RESOLUCIÓN DSO/2647/2024, de 10 de julio, por la que se modifica y se amplía el importe máximo de la Resolución DSO/2055/2022, de 28 de junio, por la que se abre la convocatoria de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en régimen de concurrencia pública competitiva, correspondientes a las líneas 1 a la 5 (ref. BDNS 636586), modificada por la Resolución DSO/1361/2023, de 15 de abril.

Considerando la Orden DSO/109/2022, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases que deben regir las convocatorias de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea mediante el programa Next Generation EU, modificada por la Orden DSO/153/2022, de 22 de junio; la Orden DSO/168/2023, de 27 de junio, y la Orden DSO/281/2023, de 20 de diciembre;

Considerando la Resolución DSO/2055/2022, de 28 de junio, por la que se abre la convocatoria de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en régimen de concurrencia pública competitiva, correspondientes a las líneas 1 a la 5 (ref. BDNS 636586);

Considerando la Resolución DSO/1361/2023, de 15 de abril, por la que se modifica y se amplía el importe máximo de la Resolución DSO/2055/2022, de 28 de junio, por la que se abre la convocatoria de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en régimen de concurrencia pública competitiva, correspondientes a las líneas 1 a la 5 (ref. BDNS 636586);

Considerando el Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya;

Considerando el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Derechos Sociales, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, firmado en fecha 21 de diciembre de 2021, y la adenda de 23 de febrero de 2023 al Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Generalitat de Catalunya;

Visto el crédito total disponible de 161.459.707,19 euros para la convocatoria publicada mediante la Resolución DSO/2055/2022, a cargo de las partidas de los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (fondo MRR) del presupuesto de la Generalitat de Catalunya de los ejercicios 2023, 2024 y 2025;

Considerando el Acuerdo del Gobierno de 4 de abril de 2023, por el que se aprueba la modificación del Acuerdo del Gobierno de 28 de junio de 2022, y considerando la Resolución de 26 de septiembre de 2023 del Departamento de Economía y Hacienda sobre la modificación de las anualidades de la convocatoria de subvención;

Considerando el Acuerdo del Gobierno de 21 de mayo de 2024 por el que se modifican los gastos con cargo a ejercicios futuros;

Vista la necesidad de modificar el crédito de la convocatoria, con el fin de mejorar la eficiencia de los fondos disponibles y atender nuevas necesidades de crédito con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia;

Considerando lo que prevén el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

 

Resuelvo:

 

Modificar el punto 5 de la Resolución DSO/2055/2022, de 28 de junio, que queda redactado de la manera siguiente:

El importe máximo que se destina a los proyectos subvencionables que prevé la Orden DSO/109/2022, de 13 de mayo, es de 168.380.042,36 euros y corre a cargo de los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (fondo MRR), de los cuales 64.999.357,05 euros corresponden al ejercicio 2023 y 103.380.685,31 euros corresponden al ejercicio 2024.

En fecha 28 de junio de 2022, el Gobierno de la Generalitat aprobó el gasto plurienal para atender esta convocatoria; en fecha 27 de diciembre de 2022, el Departamento de Economía y Hacienda aprobó la modificación de las anualidades; en fecha 4 de abril de 2023, el Gobierno de la Generalitat aprobó la ampliación del crédito para atender esta convocatoria, y en fecha 26 de septiembre de 2023, el Departamento de Economía y Hacienda aprobó la modificación de las anualidades. Finalmente, en fecha 21 de mayo de 2024, el Gobierno de la Generalitat aprobó la modificación de gastos con cargo a ejercicios futuros.

La relación de las líneas que se deben subvencionar, de acuerdo con el anexo 2 de la mencionada Orden, es la siguiente:

 

Línea 1. Inversión para nuevos centros residenciales y de atención diurna y remodelación de centros existentes.

Partidas presupuestarias: BE01 D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I01.

El importe total para esta línea de subvenciones es de 133.318.087,36 euros, de los cuales 83.120.514,45 euros corresponden a la anualidad 2024.

 

Línea 2. Proyectos de tecnología al servicio de la atención y el cuidado de las personas.

Partidas presupuestarias: BE01 D/749000100, D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I01.

El importe total para esta línea de subvenciones es de 13.264.851,53 euros, de los cuales 7.439.548,85 euros corresponden a la anualidad 2024.

 

Línea 3. Proyectos tecnológicos que contribuyan a la mejora y la transformación de los modelos de gestión de los servicios sociales.

Partidas presupuestarias: BE01 D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I02.

El importe total para esta línea de subvenciones es de 8.746.737,23 euros, de los cuales 5.354.399,13 euros corresponden a la anualidad 2024.

 

Línea 4. Proyectos de innovación en servicios sociales.

Partidas presupuestarias: BE01 D/749000100, D/760000100, D/770000100, D/781000100 y D/782000100 de los programas presupuestarios 315 y 317. Fondo FMRRC22I02.

El importe total para esta línea de subvenciones es de 8.048.629,22 euros, de los cuales 5.279.646,60 euros corresponden a la anualidad 2024.

 

Línea 5. Modernización y transformación ecológica y digital de las infraestructuras residenciales para niños y adolescentes tutelados y extutelados y transición energética y medioambiental de las instalaciones juveniles.

Esta línea incluye las dos líneas siguientes:

5.1 Subvenciones de inversión para la realización de obras y para la adquisición de equipamiento y hardware para la modernización y transformación ecológica y digital de las infraestructuras residenciales para niños y adolescentes tutelados y extutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), con el objetivo de que sean sostenibles, accesibles y adaptados a las nuevas tecnologías.

5.2 Subvenciones para financiar actuaciones de transformación ecológica de las instalaciones destinadas a alojar niños, adolescentes y jóvenes, para hacer efectiva la transición energética, ecológica y medioambiental.

Partidas presupuestarias: BE01 D/781000100 y D/782000100 del programa presupuestario 318 con respecto a la línea 5.1.

BE01 D/760000100, D/770000100, D/781000100, D/782000100 del programa presupuestario 321 con respecto a la línea 5.2. Fondo FMRRC22I02.

El importe total para esta línea de subvenciones es de 5.001.737,02 euros, de los cuales 2.186.576,28 euros corresponden a la anualidad 2024.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Con carácter previo, las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición contra esta Resolución, de acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, ante la persona titular del Departamento de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 10 de julio de 2024

 

Carles Campuzano i Canadés

Consejero de Derechos Sociales

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