RESOLUCIÓN ACC/2623/2024, de 15 de julio, de nombramiento de la señora Sandra Gabaldà Fernández como jefa de la Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
Considerando el artículo 12 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba el refundido en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509A, de 3.11.1997);
Visto el artículo 4 del Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005), que establece que las personas nombradas personal eventual tomarán posesión de sus puestos de trabajo en el plazo máximo de tres días hábiles contadores desde el día siguiente a la publicación oficial del nombramiento, excepto que la propia resolución disponga de un plazo diferente posterior a la publicación;
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalitat de Catalunya,
Resuelvo:
-1 Nombrar a la señora Sandra Gabaldà Fernández jefa de la Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, con las obligaciones y los derechos inherentes al cargo.
-2 Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son:
a) Coordinar y realizar las tareas administrativas de soporte al titular del Departamento.
b) Asistir al titular del Departamento en la organización de su agenda de actividades.
c) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada expresamente.
-3 Las retribuciones de este puesto de trabajo son las correspondientes a un puesto de funcionario del grupo A, nivel de complemento de destino 24.4 y complemento específico de 30.883,92 euros anuales.
-4 Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el DOCG, sin perjuicio que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 15 de julio de 2024
David Mascort Subiranas
Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural