RESOLUCIÓN SLT/2556/2024, de 25 de junio, por la que se da publicidad a la adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario (inscrito con el código núm. 2024/2/0009).

En fecha 21 de mayo de 2024, se firmó la adenda de prórroga del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Dado lo que dispone el artículo 15.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad a la referida adenda de prórroga del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario, firmado en fecha 21 de mayo de 2024, que se detalla en el anexo de esta Resolución.

 

Barcelona, 25 de junio de 2024

 

Manel Balcells i Díaz

Consejero de Salud

 

 

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS Y LA CONSEJERÍA DE SALUD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE OPTIMIZACIÓN DEL USO DE ANTIBIÓTICOS (PROA) EN EL ÁMBITO HOSPITALARIO, DE ATENCIÓN PRIMARIA Y SOCIOSANITARIO

 

11 de octubre de 2023

 

REUNIDOS

Por una parte, la señora Maria Jesús Lamas Díaz, directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por el nombramiento de su Consejo Rector, de fecha 19 de julio del 2018 (BOE de 21 de julio), y en virtud del artículo 14.2.f) del Estatuto de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), aprobado por el Real decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, en representación de esta agencia estatal.

Y por otra, el señor Julio Garcia Comesaña, consejero de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrado por el Decreto 112/2020, de 6 de septiembre, del presidente de la Junta de Galicia y en virtud de lo que dispone el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y su Presidencia.

Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

 

MANIFIESTAN

ero. Con fecha 11 de septiembre de 2019, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, formalizaron un convenio para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Segundo. El convenio, después de su inscripción en el Registro electrónico de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal el 24 de septiembre de 2019, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de octubre de 2019.

Tercero. En virtud de lo que se establece en la cláusula octava del citado convenio, su duración será de cuatro años con efectos desde la publicación en el BOE, después de inscribirlo en el mencionado Registro.

Asimismo, la referida cláusula octava regulará la posibilidad de prorrogar el convenio por cuatro años más.

Cuarto. El AEMPS sigue coordinando el Plan estratégico y de acción para reducir el riesgo de selección y diseminación de resistencias a los antimicrobianos (PRAN), aprobado en el año 2014 por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y por la Conferencia Intersectorial de Agricultura como respuesta a la Comunicación de la Comisión Europea de 17 de noviembre de 2011, que solicitó a los estados miembros un plan de acción sobre resistencias antimicrobianas, así como en las Conclusiones del Consejo de la UE de 29 de mayo de 2012, en las que se instó a un abordaje conjunto de este problema.

En marzo de 2019, el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Conferencia Sectorial de Agricultura aprobaba el PRAN 2019-2021 y, en septiembre de 2022, se publicaba el PRAN 2022-2024, que sigue avanzando sobre la base ya construida con los mismos objetivos.

Quinto. Estando vigente el compromiso de ambas partes en su desarrollo y continuación han decidido acordar su prórroga expresa para dar cumplimiento a lo que se ha pactado, y a tal fin

 

ACUERDAN

 

Primera. Objeto

Esta adenda tendrá por objeto prorrogar el convenio de 11 de septiembre de 2019, formalizado entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

 

Segunda. Adhesión de sujetos

Podrán adherirse a esta adenda de prórroga las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, a través, en este último caso, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA). La adhesión se formalizará mediante la firma del modelo de acto de adhesión anexo a esta adenda.

 

Tercera. Periodo de prórroga

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo que establece el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como de la cláusula octava del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario, quedará prorrogado por cuatro años adicionales.

 

Cuarta. Permanencia inalterada del resto de las cláusulas del convenio

En todo aquello que no esté establecido, ni expresamente modificado por la presente adenda, se le aplicarán las estipulaciones contenidas en el convenio formalizado por ambas partes, de fecha 11 de septiembre del 2019.

En ningún momento la suscripción de los actos de adhesión de prórroga supondrá ninguna modificación del contenido de la presente adenda y tampoco supondrá ninguna modificación del convenio prorrogado por esta, y se aplicarán, en todo aquello que no esté establecido, las estipulaciones contenidas en el convenio formalizado, de fecha 11 de septiembre del 2019.

 

Quinta. Validez y eficacia

La presente adenda será eficaz, una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro electrónico de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el plazo de diez días hábiles desde la formalización en el Boletín Oficial del Estado, en qué el día de inicio de cómputo del nuevo periodo de duración del convenio será el 14 de octubre de 2023.

Los actos de adhesión de prórroga que se suscriban tendrán efectos desde la fecha de la inscripción en el Registro electrónico de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal.

 

Para que conste, y en prueba conformidad, ambas partes suscriben este acuerdo de prórroga del convenio en la fecha de la última firma electrónica.

 

Por la Agencia Española de Medicamentos Por la Consejería de Salud y Productos Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia

 

La directora 

Maria Jesús Lamas Díaz

 

El consejero de Sanidad

Julio García Comesaña

 

 

ANEXO

ACTO DE ADHESIÓN DE PRÓRROGA DE CATALUÑA

 

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS Y LA CONSEJERÍA DE SALUD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA (XUNTA DE GALICIA) PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE OPTIMIZACIÓN DEL USO DE ANTIBIÓTICOS (PROA) EN EL ÁMBITO HOSPITALARIO, DE ATENCIÓN PRIMARIA Y SOCIOSANITARIO

 

Madrid,

 

El Sr. Manel Balcells i Díaz, consejero de Salud de la Generalitat de Catalunya, nombrado por el Decreto 188/2022, de 10 de octubre de 2022, autorizado por el Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, de fecha 14 de mayo de 2024, por el que se aprueba la suscripción del acto de adhesión a la adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia (Xunta de Galicia) para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario, y se autoriza su firma

 

MANIFIESTA

Primero. Cataluña ha acordado adherirse a la adenda de prórroga del Convenio inscrita en el Registro electrónico de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal y publicada en el BOE número 253, de 23 de octubre de 2023, suscrita entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización del uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Segundo. La voluntad de Cataluña, cuya representación ejerce, de adherirse expresamente a todas y cada una de las cláusulas del acuerdo de prórroga del referido Convenio, asumiendo sus obligaciones derivadas y con sujeción a todas sus cláusulas. De forma que todas las menciones efectuadas a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia se entenderán referidas a esta adhesión de Cataluña.

Tercero. Cataluña designa a la persona titular del puesto de jefe o jefa del Servicio de Promoción de la Calidad y la Bioética en representación de la comisión de seguimiento del Convenio formalizado el 11 de septiembre de 2019.

Cuarto. Este acto de adhesión de prórroga tendrá efectos desde la fecha de su inscripción en el Registro electrónico de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal.

 

En prueba de la conformidad del presente acto de adhesión al Convenio, se suscribe este en un único ejemplar electrónico.

 

Consejero de Salud del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya

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