ANUNCIO por el que se somete a información pública la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de las medidas aplicables al abastecimiento de agua potable y a los usos del agua en situación de sequía de Vimbodí i Poblet.
El Ayuntamiento de Vimbodí i Poblet, en sesión plenaria ordinaria celebrada en fecha 19 de junio de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. - Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de las medidas aplicables al abastecimiento de agua potable y a los usos del agua en situación de sequía en Vimbodí y Poblet, cuyo texto se adjunta como Anexo.
Segundo. - Someter el presente acuerdo a información pública por un plazo de 30 días hábiles a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
El anuncio se expondrá en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la sede electrónica municipal, así como en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
El plazo de información pública empezará a contar desde el día siguiente de la última de las publicaciones oficiales antes mencionadas.
Tercero. - Finalizado el plazo de exposición pública, en caso de que no se presenten reclamaciones o alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
En este caso, el acuerdo inicial elevado a definitivo junto con el texto íntegro de la ordenanza debe publicarse en el BOPT y en la sede electrónica municipal. También se publicará en el DOGC la referencia del BOPT en el que se publique el texto íntegro y en el portal de transparencia el texto íntegro de la ordenanza.
Asimismo, debe enviarse el acuerdo de aprobación definitiva y la copia íntegra y fehaciente del texto definitivo de la ordenanza aprobada en la Administración del Estado y en la Generalitat de Catalunya. La Ordenanza entrará en vigor una vez publicada en su totalidad y cuando haya transcurrido el plazo establecido en el art. 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local."
Vimbodí i Poblet, 20 de junio de 2024
Joan Canela Rios
Alcalde