RESOLUCIÓN EDU/2206/2024, de 13 de junio, de delegación de competencias de la directora de los Servicios Territoriales del Departamento de Educación en El Barcelonès en la persona titular de la dirección de un centro educativo.
El artículo 11 del Decreto 160/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de comedor en los centros docentes públicos de titularidad del Departamento de Enseñanza, actualmente Departamento de Educación, establece la desconcentración en los directores de los Servicios Territoriales del Departamento de Educación de las facultades para la realización de los contratos correspondientes a los sistemas de gestión previstos en el apartado b) del artículo 10.1 para la prestación del servicio escolar del comedor, de acuerdo con la propuesta del consejo escolar del centro.
El artículo 31.3.f) del Decreto 102/2010, de 3 de agosto, de autonomía de los centros educativos establece que en los centros públicos corresponde al director o a la directora gestionar el centro de acuerdo con el artículo 99.1 de la Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación, que incluye en la gestión y la autonomía del centro, la adquisición y la contratación de bienes y servicios.
En consecuencia, de acuerdo con lo que establecen el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y del procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya, y el artículo 9 de la Ley 40/2015, d'1 de octubre, de régimen jurídico del sector público,
Resuelvo:
-1 Delegar la competencia para la contratación del servicio de comedor escolar en la persona titular de la dirección de un centro educativo, del ámbito de los Servicios Territoriales del Departamento de Educación en El Barcelonès, que se detalla en el anexo.
La delegación de la competencia de la prestación del servicio de comedor escolar no será efectiva hasta el curso 2024-2025.
La contratación del servicio de comedor escolar efectuada por esta delegación se podrá llevar a cabo en la modalidad que prevé el apartado b) del artículo 10.1 del Decreto 160/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de comedor en los centros docentes públicos de titularidad del Departamento de Enseñanza, actualmente Departamento de Educación.
-2 Los actos dictados por delegación se consideran dictados por el órgano delegante, han de incluir antes de la firma las palabras "por delegación" y han de indicar la fecha de esta Resolución y la de la publicación en el DOGC.
-3 Esta delegación de competencias podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la ha concedido, si bien el cambio de titular del órgano delegante o del órgano delegado no extingue la delegación.
Barcelona, 13 de junio de 2024
Sílvia Ortiz Heredia
Directora de los Servicios Territoriales en El Barcelonès
Anexo
Centro educativo en que se delega la competencia para la contratación del servicio de comedor escolar
Código de centro | Nombre del centro | Municipio |
08077940 | Institut Escola Maria Miret | L'Hospitalet de Llobregat |