RESOLUCIÓN EDU/2527/2024, de 3 de julio, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado Joviat Les Tanques, de Viladecans.
Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación por el representante de la titularidad del centro educativo privado Joviat Les Tanques, de Viladecans, código 08077769, en petición de modificación de las enseñanzas, se instruye el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; los reales decretos por los que se establecen los respectivos títulos de formación profesional; la Orden ENS/71/2012, de 8 de marzo, por la que se organizan las enseñanzas de formación profesional inicial en la modalidad de educación no presencial en centros privados; y el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, sobre el procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado Joviat Les Tanques, de Viladecans, código 08077769, por modificación de las enseñanzas, en los siguientes términos:
Enseñanzas que se amplían:
Formación Profesional de grado superior:
Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal: de 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares a 4 unidades con capacidad para 120 puestos escolares, en turno de mañana.
Modalidad no presencial:
Formación Profesional de grado superior:
Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.
-2 La composición del centro es la que figura en el anexo de esta Resolución.
-3 Esta Resolución tendrá efectos a partir del inicio del curso escolar 2024-2025.
-4 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Sant Feliu de Llobregat, 3 de julio de 2024
Albert Grau Montero
Director de los Servicios Territoriales en El Baix Llobregat
Anexo
Composición del centro desde el inicio del curso escolar 2024-2025:
Formación Profesional de grado medio:
Actividades Ecuestres: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.
Formación Profesional de grado superior:
Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal: 4 unidades con capacidad para 120 puestos escolares, en turno de mañana.
Modalidad no presencial:
Formación Profesional de grado superior:
Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.