ANUNCIO sobre aprobación inicial de la Ordenanza municipal de convivencia ciudadana y del buen uso de los espacios públicos del municipio de Maspujols (exp. 207-2024).
El pleno del Ayuntamiento de Maspujols, en sesión celebrada el 11 de junio de 2024, aprobó inicialmente la ordenanza municipal de convivencia ciudadana y del buen uso de los espacios públicos de Maspujols. En cumplimiento de lo que dispone el artículo 178.1 del DL 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y régimen local de Catalunya, se expone al público durante treinta días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la última publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Diario oficial de la Generalitat, en uno de los diarios de comunicación escrita, en el tablón de anuncios de la Corporación, en los efectos de poder examinar el expediente y presentar alegaciones y reclamaciones que se consideren oportunas.
Transcurrido el anterior período sin que se presenten ningún tipo de alegaciones ni reclamaciones, el acuerdo inicial será definitivo al amparo del artículo 178.1.c del Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Catalunya, la citada ordenanza entrará en vigor una vez transcurrido el plazo de 15 días a que se refiere el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.
Maspujols, 9 de julio de 2024
M. Pilar Calero Abelló
Alcaldesa en funciones