RESOLUCIÓN ACC/2540/2024, de 1 de julio, por la que se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental L1RA170024 de la empresa Ceràmica La Coma, SA, para una actividad de fabricación de productos cerámicos, situada en el término municipal de Balaguer (exp. L1CNS230378).
Datos del expediente
Núm. de expediente: L1CNS230378.
Unidad que tramita: Oficina de Gestión Ambiental Unificada (OGAU) Lleida.
Tipo de expediente: Modificación no sustancial.
Fecha de inicio del expediente: 25 de septiembre de 2023.
Anexo de la Ley 20/2009: I.1 Apartado: 4. Subapartado: 7.
Epígrafe RDL 1/2016: 3.5.
Código IDQA: 01238.
Descripción de la actividad: Instalaciones para la fabricación de productos cerámicos mediante el enfornado, en particular, de tejas, ladrillos refractarios, baldosas, gres cerámico o porcelanas con una capacidad de producción superior a 75 toneladas por día, o una capacidad de hornear de más de 4 m3 y de más de 300 kg/m3 de densidad de carga por horno.
Coordenadas UTM(Fuso 31N Datum ETRS89): X:317.236; Y:4.627.991.
Vista la Propuesta de resolución de la directora general de Cambio Climático y Calidad Ambiental que se adjunta en el anexo, y de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades,
Resuelvo:
-1. Considerar como no sustancial la modificación comunicada por la empresa CERAMICA LA COMA, S.A. consistente en la actualización de los residuos generados por la actividad, solicitud de almacenamiento del residuo de aceite por periodos de un año, e incorporarla a la autorización ambiental L1RA170024 otorgada el 04 de febrero de 2019.
-2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 30.1 de la citada Ley 20/2009, de 4 de diciembre.
-3. Ordenar la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El texto íntegro se puede consultar en la web del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, apartado autorizaciones ambientales http://mediambient.gencat.cat/pcca, así como en las dependencias de las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada y la Oficina de Medio Ambiente, de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, y en la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental.
Barcelona, 1 de julio de 2024
P. d. (Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero, DOGC núm. 8616, de 1.3.2022)
Anna Barnadas i López
Secretaria de Acción Climática