ANUNCIO relativo a la reseña de la aprobación de las bases y la convocatoria de una bolsa de personal auxiliar administrativo.
Resolución de Alcaldía núm. 728/2024 de fecha 4 de julio del Ayuntamiento de Artesa de Segre, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para el proceso de selección para constituir una bolsa de personal Auxiliar Administrativo (Subgrupo C2), por el sistema de concurso oposición.
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 728/2024, de fecha 4 de julio, las bases que deben regir la convocatoria y el proceso de selección para constituir una bolsa de personal laboral temporal, por el sistema de concurso oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.
El Texto íntegro de las bases reguladoras que regirán la convocatoria y el proceso de selección han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 134 de fecha 11 de julio de 2024.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://artesadesegre.eadministracio.cat], sin perjuicio de lo que establece el artículo 78 del Reglamento del Personal al Servicio de las Entidades Locales aprobado por el Decreto 214/1990 , de 30 de julio.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante ALCALDE de este Ayuntamiento , de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lleida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Artesa de Segre, 11 de julio de 2024
Francesc Puigpinós Porta
Alcalde