ACUERDO GOV/156/2024, de 25 de junio, por el que se autoriza la cesión gratuita del dominio de fincas que son de titularidad del Instituto Catalán del Suelo a favor del Ayuntamiento de Badia del Vallès, en cumplimiento de la disposición final primera de la Ley 23/2015, de 29 de julio, del régimen transitorio de la financiación específica del municipio de Badia del Vallès.

En fecha 31 de julio de 2007 la Generalitat y el Ayuntamiento de Badia del Vallès formalizaron un Convenio relativo a la prórroga del sistema de financiación que establecía para este municipio la disposición transitoria tercera de la Ley 1/1994, de 22 de febrero, de creación del municipio de Badia por segregación de parte de los términos municipales de Barberà del Vallès y de Cerdanyola del Vallès.

La cláusula tercera de dicho Convenio establece que "el Gobierno, en orden a potenciar la capacidad fiscal del municipio, adoptará las medidas necesarias para que se lleve a cabo, previa la tramitación de los correspondientes expedientes exigidos por la normativa que sea de aplicación, la cesión urgente, gratuita y libre de cargas de los terrenos del término municipal de Badia del Vallès, calificados como equipamientos comunitarios, cuya titularidad corresponde a la Generalitat de Catalunya o al Instituto Catalán del Suelo y que se adjunta como anexo al presente documento".

El 6 de agosto de 2015 entró en vigor la Ley 23/2015, del 29 de julio, del régimen transitorio de la financiación específica del municipio de Badia del Vallès, con la finalidad de dotar el municipio de una financiación transitoria especial, mientras no se aprueba una financiación específica para dicho municipio para resolver el déficit que sufre como consecuencia de sus características socioeconómicas y territoriales.

La disposición final primera de la Ley 23/2015, del 29 de julio, del régimen transitorio de la financiación específica del municipio de Badia del Vallès, que trata del Convenio entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Badia del Vallès relativo a la prórroga del sistema de financiación que establece para este municipio la disposición transitoria tercera de la Ley 1/1994, la cual determina, en el apartado tercero, que "la cesión al municipio de Badia del Vallès de los terrenos que corresponden a la Generalitat o al Instituto Catalán del Suelo que constan en el anexo del Convenio se rige por el punto 3 del mismo convenio".

Visto el informe jurídico que ha emitido el Instituto Catalán del Suelo de fecha 17 de abril de 2024;

Visto el certificado económico y financiero que ha emitido el Instituto Catalán del Suelo de fecha 9 de abril de 2024;

Visto el certificado que ha emitido el secretario del Consejo de Administración del Instituto Catalán del Suelo de fecha 10 de mayo de 2024;

De acuerdo con el artículo 5, apartado segundo, de la Ley 4/1980, de 16 de diciembre, de creación del Instituto Catalán del Suelo;

De conformidad con el artículo 26.3 del texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana, que aprobó el Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre;

A propuesta de la consejera de Territorio, el Gobierno

 

Acuerda:

 

—1 Autorizar al Instituto Catalán del Suelo (Incasol) la cesión gratuita del dominio sobre la finca registral núm. 12297, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Cerdanyola del Vallès, y sobre las fincas registrales 7605 y 7606, inscritas en el Registro de la Propiedad núm. 5 de Sabadell, todas propiedad del Instituto Catalán de Suelo, a favor del Ayuntamiento de Badia del Vallès, en cumplimiento de la disposición final primera de la Ley 23/2015, del 29 de julio, del régimen transitorio de la financiación específica del municipio de Badia del Vallès. Las fincas registrales mencionadas son las siguientes:

 

Finca número 12297:

"Urbana. Solar número uno, que consiste en una parcela de terreno con destino a centro comercial del Polígono, con inclusión de supermercado, denominado CCI, ubicado en la supermanzana número seis del Polígono Badia. Ocupa una superficie de dieciséis mil ocho metros cuadrados en el término municipal de Cerdanyola. La parcela tiene forma sensiblemente rectangular y linda, al norte, con la Avenida Burgos; al sur, con el solar número tres de la misma supermanzana número seis; al este con la calle Bètica; y al oeste con la Avenida Via de la Plata. Dentro de este solar existe una calle en fondo de saco llamado de la Manxa, con una superficie de mil novecientos ochenta y cuatro metros cuadrados que constituye el solar número dos del mencionado Polígono y supermanzana.

"De la referida finca se ha segregado una porción de terreno de superficie mil cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados, en la cual está ubicada la edificación, pasando a formar la finca registral número 24.485, en el folio 106, del tomo 986, libro 471 de esta villa, quedando el resto de esta finca reducida en su extensión, en el equivalente a la porción segregada, sin que hayan sufrido modificación los linderos de su perímetro externo por estar ubicada aquella en su interior.

"Después de la segregación, se declara sobre parte del resto la obra nueva de un edificio, compuesto de una sola planta, destinado a supermercado, con una superficie construida de mil metros cuadrados.

"Segregadas de la finca de este número dos parcelas CC2D y CC2A, con frente a la Avenida Burgos, sin número, de Badia del Vallès, de superficies 2625 m2 y 4340 m2, según resulta de la inscripción 1 de la registral 49570, que consta en el folio 18 del tomo presente, y la inscripción 1 de la registral 49571, que consta en el folio 21 del tomo presente."

La finca consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Cerdanyola del Vallès. Libro 565, folio 236. Finca registral: 12.297. Código registral único: 08074000063039.

 

Finca número 7605:

"Urbana.- Parcela de terreno ubicada en el término municipal de Santa Maria de Barberà, que comprende la supermanzana número nueve, con una superficie de treinta y un mil doscientos metros cuadrados, destinados la totalidad a uso deportivo. Linda: al norte, con la calle Finisterre y la supermanzana número diez; sur, Avenida del Cantàbric; este, con el límite del Polígono que a su vez lo hace con el gran ensanche de Santa Maria de Barberà; y oeste, calle Finisterre.

"Según notas extendidas en tercer y cuarto lugar al margen de su inscripción 2ª, de la indicada finca se han segregado dos porciones de terreno de 391 metros cuadrados y 307 metros 56 decímetros cuadrados, quedando la finca de este número con un resto no descrito."

La finca consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Sabadell. Tomo 1, libro 1, finca registral: 7605. Código registral único: 08126000206173.

 

Finca número 7606:

"Urbana.- Parcela de terreno ubicado en el término municipal de Santa Maria de Barberà, actualmente Badia del Vallès, que comprende la supermanzana número diez, con una superficie de treinta y ocho mil ochocientos treinta metros cuadrados, con destino a zona libre de posible uso deportivo. Linda: al norte, con el límite del Polígono que a su vez lo hace con el Gran Eixample de Santa Maria de Barberà; sur y oeste, Avenida del Cantàbric; y este, calle de Finisterre".

La finca consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Sabadell. Tomo 47, libro 2, finca registral: 7606. Código registral único: 08126000278538.

 

—2 Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y notificarlo al Instituto Catalán de Suelo y al Ayuntamiento de Badia del Vallès.

 

Barcelona, 25 de junio de 2024

 

Xavier Bernadí Gil

Secretario del Gobierno

Ficheros adjuntos

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