se han subcontratado parte de las actuaciones del proyecto financiado)

2.12. OBSERVACIONES / INFORMACIÓN ADICIONAL

2.13. GASTO CON CARGO A LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
CONCEPTO PRESUPUESTO COSTE TOTAL
I. GASTOS DE PERSONAL
-1 Profesional para Coordinación del proyecto. Total Gastos de retribuciones brutas
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal)
Indemnizaciones finalización del contrato
-1 Profesional especialidad Psicología. Total Gastos de retribuciones brutas
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal)
Indemnizaciones finalización del contrato
-2 Profesionales especialidad Trabajo Social. Total Gastos de retribuciones brutas
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal)
Indemnizaciones finalización del contrato
-1 Profesional especialidad Educación Social. Total Gastos de retribuciones brutas
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal)
Indemnizaciones finalización del contrato
-1 Profesional especialidad Técnico o Técnica de Empleo. Total Gastos de retribuciones brutas
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal)
Indemnizaciones finalización del contrato
-1 Profesional especialidad administración y gestión. Total Gastos de retribuciones brutas
Total Gastos de seguridad social (cuota patronal)
Indemnizaciones finalización del contrato
II. GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
III. GASTOS CORRIENTES DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
3.1. Gastos corrientes para la ejecución del proyecto. Total 9.537,00 €. Alquiler local
Alquiler de vehículos
Alquiler equipos TIC?S
Licencias software
Equipamiento
Suministro combustible vehículos
Gastos telefonía
Correos y mensajería
Seguros
Material de oficina
Gastos de publicidad y difusión
3.2. Gastos de ejecución de bolsa de actuaciones.
IV. GASTOS DE GESTIÓN (Máximo a imputar el 10% de la suma de los importes del resto de conceptos de gastos)
TOTALES

Declaración Responsable. La persona abajo firmante, responsable de la ejecución del proyecto financiado al amparo del Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, suscrito el _______ 8, declara la veracidad de los datos contenidos en este documento y que los mismos se corresponden fielmente con los datos de ejecución del proyecto subvencionado en los términos previstos en el citado convenio.

En _____, a fecha de firma electrónica.

Vº Bº DEL/DE LA REPRESENTANTE LEGAL EL/LA COORDINADOR/A

8 Especificar la fecha de suscripción del convenio.

ANEXO VI

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EMPRESAS Y OTROS ENTES E INSTITUCIONES 9

D/Dña. ___________________________________, con DNI_________________, en calidad de representante legal de la entidad _________________________________, con NIF_____________, y domicilio en C/ _____________________________, n.º ______, de la ciudad de _____________, en nombre y representación de la misma, y en relación con el Convenio por el que se instrumenta la concesión de una por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,

DECLARO:

— Que todo el personal, propio o subcontratado, al que le corresponda realizar tareas que implique contacto habitual con menores, cuenta con la certificación exigida por los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, reconociendo la obligación de proceder a la inmediata sustitución del trabajador de la entidad o empresa contratada que no cumpla esta prescripción legal, aún de forma sobrevenida.

— Que todo el personal voluntario que realiza tareas que impliquen contacto habitual con menores, cuenta con la certificación negativa exigida por el artículo 13.2 y 3 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del voluntariado de Extremadura, reconociendo la obligación de proceder a la inmediata sustitución del voluntario de la entidad.

En _________________, a fecha de firma electrónica.

Fdo.: El representante legal de la entidad.

9 Nota: La cumplimentación y entrega de esta documentación es preceptiva e implica que la persona o entidad organizadora de la actividad se hace responsable del cumplimiento del requisito exigido por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio (certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales).

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