ANUNCIO de oferta pública de empleo de personal laboral fijo de la Agencia Catalana de la Juventud para el año 2024.
El artículo 32 de la Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023, prorrogados para 2024 según Decreto 222/22023, de 19 de diciembre, establece que las ofertas de empleo pública y los instrumentos de gestión similares se han de aprobar en función de las disponibilidades presupuestarias y de conformidad con las previsiones de carácter básico que se establezcan.
Los artículos II.1 y III.1. de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogados para 2024, establecen los términos de determinación de la tasa de reposición para las entidades del sector público.
De conformidad con el artículo 70 del Estatuto del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria deben ser objeto de oferta de empleo público , la cual debe ser aprobada anualmente por el órgano de gobierno de la institución y publicada en el diario oficial correspondiente.
Una vez analizados los puestos de trabajo de la Agència Catalana de la Joventut de la plantilla estructural, atendiendo a que las plazas están dotadas presupuestariamente, la tasa de reposición ordinaria de la Agència Catalana de la Joventut para el año 2024 incluye un total de 9 plazas, así como 1 plaza adicional en aplicación del porcentaje de 110%.
Tasa de reposición 2024 | |
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Categoría | Número de plazas |
Director/a de centro | 1 |
Técnico/a de SSCC | 1 |
Jefe de cocina | 1 |
Responsable técnico/a C | 2 |
Recepcionista | 1 |
Cocinero/a | 1 |
Personal auxiliar de mantenimiento | 2 |
De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 6/2006, de 26 de mayo, de creación de la Agència Catalana de la Joventut, el personal de la entidad se rige por el derecho laboral y la selección de éste se debe hacer de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Asimismo, de acuerdo con el artículo 14.5.c del Decreto 129/2007, de 5 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Agència Catalana de la Joventut, es competencia de su Consejo de Administración determinar la plantilla de personal y su régimen retributivo.
Por estas razones, el día 25 de junio de 2024 el Consejo de Administración de la Agència Catalana de la Joventut
ACUERDA:
Primero. Aprobar la oferta pública de empleo de personal laboral de 9 plazas de personal laboral fijo de la Agència Catalana de la Joventut así como 1 plaza adicional.
La relación de plazas es la siguiente:
Tasa de reposición 2024 | |
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Categoría | Número de plazas |
Director/a de centro | 1 |
Técnico/a de SSCC | 1 |
Jefe de cocina | 1 |
Responsable técnico/a C | 2 |
Recepcionista | 1 |
Cocinero/a | 1 |
Personal auxiliar de mantenimiento | 2 |
Segundo. A pesar que el número total de plazas convocadas se mantendrá, puede variar el grupo profesional, ya que la provisión de las plazas se hará respetando en todo caso el derecho a la promoción interna previsto a el artículo 14 del Estatut básico del empleado público , el previsto a el artículo 14 del I Convenio Laboral de Turismo Juvenil de Cataluña, el Pacto de empresa por el Sistema de acceso a la Agència Catalana de la Joventut de 11 de noviembre de 2010 y el Acuerdo sobre los mecanismos de acceso y promoción del personal del Agència Catalana de la Joventut de 6 de octubre de 2017 , así como los acuerdos referentes a las categorías en extinción del I Convenio Laboral de Turisme Juvenil de Cataluya. La convocatoria de estas plazas deberá aprobarse, publicarse y resolverse en un plazo de 3 años.
Tercero. Publicar esta oferta pública de empleo en un anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 11 de julio de 2024
Laia Girós i Barrés
Directora general