RESOLUCIÓN SLT/2550/2024, de 9 de julio, del director gerente del Instituto Catalán de la Salud, de delegación de competencias en materia de resolución de procedimientos derivados de reclamaciones por derechos ARSOPOL en las personas titulares de las gerencias de atención primaria y en la comunidad y las gerencias hospitalarias.
Según consta publicado en la Orden SLT/25/2014, de 3 de febrero, por la cual se actualiza la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Departamento de Salud y de las entidades vinculadas o que de esta dependen, la Dirección Gerencia del Instituto Catalán de la Salud es el órgano administrativo responsable de los siguientes ficheros:
1. Fichero de pacientes de la División de Atención Primaria del Instituto Catalán de la Salud
2. Fichero de administración y contabilidad del Instituto Catalán de la Salud
3. Fichero de recursos humanos del Instituto Catalán de la Salud
4. Fichero de gestión de reclamaciones patrimoniales del Instituto Catalán de la Salud
5. Fichero de personas usuarias registradas vía web
6. Fichero de la bolsa de trabajo temporal del Instituto Catalán de la Salud
7. Fichero de pacientes de los hospitales adscritos al Instituto Catalán de la Salud
8. Fichero del biobanco del Hospital Universitario Vall d'Hebron
Esto quiere decir que, como también se recoge en dicha orden, el órgano ante el cual se pueden ejercer, en relación con la protección de datos de carácter personal, los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión y limitación en cuanto al tratamiento y a la portabilidad a los que se hace referencia en estos ficheros es, por lo tanto, la Dirección Gerencia.
Por razones de eficacia, con el objetivo de atender de manera más cercana las reclamaciones que la persona usuaria pueda hacer en relación con estos derechos, se publicó la Resolución SLT/2040/2015, de 14 de septiembre, del director gerente del Instituto Catalán de la Salud, de delegación de competencias en las personas titulares de las gerencias territoriales del Instituto, así como en el director del Hospital Universitario Vall d'Hebron que ahora, a raíz de la publicación, a fecha 20 de marzo de 2024 en el DOGC número 9.126, del nuevo modelo organizativo del Instituto Catalán de la Salud creado por el Acuerdo 1/2024, de 29 de febrero, del Consejo de Administración, hay que adaptar a la nueva organización territorial.
Atendiendo a lo que dispone el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de la Generalitat,
Resuelvo:
1. Delegar, en las personas titulares de las gerencias de atención primaria y en la comunidad y las gerencias hospitalarias del Instituto Catalán de la Salud, la facultad de resolver los procedimientos que se deriven del ejercicio, por parte de los usuarios de la institución, de los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión y limitación en cuanto al tratamiento y a la portabilidad a los que se hace referencia en los ficheros del Instituto Catalán de la Salud enunciados en la Orden SLT/25/2014, de 3 de febrero.
Disposición final.
1. Queda derogada la Resolución SLT/2040/2015, de 14 de septiembre, del director gerente del Instituto Catalán de la Salud, de delegación de competencias en las personas titulares de las gerencias territoriales del Instituto, así como en el director del Hospital Universitario Vall d'Hebron y titular de la Gerencia de Ámbito de Atención Primaria Barcelona.
2. Esta Resolución tendrá efectos retroactivos desde el 1 de julio de 2024.
3. Esta Resolución tiene que publicarse en el DOGC.
Barcelona, 9 de julio de 2024
Xavier Pérez Berruezo
Director gerente