RESOLUCIÓN ECO/2585/2024, de 11 de julio, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de tres puestos de trabajo singulares en la Agencia Tributaria de Cataluña (convocatoria de provisión núm. ATC/08/24).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes los puestos de trabajo singulares en la Agencia Tributaria de Cataluña objeto de esta convocatoria y que disponen de la dotación presupuestaria correspondiente;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Agencia Tributaria de Cataluña y las descripciones de los puestos de trabajo que se tienen que proveer, incluidas en el manual de organización de este organismo;

En uso de las atribuciones que me confieren los artículos 212-4 y 213-4 de la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad y el artículo 10.5 del Decreto 222/2016, de 15 de marzo, del régimen de personal y de los procesos de selección y provisión en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar un concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de tres puestos de trabajo singulares en la Agencia Tributaria de Cataluña (convocatoria de provisión núm. ATC/08/24), que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, un recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus pretensiones.

 

Barcelona, 11 de julio de 2024

 

Eduard Vilà Marhuenda

Director

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puestos de trabajo

Se convoca un concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de tres puestos de trabajo singulares, cuyas características constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalitat de Catalunya que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con los aspectos siguientes:

3.1.1 El personal funcionario puede encontrarse, respecto a la Administración de la Generalitat, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario transferido no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, puede participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado, al cual no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 Para poder participar, el personal funcionario con destino definitivo deberá haber permanecido un mínimo de un año en puestos del mismo nivel desde el que se concursa, salvo que el puesto a proveer sea del mismo departamento, o cuando se concurse desde un puesto de libre designación.

3.2 El personal funcionario con discapacidad puede participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, hay que poseer el certificado de conocimientos orales y escritos de lengua catalana que expide la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el supuesto de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, la Junta de Méritos y Capacidades evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de aspirantes admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se tiene que especificar en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (http://tauler.gencat.cat) y en la intranet de la Agencia Tributaria de Cataluña, el día, la hora y el lugar de realización de la prueba de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

Sin embargo, están exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat en que hubiera una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se debe adjuntar la acreditación documental correspondiente a la solicitud de participación.

3.4 En ningún caso puede participar el personal funcionario que se encuentre en suspensión de ocupación, el trasladado de puesto de trabajo ni el destituido de cargos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio de que las personas destituidas de cargos de mando puedan participar en convocatorias de puestos singulares. Tampoco puede tomar parte el personal funcionario en situación diferente del servicio activo que no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.5 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

 

- 4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria se tienen que presentar en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC. Se tienen que presentar por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació. De acuerdo con las instrucciones indicadas en el portal, hay que adjuntar el anexo a la solicitud de participación debidamente cumplimentado, además de la documentación que hay que aportar que se detalla en estas bases. Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público ATRI tienen que solicitar al último departamento donde estuvieron destinadas que se les facilite este acceso.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas candidatas, y solo se admiten renuncias a participar en la convocatoria cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que la Junta de Méritos y Capacidades decida aceptarlas, una vez transcurrido este plazo, por causas justificadas debidamente.

4.3 Las personas aspirantes a que hace referencia la base 3.2 tienen que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración del Departamento de Derechos Sociales para que la Junta de Méritos y Capacidades pueda evaluar que la persona funcionaria puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, las personas candidatas pueden pedir la adaptación del puesto de trabajo solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público que se debe prestar.

Además, las personas candidatas pueden pedir, en la solicitud de participación, la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las pruebas de acreditación de los méritos y capacidades.

 

-5 Fases del concurso y propuesta de resolución

5.1 Los méritos y capacidades de las personas candidatas para ocupar el puesto convocado se valoran hasta 100 puntos. Este concurso consta de dos fases, que incluyen la totalidad de los méritos y capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. Las personas que participen tienen que superar una puntuación de 50 puntos para la totalidad de los méritos y capacidades previstos en la base 6, de los que al menos 17,50 puntos deben corresponder a la valoración de los méritos y capacidades previstos en la base 6.4. La propuesta de resolución recaerá en la persona participante que, habiendo superado estas puntuaciones mínimas, obtenga la mejor valoración global.

5.2 En el caso de empate en el conjunto del concurso, se tiene que dirimir según la calificación total obtenida en la primera fase de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirime en función de la mayor puntuación obtenida, en primer lugar, por la antigüedad y, en segundo lugar, por el grado personal consolidado.

 

-6 Méritos y capacidades que se tienen que valorar

6.1 Primera fase.

Se valoran, hasta 65 puntos en total, en relación con el puesto de trabajo a proveer, los méritos y las capacidades siguientes:

6.1.1 Trabajo desarrollado.

La valoración del trabajo desarrollado vinculado al nivel de destino y al grado de coincidencia de las funciones del puesto de trabajo ocupado en los supuestos de encargo de funciones o comisión de servicios, no se puede valorar más allá de los plazos máximos de ocupación previstos legalmente, que son de seis meses tanto para los puestos de trabajo ocupados en encargo de funciones como para los puestos de trabajo singulares ocupados en comisión de servicios. El mismo criterio es aplicable en otras formas de ocupación provisional en puestos de mando y puestos singulares, así como el nombramiento de interinidad. En la comisión de servicios y otras formas de ocupación provisional de puestos base, así como en el nombramiento de interinidad, el plazo máximo es de dos años.

Los periodos de seis meses o dos años se computan desde la fecha de efectos de la resolución de encargo de funciones, de comisión de servicios u otras formas de ocupación provisional del personal funcionario de carrera, así como de nombramiento de interinidad, con independencia de que el lugar ocupado provisionalmente se encuentre reservado a otro funcionario o funcionaria.

Se valorará, hasta un máximo de 25 puntos, el trabajo desarrollado en función de la experiencia adquirida y de acuerdo con lo siguiente:

a) La valoración del grado de coincidencia de las funciones del puesto o puestos de trabajo ocupados se hará de acuerdo con los plazos máximos de ocupación previstos legalmente, de seis meses o dos años, según el caso, mediante una gradación en diferentes intervalos, dependiendo de si las tareas son idénticas, muy relacionadas o indirectamente relacionadas con la tarea o tareas del puesto o puestos de trabajo que se convoquen. Todo el tiempo de trabajo desarrollado que supere este plazo máximo se valorará como desarrollado en el intervalo inmediatamente inferior de la gradación mencionada.

b) La valoración vinculada al nivel de destino del puesto o puestos de trabajo ocupados se hará de acuerdo con los plazos máximos de ocupación legalmente previstos de seis meses o dos años, según el caso. El trabajo desarrollado más allá de este periodo máximo de ocupación se valorará en relación con el nivel de destino del puesto reservado y, en caso de que el personal funcionario no disponga de un puesto de trabajo reservado, en el nivel correspondiente al grado consolidado y, si no lo hay, se tomará como referencia el nivel mínimo del cuerpo o escala. Cuando el puesto de trabajo al cual se concursa, de acuerdo con la relación de puestos de trabajo, sea de doble subgrupo o se encuentre abierto a diferentes cuerpos, escalas o especialidades, se tendrá en cuenta el grado personal consolidado o el nivel mínimo del cuerpo o escala, según proceda, correspondiendo al cuerpo o escala desde el cual se participa en el concurso.

6.1.2 Formación y perfeccionamiento.

Se valoran, hasta un máximo de 15 puntos, las publicaciones, la docencia impartida por las personas aspirantes y la asistencia y/o asistencia con aprovechamiento de los cursos de formación y de perfeccionamiento que traten sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, o con habilidades que este puesto requiere, en función de su utilidad, considerando, especialmente, los conocimientos que se establecen en los apartados 1 y 5 del anexo 2.

6.1.3 Grado personal.

El grado personal consolidado, dentro del intervalo del grupo del puesto convocado, se valora hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:

Grado consolidado superior al nivel del puesto convocado: 5 puntos.

Grado consolidado igual al nivel del puesto convocado: 4 puntos.

Grado consolidado inferior al nivel del puesto convocado: 3 puntos.

6.1.4 Antigüedad.

La antigüedad en servicios prestados se valora a razón de hasta 0,8 puntos por año completo de servicios, y de 0,083 puntos por mes de servicios, hasta 10 puntos en total.

Se computan los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y disposiciones concordantes, teniendo en cuenta que el tiempo de servicios prestados simultáneamente solo se computará una vez.

6.1.5 Titulaciones académicas.

Las titulaciones académicas oficiales, cuando sean relevantes para el puesto de trabajo a proveer, se valoran, hasta 5 puntos, en función de los conocimientos requeridos, competencia y especialización para este puesto, considerando especialmente las que establecen los apartados 1 y 5 del anexo 2.

En ningún caso se evalúan las titulaciones académicas de nivel inferior que son necesarias para lograr otros de nivel superior que se pueden alegar como requisito o como mérito.

6.1.6 Conocimientos de lengua catalana.

Por los cursos o certificados de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística o equivalentes acreditativos de conocimientos del nivel superior al que se requiere y/o por los conocimientos de lenguaje especializado se otorgan hasta 5 puntos.

6.2 Sistema de acreditación de la primera fase.

Con el fin de acreditar los méritos y las capacidades a que se refiere la base 6.1, se debe aportar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la documentación siguiente:

6.2.1 Los datos correspondientes a los méritos y las capacidades referentes a trabajo desarrollado, grado personal consolidado, antigüedad, formación y perfeccionamiento, titulaciones académicas y conocimientos de lengua catalana que se tienen que acreditar mediante un certificado emitido a tal efecto por el órgano competente en materia de personal del departamento o de la administración pública correspondiente, con referencia a la fecha de publicación de esta convocatoria.

6.2.2 En la acreditación de los puestos de trabajo no correspondientes a la Agencia Tributaria de Cataluña, el certificado tendrá que acreditar las funciones llevadas a cabo que consten en el manual de organización de puestos de trabajo o en las disposiciones normativas del departamento correspondiente.

6.2.3. No será necesaria la presentación del certificado mencionado, salvo de lo dispuesto en el apartado 6.2.2 para el trabajo desarrollado, cuando se sustituya por una copia de los datos del expediente personal contenidas en ATRI. Las personas concursantes serán las responsables de comprobar y verificar la exactitud de los datos.

6.3 Fecha de referencia de los méritos y capacidades de la primera fase.

La fecha de referencia de estos méritos y capacidades para su valoración es la de la publicación de esta convocatoria en el DOGC, y solo se tienen en cuenta los méritos alegados y justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes.

6.4 Segunda fase.

Los méritos y las capacidades complementarios consistentes en otros conocimientos se valoran hasta 35 puntos en total, para garantizar la selección de la persona candidata más idónea, de acuerdo con el contenido funcional del puesto a proveer.

En ningún caso se valoran en este apartado los cursos de formación y perfeccionamiento ni las titulaciones académicas ni conocimientos de lengua catalana, que se tienen que valorar en las bases 6.1.2, 6.1.5 y 6.1.6 de esta convocatoria.

6.5 Sistemas de acreditación de los méritos y capacidades de la segunda fase:

Otros conocimientos.

Para acreditar este mérito, las personas candidatas elaborarán una memoria que tiene que tratar sobre el contenido funcional del puesto a proveer, de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo, en la norma funcional y en el manual de organización, teniendo en cuenta, especialmente, el contenido del apartado 5 del anexo 2.

La memoria tiene que constar de dos partes: un análisis breve de las funciones del puesto convocado y un estudio o proyecto de mejora organizativa o funcional. Este documento tiene que tener una extensión mínima de 12 páginas y máxima de 20 páginas en formato DIN A4. Se tiene que presentar por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació > Aportació de documentació CE, en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria. El hecho de no presentar la memoria dentro del plazo establecido comporta la exclusión de la participación en esta convocatoria.

La Junta de Méritos y Capacidades puede decidir que las personas candidatas hagan la exposición de la memoria y, a continuación, los miembros de la Junta de Méritos y Capacidades pueden efectuar las preguntas o pedir las aclaraciones que consideren oportunas.

 

-7 Junta de Méritos y Capacidades

7.1 El órgano colegiado al cual corresponde el desarrollo de este proceso de provisión, de acuerdo con lo que prevén los artículos 29 y siguientes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, es la Junta de Méritos y Capacidades, que está formada por las personas siguientes:

Titulares:

Araceli Cuenda Macias, que actuará como presidenta

Jaume Illa Mauri, que actuará como vocal

Marta Casasola Herraiz, como representante del OTPL

Suplentes:

Joan Soler Clavero, que actuará como presidente

M. Àngels Sandalinas Rigual, que actuará como vocal

Silvia Grané Carballes, como representante del OTPL

7.2 La Junta de Méritos y Capacidades puede solicitar el nombramiento de asesores especialistas, que actúan con voz, pero sin voto.

 

-8 Funciones y actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades

8.1 Las funciones y las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades están sujetas a lo que determinan los artículos 38 y siguientes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo.

8.2 La Junta de Méritos y Capacidades tiene la facultad de convocar personalmente a las personas candidatas para aclarar puntos dudosos de los méritos y capacidades u otros aspectos de la documentación aportada por las personas interesadas cuando lo considere conveniente.

8.3 En general, las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades que requieren notificación a las personas aspirantes se hacen públicas en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (http://tauler.gencat.cat) y en la intranet de la Agencia Tributaria de Cataluña.

 

-9 Procedimiento

9.1 Una vez transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes y de renuncias, la Junta de Méritos y Capacidades elabora la propuesta de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de los motivos de exclusión. Esta propuesta se expone públicamente, de acuerdo con lo que establece la base 8.3.

9.2 Cuando se expone la lista mencionada en el apartado anterior, la Junta de Méritos y Capacidades anuncia la realización de las técnicas de acreditación de méritos y capacidades, establecidas en la base 6.5, e indica, con una antelación mínima de 5 días, la fecha, la hora y el lugar y, si procede, las condiciones de ejecución.

9.3 Una vez realizada la valoración de los méritos y las capacidades según los sistemas de acreditación que se han establecido, la Junta de Méritos y Capacidades elabora la propuesta provisional de resolución del concurso, que se expone públicamente para que las personas interesadas puedan formular, en el plazo de diez días, las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes.

9.4 La Junta de Méritos y Capacidades elabora la propuesta definitiva de resolución del concurso, que debe elevar al órgano convocante para que, si procede, la apruebe y elabore la resolución definitiva del concurso.

 

-10 Régimen de impugnaciones

Contra los actos definitivos o de trámite de la Junta de Méritos y Capacidades, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director o directora de la Agencia Tributaria de Cataluña, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su exposición pública, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

-11 Resolución del concurso

11.1 La resolución definitiva del concurso se dicta dentro del plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se publica en el DOGC.

11.2 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales justificadas debidamente y apreciadas por el órgano convocante.

11.3 Antes de la toma de posesión, la persona interesada tiene que acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidades que prevé la normativa.

Sin embargo, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de un periodo de diez días, a contar desde el comienzo del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelve la solicitud de compatibilidad.

 

-12 Plazos de formalización de cese y toma de posesión

12.1 La resolución de nombramiento comporta, si procede, el cese en el puesto de trabajo anterior.

12.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino es de dos días hábiles, si no implica cambio de localidad de residencia del personal funcionario, o de 15 días, si comporta cambio de localidad de residencia, que se debe acreditar documentalmente.

12.3 Este plazo se computa a partir del día siguiente del cese, que se debe efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando dicha resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se debe contar desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC.

12.4 Excepcionalmente, el plazo para la toma de posesión se puede prorrogar, si la persona seleccionada cambia de localidad de residencia, por resolución del órgano competente, como máximo por 15 días más, cuando concurran circunstancias motivadas debidamente.

12.5 Asimismo, y según lo establecido en el artículo 76.1 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, se puede prorrogar el plazo del cese hasta un máximo de tres meses, siempre que esta prórroga sea indispensable y esté motivada por las necesidades del servicio.

12.6 A los efectos del cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

12.7 Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que acceda a un puesto de trabajo se deben comunicar al Registro general de personal durante los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

 

 

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

 

-1 Características de los puestos de trabajo

 

Puesto 1:

Nombre del puesto: Analista de organización y procesos

Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña

Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Áreas de Servicios Centrales

Localidad: Barcelona

Nivel: 24

Complemento específico: 16.311,84 €

Tipos de horario: normal

Tipo de jornada: normal

Tipo de puesto: singular

Forma de provisión: concurso específico

 

-2 Requisitos de participación

Grupo: A

Subgrupo: A.1 y A.2

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: administración general

Especificación de cuerpos: cuerpo superior y cuerpo de gestión

 

-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente

 

-4 Contenido funcional

Misión:

Prestar asistencia técnica y elaborar estudios en materia de organización, dimensionamiento y análisis de estructuras orgánicas y funcionales de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), así como adecuar la relación de puestos de trabajo a las necesidades de las unidades y llevar a cabo el análisis de procesos con el objetivo de optimizarlos, y proponer e implementar las mejoras que procedan, con el uso intensivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) para incrementar la eficacia, la eficiencia y la calidad de los servicios de la ATC.

Finalidades/funciones:

1. Elaborar estudios técnicos y propuestas sobre la creación, la modificación y la optimización de la estructura orgánica de la ATC y sobre medidas de racionalización para mejorar la prestación de los servicios.

2. Analizar los procesos operativos y los métodos de trabajo administrativo de las unidades responsables de la aplicación de los tributos y hacer propuestas de mejora relacionadas con la implementación de las herramientas corporativas de Administración electrónica.

3. Hacer el seguimiento de los cambios organizativos, estructurales y funcionales que se producen en la ATC y en la Administración de la Generalitat con incidencia en la atención ciudadana, para dar difusión mediante la aplicación corporativa correspondiente.

4. Asesorar a las unidades sobre la tramitación de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo, a partir del estudio de necesidades y elaborar las propuestas de modificación de la RLT que procedan para enviarlas a la Dirección General de Función Pública, así como hacer el seguimiento de la tramitación hasta su aprobación por parte del presidente de la ATC.

5. Participar en los proyectos para la implantación progresiva de la Administración electrónica para facilitar la integración y la optimización de las actuaciones de las diferentes unidades de la ATC.

6. Dar de alta y configurar los trámites electrónicos y el sistema de información (back office) de los diferentes procesos selectivos de cuerpos tributarios gestionados por la ATC.

7. Gestionar la difusión de los contenidos en la intranet y en la sede electrónica de la ATC, si procede, velando por la homogeneidad del estilo y la uniformidad de la información publicada.

8. Dar apoyo técnico y asistencia en materia de organización y análisis de procedimientos a los jefes del Servicio de Organización y del Área de Recursos Humanos y Organización.

Actividades:

1. Da apoyo a la tramitación de las disposiciones de carácter general que regulan la estructura de la ATC, y elabora la documentación preceptiva para su aprobación.

2. Lleva a cabo análisis comparativos de las unidades, y elabora informes respecto a cuestiones relativas a dimensionamiento y optimización de la plantilla de personal.

3. Analiza los puestos de trabajo vacantes, así como las futuras jubilaciones, y propone las modificaciones de la relación de puestos de trabajo con el objetivo de racionalizar la plantilla de la ATC.

4. Colabora en el rediseño de procesos y procedimientos administrativos de las áreas de los Servicios Centrales derivado de la implementación de las tecnologías de la información y la adecuación de las herramientas corporativas de Administración electrónica, y da apoyo a las diferentes unidades de la ATC para la gestión del cambio.

5. Crea y mantiene un espacio de difusión a partir del mapeo de las fichas y los flujogramas asociados a los procesos en el marco de la sistematización del mapa global de procesos.

6. Confecciona formularios en HTML, de acuerdo con las necesidades de la organización.

7. Establece pautas para homogeneizar los formularios.

8. Confecciona y/o rediseña los formularios de acuerdo con los criterios de identidad corporativa (PIV) y los criterios en materia de accesibilidad.

9. Revisa y mantiene actualizados los datos del Sistema de Atención Ciudadana (SAC) relacionados con el organigrama, los servicios y los trámites.

10. Vela por la homogeneización de la información relativa a las oficinas de la ATC y a los horarios de registro.

11. Asesora en relación con la elaboración, el análisis y la valoración de los puestos de trabajo.

12. Hace el alta de los ficheros de tramitación de las modificaciones de la RLT y hace el seguimiento del flujo de la tramitación, desde los órganos de dirección de la ATC hasta la DGFP, para velar por el correcto seguimiento del circuito específico establecido para la aprobación de las modificaciones en el ámbito de la ATC.

13. Define las características de los puestos de trabajo y las condiciones para el ejercicio óptimo de las tareas, atendiendo a los requisitos de idoneidad de las personas respecto de los puestos de trabajo.

14. Elabora la documentación que requieran las medidas organizativas y de gestión en relación con los puestos de trabajo identificados como críticos en la ATC en los casos de jubilación y movilidad del personal (elaboración de mapa de procesos, documento de relevo, lista de colaboradores esenciales y habituales...).

15. Coordina la extracción, la confección y la publicación de la refundición de la RLT de la ATC.

16. Colabora en la gestión, la implementación y la ejecución de proyectos de Administración electrónica.

17. Gestiona los permisos de acceso a las herramientas y a las plataformas de Administración electrónica, una vez comprobada la necesidad de uso por parte de los usuarios.

18. Elabora material formativo y da apoyo técnico al usuario en el manejo de las herramientas y plataformas corporativas de Administración electrónica (PICA, e-Notum, SIGOV, PSD...).

19. Lleva a cabo las actuaciones técnicas para dar de alta y configurar los trámites electrónicos asociados a los procesos selectivos de los cuerpos tributarios.

20. Ejecuta las pruebas de validación de los trámites y resuelve las incidencias que se puedan producir en el momento de su publicación.

21. Actúa como referente en los grupos transversales de la herramienta de administración de trámites GSIT (EA), del tramitador genérico (TG) y la plataforma de formularios en HTML5 (AEM - Adobe Experience Manager).

22. Coordina la difusión de la información de los procesos selectivos gestionados por la ATC por los diferentes canales (trámites gencat, e-tauler, sede electrónica de la ATC e intranet).

23. Coordina y administra la edición de los contenidos de la intranet de la ATC, velando por la calidad y la adecuación de la información en relación con el contenido, el lenguaje y el cumplimiento de los criterios de accesibilidad web.

24. Lleva a cabo la gestión de los permisos de la intranet corporativa en cuanto a los roles del personal y las restricciones de aquellos apartados que, por su carácter tributario, se destinan en exclusiva a usuarios internos.

25. Gestiona las cuentas de usuario propios de la ATC de las herramientas de auditoría interna vinculadas a la intranet (Google Analytics y Siteimprove).

 

-5 Otras características

5.1 Conocimientos:

Programas informáticos específicos del análisis organizacional y de gestión de proyectos (Microsoft Visio, Microsoft Project, Microsoft Planner)

Organización y funciones de las unidades que integran la Agencia Tributaria de Cataluña

Programas informáticos específicos de gestión de personal (Click & *Decide, GLT/DLT, GIP-SIP)

5.2 Otros conocimientos:

Organización y análisis de estructuras de la Administración

Análisis de procesos

Análisis y valoración de descripciones de puestos de trabajo y de las aplicaciones informáticas asociadas

Gestión de proyectos

Ámbito de tecnologías de la información, de todas las herramientas corporativas de administración digital y en la configuración de trámites electrónicos

Conocimientos y experiencia en la confección de formularios PDF interactivos y dinámicos con Adobe LiveCycle Designer y con Microsoft Forms

Herramientas para la edición de páginas web y el Gestor de contenido web corporativo: GECO+

Conocimientos en lenguaje de etiquetas hipertexto (HTML)

Criterios de usabilidad, de accesibilidad, imagen corporativa y lenguaje claro

5.3 Experiencia:

Procedimientos de modificación de RLT

Organización administrativa, análisis y simplificación de procedimientos, así como configuración de trámites electrónicos

5.4 Competencias profesionales:

Flexibilidad y gestión del cambio

Planificación y organización

Actualización profesional y mejora continua

Orientación a la innovación

 

 

Puesto 2:

 

-1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: Responsable de formación y gestión del conocimiento

Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña

Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Áreas de Servicios Centrales

Localidad: Barcelona

Nivel: 24

Complemento específico: 16.311,84 €

Tipos de horario: normal

Tipo de jornada: normal

Tipo de puesto: singular

Forma de provisión: concurso específico

 

-2 Requisitos de participación

Grupo: A

Subgrupo: A.1 y A.2

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: administración general

Especificación de cuerpos: cuerpo superior y cuerpo de gestión

 

-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente

 

-4 Contenido funcional

Misión:

Planificar, definir, implantar y hacer el seguimiento del Plan de formación del personal de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) y facilitar la gestión y el intercambio del conocimiento de los recursos humanos, mediante el establecimiento de itinerarios de perfeccionamiento y mejora profesional para los diferentes colectivos, con el objetivo de promover su óptima capacitación y, en consecuencia, la mejora continua del servicio público a los contribuyentes, de acuerdo con los objetivos estratégicos y operativos de la dirección de la organización.

Finalidades/funciones:

1. Detectar y analizar las necesidades constantes de formación del personal de la ATC con una perspectiva colaborativa, tomando en consideración las prioridades identificadas por la organización, por las personas responsables de las unidades y por el personal que presta servicios, como paso previo a la elaboración del Plan de formación anual.

2. Elaborar, proponer y consensuar el Plan de formación anual del personal con los responsables de las unidades y el personal que presta servicios, de acuerdo con los criterios establecidos por el Área de Recursos Humanos y Organización.

3. Ejecutar las acciones formativas a lo largo del año y proponer los docentes más adecuados, el formato presencial o virtual que mejor se ajuste a las necesidades, la metodología más idónea, los contenidos esperados y la infraestructura material y tecnológica necesaria.

4. Configurar y diseñar metodológicamente los cursos en la plataforma Moodle propia de la ATC (Aula tributaria), gestionar la carga de usuarios y roles, así como del material y los tests de evaluación, y prestar apoyo tanto a los docentes como a los usuarios resolviendo las incidencias y reportando las de carácter más técnico, si procede.

5. Coordinar y dinamizar el claustro de profesores e impulsar la utilización de nuevas metodologías aplicadas a la elaboración de material formativo que tengan un impacto positivo en la experiencia formativa y en el desarrollo profesional de las personas.

6. Evaluar los resultados de las actividades formativas de acuerdo con los indicadores de eficacia, eficiencia y satisfacción de los asistentes, de acuerdo con la estrategia y los objetivos planteados por la ATC.

7. Coordinarse y actuar como interlocutor de la ATC con los otros órganos responsables de la formación y perfeccionamiento del personal de la ATC.

8. Desarrollar la gestión del conocimiento a través de las redes de interlocutores internos y externos, la aplicación de metodologías para generar sinergias favorables para la mejora de los servicios y la gestión de los sistemas de información.

9. Detectar oportunidades de mejora para la toma de decisiones de la dirección en cuanto a la formación y la gestión del conocimiento del personal para definir acciones que faciliten la optimización de resultados en el cumplimiento de los objetivos de la ATC.

Tareas básicas o actividades:

1. Diseña, aplica y optimiza el modelo metodológico (reuniones, encuestas...) para la detección anual de necesidades formativas generales y específicas del personal de la ATC.

2. Recoge, sistematiza y analiza el resultado del proceso anual de detección de necesidades, y presenta los resultados a los órganos directivos.

3. Gestiona y acepta las peticiones de formación planificada y no planificada propuesta por las unidades, una vez validadas por la Dirección.

4. Promueve la participación de las unidades en la identificación de oportunidades de mejora para favorecer el conocimiento diferencial de cada una de ellas y generar nuevo conocimiento.

5. Elabora la propuesta del Plan de formación de la ATC para su aprobación.

6. Define las acciones formativas del Plan de formación anual del personal (líneas, objetivos, destinatarios, docentes, metodología, localización, horarios y calendario).

7. Analiza el mercado de la formación para escoger las empresas proveedoras más adecuadas para cada actividad formativa, de acuerdo con criterios de calidad, servicio y rentabilidad.

8. Propone la contratación administrativa necesaria de formadores externos y coordina la tramitación de los expedientes económicos correspondientes y de las asistencias de los formadores internos.

9. Planifica las actuaciones necesarias para dar difusión del Plan y de las diferentes acciones formativas programadas, incluida la oferta de actividades formativas de la Escuela de Administración Pública de Cataluña (EAPC) y del Departamento de Economía y Hacienda, a través del medio de comunicación más idóneo en cada caso.

10. Edita y gestiona los contenidos del espacio de formación de la intranet.

11. Publica trimestralmente las actividades de formación dirigidas al personal de la ATC y las convoca a través de la intranet o mediante comunicados.

12. Analiza y gestiona las solicitudes de admisión a las actividades formativas y resuelve las incidencias y las consultas del personal sobre la ejecución del Plan de formación.

13. Organiza el desarrollo de las actividades formativas con recursos internos y externos, y hace el seguimiento de cada acción formativa para garantizar un desarrollo óptimo de las sesiones.

14. Administra los entornos de formación síncrona, asíncrona y presencial de la organización.

15. Gestiona la plataforma de aprendizaje Moodle de la ATC (Aula tributaria) y el material formativo que se difunde, y explora las potencialidades para adaptarlas a las necesidades de la organización.

16. Hace las adecuaciones necesarias al Moodle de la ATC (Aula tributaria) para que sea una herramienta de gestión del conocimiento del personal de las entidades locales que tienen subscrito un convenio de colaboración con la ATC en el ámbito de Tributs de Catalunya.

17. Crea y dinamiza un espacio de trabajo colaborativo destinado al claustro de formadores internos de la ATC, e impulsa actividades que fomenten el intercambio de experiencias y facilitadoras de conocimiento.

18. Propone al personal docente metodologías formativas innovadoras que causen un impacto positivo en la experiencia formativa del personal y favorezcan una mejor interiorización de los conocimientos.

19. Analiza la relación coste-beneficio de las acciones formativas impartidas en correlación con la aplicabilidad de los conocimientos adquiridos por el personal a los objetivos de la ATC.

20. Evalúa el grado de satisfacción del personal con las acciones formativas internas y externas y elabora un informe de resultados.

21. Analiza el retorno y la aplicabilidad de los conocimientos adquiridos por los alumnos en el desarrollo de sus funciones y a las necesidades de conocimiento, habilidades y competencias, tanto de carácter transversal como especializado en el ámbito tributario, y extrae los resultados obtenidos.

22. Elabora la memoria anual de formación del personal de la ATC y otros informes sobre su actividad requeridos por la Inspección de Servicios del Estado, la Intervención y el Plan de prevención y reducción del fraude fiscal.

23. Actúa como interlocutor en materia de formación participando en reuniones, grupos de trabajo y comisiones relacionadas con el Plan de formación, en coordinación con el Departamento de Economía y Hacienda, la Secretaría de Hacienda, Tributs de Catalunya y la EAPC.

24. Crea, dinamiza y supervisa el correcto funcionamiento de diferentes comunidades de prácticas y de trabajo colaborativo mediante la plataforma Moodle del Aula tributaria y los grupos de Microsoft Teams.

25. Impulsa la creación del Espacio de autoaprendizaje en el marco del Plan de transformación digital de la ATC, y promueve la elaboración y la publicación en este espacio de píldoras didácticas con formato de video.

26. Elabora tutoriales de autoaprendizaje sobre tramitaciones y gestiones recurrentes del personal detectadas como dificultosas.

27. Define y consensua los indicadores sobre la capacitación del personal y la gestión del conocimiento, hace el seguimiento y detecta puntos débiles y oportunidades de mejora.

28. Elabora y propone acciones de mejora continua para la nueva planificación de formación anual del personal y la gestión de su conocimiento, y difunde criterios para la elaboración homogénea de los materiales formativos.

29. Hace el seguimiento de la dotación económica presupuestaria de la ATC destinada a los servicios de formación y a la gestión del conocimiento.

30. Informa sobre las mejores técnicas internas y externas para potenciar la innovación en el ámbito del desarrollo de las personas.

 

-5 Otras características

5.1 Conocimientos:

Herramientas para el diagnóstico y el análisis de las necesidades de formación (consultoría y asesoramiento)

Organización y desarrollo de la formación de una organización

Contenido funcional de las unidades orgánicas, de los puestos de trabajo y del servicio que prestan

5.2 Otros conocimientos:

Normativa y funcionamiento de los sectores de actividad competencia de la ATC

Técnicas de detección de necesidades formativas y técnicas de aprendizaje

Técnicas de evaluación de la formación

Aplicaciones Aul@, GEEC, GIP-SIP, ATRI, Moodle

Gestión y edición de contenidos a la intranet

5.3 Experiencia:

Recogida, análisis y gestión de gran cantidad de información

Uso de las herramientas y plataformas electrónicas (Aul@, GEEC, GIP-SIP, ATRI y Moodle)

5.4 Competencias profesionales:

Flexibilidad y gestión del cambio

Planificación y organización

Actualización profesional y mejora continua

 

 

Puesto 3:

 

-1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: Responsable de régimen retributivo y de sistemas de información de RH

Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña

Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Áreas de Servicios Centrales

Localidad: Barcelona

Nivel: 24

Complemento específico: 16.311,84 €

Tipos de horario: normal

Tipo de jornada: normal

Tipo de puesto: singular

Forma de provisión: concurso específico

 

-2 Requisitos de participación

Grupo: A

Subgrupo: A.1 y A.2

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: administración general

Especificación de cuerpos: cuerpo superior y cuerpo de gestión

 

-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente

 

-4 Contenido funcional

Misión:

Coordinar, gestionar y hacer el seguimiento de la elaboración de las nóminas, los procedimientos de la Seguridad Social y mutualidades, la ejecución del capítulo I del presupuesto y el mantenimiento de los sistemas de información de personal, de acuerdo con la normativa vigente, para asegurar el correcto abono de las nóminas y las cotizaciones dentro de los límites establecidos en el presupuesto; así mismo, llevar a cabo la explotación y los análisis de los datos de la plantilla para la elaboración de estadísticas, informes y cuadros de mando en el ámbito de su competencia, que faciliten la toma de decisiones, de acuerdo con las directrices del Servicio de Recursos Humanos, con el objetivo de llevar a cabo una gestión eficiente y de calidad de la plantilla y de los recursos económicos existentes.

Finalidades/funciones:

1. Gestionar y ejecutar el capítulo I del presupuesto anual, así como colaborar en la elaboración del anteproyecto de este capítulo y de las modificaciones presupuestarias durante el ejercicio.

2. Validar el alta de los datos del personal que conforman el Registro general de personal, especialmente las variaciones que tienen incidencia retributiva, y elaborar la nómina del personal de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) hasta su contabilización en el sistema de gestión económica GECAT.

3. Gestionar todas las actuaciones derivadas de los procedimientos de la Seguridad Social y otros regímenes de previsión social que son aplicables al personal de la ATC (afiliaciones, altas, bajas, modificaciones, cotizaciones y liquidaciones).

4. Introducir y mantener actualizada toda la información del Registro general de personal correspondiente a los trabajadores de la ATC, mediante el GIP-SIP, relativa a la ocupación, a las situaciones administrativas y otros aspectos que incidan en la nómina.

5. Analizar la evolución de la información de los sistemas informáticos de gestión de personas mediante herramientas de analítica de datos, y confeccionar cuadros de mando y visualizaciones interactivas para la toma de decisiones estratégicas en materia retributiva.

6. Elaborar estudios e informes técnicos sobre la ejecución del presupuesto, la evolución de la plantilla, el control horario, el índice de absentismo y otros que se le requieran en el ámbito de sus competencias.

7. Analizar la normativa vigente en materia de retribuciones y de legislación de la Seguridad Social y estar al corriente de las novedades en la materia para asesorar y dar el apoyo técnico y la asistencia al respecto a sus superiores y al conjunto de empleados de la ATC.

Tareas básicas o actividades:

1. Colabora en la elaboración del anteproyecto del capítulo I del presupuesto.

2. Hace el seguimiento económico del presupuesto del capítulo I verificando el gasto mensual y anual, y generando los expedientes de transferencias, generaciones y ampliaciones de crédito, a fin de optimizar el destino de los recursos existentes.

3. Controla la proyección del gasto de la nómina y de la bolsa de sustituciones, y promueve los ajustes que sean necesarios.

4. Analiza y cuantifica las propuestas de incremento de dimensionamiento a los efectos de los costes futuros.

5. Realiza los cambios de dotación de los puestos de trabajo (permutas).

6. Propone criterios técnicos para la aplicación de las actualizaciones retributivas y para el seguimiento informatizado del presupuesto.

7. Supervisa la correcta ejecución de los procesos informáticos de la nómina del personal de la ATC y de las nóminas auxiliares, si procede.

8. Da de alta en el GIP/SIP las incidencias en la nómina, los atrasos, los anticipos, la aplicación del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los descuentos, la ejecución económica de sentencias, el embargo de sueldos y salarios y todas aquellas que signifiquen variaciones en la nómina.

9. Controla la gestión del pago de las horas extraordinarias, revisa la introducción de los conceptos retributivos variables, las dietas, las asistencias y las indemnizaciones.

10. Coordina la elaboración y la emisión de todo tipo de documentación y de certificaciones relativas a retribuciones, trienios y servicios prestados.

11. Elabora propuestas de regularizaciones en nómina preparando la documentación, los cálculos y los informes que justifican las modificaciones retributivas.

12. Revisa los procesos de cálculo y el mantenimiento de datos periódicos, y la tramitación de la declaración anual del IRPF, modelo 190.

13. Elabora los documentos contables de la nómina en el GECAT, de los documentos de liquidación de las cuotas de la Seguridad Social, de los documentos extrapresupuestarios (mutualidades, retenciones judiciales y ejecución económica de sentencias) y de los anticipos.

14. Hace el seguimiento del pago de la nómina, en coordinación con el Servicio de Gestión Económica y Contabilidad.

15. Supervisa la documentación para el control financiero posterior, y elabora los informes justificativos solicitados por la Intervención Delegada.

16. Supervisa y gestiona la tramitación del sistema de liquidación directa de la Seguridad Social y de las otras mutualidades (MUFACE).

17. Supervisa y gestiona la administración de las altas, las bajas y las modificaciones de afiliación del personal respecto los sistemas de previsión social.

18. Vela por la tramitación dentro de plazo de los expedientes de incapacidad temporal, de altas y bajas a la Seguridad Social y otros regímenes, procesos de enfermedades y accidentes, las maternidades, adopciones y acogidas, y expedientes de jubilación de la Seguridad Social y clases pasivas.

19. Controla la correcta emisión de los certificados de empresa para la tramitación de las prestaciones de maternidad, paternidad, incapacidades permanentes/absolutas, etc., y revisa la grabación de estas situaciones en el Sistema de información de personal (SIP).

20. Analiza y da respuesta a los requerimientos sobre afiliación o cotización de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, las mutuas de accidentes de trabajo y de la Inspección de Trabajo, y elabora las liquidaciones complementarias correspondientes.

21. Coordina y controla la correcta introducción y mantenimiento de los datos que conforman el Registro general de personal al Sistema de información de personal (SIP): vinculaciones, puestos de trabajo ocupados, situaciones administrativas, antigüedad, grado personal, titulaciones académicas, cursos de perfeccionamiento, nivel de catalán, sanciones disciplinarias, expedientes de compatibilidad, los datos relativos en los centros de trabajo y las dependencias jerárquicas de los puestos de trabajo.

22. Detecta posibles incidencias de combinación de las tablas del sistema y analiza el origen para su resolución por parte de la Dirección General de la Función Pública.

23. Gestiona las altas y las bajas en el Plan de pensiones de la Generalitat de Catalunya y las comunicaciones que derivan al personal con carácter previo a la carga telemática anual del Plan a la Oficina de Atención a las Personas Partícipes y Beneficiarias y posterior comunicación a la entidad bancaria.

24. Garantiza la veracidad de los datos registrados y pide la documentación necesaria para comprobar la autenticidad de las mismas.

25. Ejecuta extracciones periódicas y otras consultas específicas que se le requieran sobre la información de la base de datos de personal y elabora estadísticas y cuadros de mando para el análisis de la evolución de la plantilla y la detección, si procede, de variaciones o incidencias significativas para la organización, así como para la inspección por parte del Ministerio de Hacienda en relación con la gestión de los tributos cedidos.

26. Diseña visualizaciones interactivas de los datos del sistema de información de recursos humanos mediante el programa Power BI, como base para la toma de decisiones de los órganos de dirección.

27. Elabora estudios comparativos sobre las retribuciones del personal y hace informes sobre la distribución de los costes del capítulo I por unidades orgánicas al efecto de la contabilidad analítica de la ATC.

28. Analiza y estudia la normativa en materia de retribuciones y Seguridad Social para asesorar y dar respuesta a los requerimientos del Servicio de Recursos Humanos y del Área de Recursos Humanos y Organización en esta materia.

29. Elabora respuestas a escritos y reclamaciones, y resuelve las consultas e incidencias del personal de la ATC en las materias de su competencia.

 

-5 Otras características

5.1 Conocimientos:

Normativa de personal y función pública

Gestión y administración de personal

Sistema retributivo de la Generalitat de Catalunya

Normativa de Seguridad Social y de derecho laboral

Gestión presupuestaria

5.2 Otros conocimientos:

Gestión y tramitación de los regímenes de previsión social: régimen general de Seguridad Social, MUFACE y clases pasivas

Procedimiento administrativo y laboral

Software y aplicaciones específicas en la gestión de personal: GIP/SIP, ESPP, GECAT y en la gestión del régimen de previsión social: SILTRA y Sistema RED

Herramientas de extracción y analítica de datos (Click&Decide) y elaboración de informes y cuadros de mando (Power BI)

5.3 Experiencia:

Gestión de la nómina y gestión presupuestaria

Sistema de liquidación directa de cotizaciones sociales con la aplicación SILTRA

Explotación de bases de datos y confección de informes a través de herramientas de analítica de datos

5.4 Competencias profesionales:

Planificación y organización

Orientación a resultados y orientación a la calidad

Compromiso con el servicio público y la organización

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327736 {"title":"RESOLUCIÓN ECO\/2585\/2024, de 11 de julio, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de tres puestos de trabajo singulares en la Agencia Tributaria de Cataluña (convocatoria de provisión núm. ATC\/08\/24).","published_date":"2024-07-16","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya","id":"327736"} catalunya Agencia Tributaria de Cataluña,Cargos y personal,DOGC,DOGC 2024 nº 9205 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-07-16/327736-resolucion-eco-2585-2024-11-julio-convocatoria-concurso-especifico-meritos-capacidades-provision-tres-puestos-trabajo-singulares-agencia-tributaria-cataluna-convocatoria-provision-num-atc-08-24 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.