RESOLUCIÓN por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado Sant Joan Bosco, de Barcelona.
Para resolver la solicitud presentada por la representante de la titularidad del centro educativo privado Sant Joan Bosco, código 08011394, de Barcelona, en petición de modificación de las enseñanzas autorizadas, se instruyó el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; la Orden ENS/30/2012, de 10 de febrero, por la que se especifica la superficie mínima de determinadas instalaciones de los centros que imparten la educación primaria, la educación secundaria o las enseñanzas artísticas y, el Decreto 122 /2012, de 9 de octubre, del procedimiento de autorización y comunicación previa para la apertura de centros educativos privados.
Resuelvo:
1. Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado Sant Joan Bosco, código 08011394, de Barcelona, por modificación de las enseñanzas, en los siguientes términos:
Enseñanzas que se suprimen al inicio del curso 2024-2025:
Formación para personas adultas:
Formación Básica para las Personas Adultas: Ciclo Formación Instrumental
Educación Secundaria para las Personas Adultas
2. La composición del centro es la que figura en el anexo de esta Resolución.
3. Esta Resolución se inscribirá en el Registro de centros.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Dirección del Consorcio de Educación de Barcelona, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015), y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010).
Barcelona, 26 de junio de 2024
Mercè Massa Rincón
Gerenta
Anexo
Composición del centro al inicio del curso 2024-2025:
Autorización de apertura:
Educación Infantil: 9 unidades con capacidad para 225 puestos escolares
Educación Primaria: 24 unidades con capacidad para 600 puestos escolares.
Educación Secundaria Obligatoria: 16 unidades con capacidad para 480 puestos escolares.
Bachillerato: 8 unidades con capacidad para 270 puestos escolares de la modalidad de Humanidades y Ciencias, de Ciencias y Tecnología y de Artes.