RESOLUCIÓN PRE/2501/2024, de 5 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo singular del Gabinete Jurídico del Departamento de la Presidencia (convocatoria de provisión núm. PRE/15/24).
Vista la Resolución PRE/1305/2024, de 17 de abril, de convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo singular del Gabinete Jurídico del Departamento de la Presidencia (convocatoria de provisión núm. PRE/15/24; DOGC núm. 9148, de 23.4.2024);
Visto el informe emitido por la persona titular del órgano directivo de acuerdo con lo que establece el artículo 96 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya;
Visto el artículo 45.1 del Decreto 106/2024, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya,
Resuelvo:
Nombrar al funcionario que se detalla a continuación para ocupar el puesto de trabajo que se indica.
Nombre y apellidos: Alberto Gómez Herrero.
Nombre del puesto: responsable del ámbito de estudios jurídicos.
Unidad directiva: Gabinete Jurídico de la Generalitat.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante la secretaria general del Departamento de la Presidencia en el plazo de un mes a contar del día siguiente a su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la publicación en el DOGC, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o el correspondiente al lugar de su domicilio, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 5 de julio de 2024
P. d. (Resolución PRE/3588/2022; DOGC núm. 8797, de 21.11.2022)
Núria Cuenca León
Secretaria general