RESOLUCIÓN JUS/2116/2024, de 13 de junio, por la que se convoca el concurso para la provisión del puesto de jefe de Área de Fomento, Gestión Técnica y Transparencia del Memorial Democrático.

La Ley 13/2007, de 31 de octubre, del Memorial Democrático, creó el Memorial Democrático como entidad de derecho público sometido a derecho privado, dotada de personalidad jurídica propia.

El artículo 14 de la citada ley establece que el personal al servicio del Memorial Democrático es de carácter laboral, y que el Memorial debe seleccionar al personal propio de acuerdo con los principios de publicidad, mérito y capacidad.

El artículo 22.6 de los estatutos del Memorial Democrático, aprobados por el Decreto 145/2008, de 15 de julio, establece que las relaciones laborales del personal del Memorial Democrático se ajustarán al Acuerdo del personal funcionario y al Convenio del personal laboral de la Administración de la Generalitat.

El artículo 10 de los citados estatutos establece como funciones de la Junta de Gobierno del Memorial Democrático aprobar los reglamentos de organización, así como también la plantilla del personal al servicio de la entidad y la relación de puestos de trabajo. De acuerdo con el artículo 18, corresponde al director del Memorial Democrático aprobar las bases de selección del personal, organizar el trabajo a desarrollar, establecer los requisitos y exigencias para cada puesto de trabajo, y proponer la plantilla y la relación de puestos de trabajo para su aprobación por parte de la Junta de Gobierno del Memorial Democrático.

Visto el artículo 23 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalitat de Catalunya para el período 2004-2008;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar el concurso para la provisión del puesto de jefe de Área de Fomento, Gestión Técnica y Transparencia, cuyas características figuran en el anexo 2.

 

-2 Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

 

Contra esta resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante la jurisdicción social, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que prevé el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

 

Barcelona, 13 de junio de 2024

 

Jordi Font Agulló

Director

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

1.1 Se convoca concurso para la provisión del puesto de jefe de Área de Fomento, Gestión Técnica y Transparencia, cuyas características figuran en el anexo 2 de esta resolución, de acuerdo con estas bases.

1.2 La realización de este concurso debe ajustarse al VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalitat de Catalunya para el período 2004-2008; en el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

 

-2 Participantes

Puede tomar parte en este concurso el personal laboral fijo de la categoría de Licenciado/a (grupo A1) de la Administración de la Generalitat de Catalunya y de su sector público que se encuentre en situación de activo o excedencia.

No podrá tomar parte el personal en situación distinta de servicio activo si no ha pasado el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

 

-3 Requisitos

3.1 Se deben cumplir los requisitos necesarios para ocupar el puesto de trabajo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 7.1.

3.2 El personal laboral fijo del Memorial Democrático en situación de excedencia que en el momento de esta convocatoria tenga pendiente la resolución de una solicitud de reingreso debe participar necesariamente, siempre que el puesto objeto de la convocatoria sea de categoría profesional igual o similar.

3.3 El personal laboral fijo con discapacidad puede participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

 

-4 Méritos y capacidades

La valoración de los diferentes méritos y capacidades para la adjudicación del puesto de trabajo se efectuará de acuerdo con el artículo 23 bis del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalitat de Catalunya, hasta un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los siguientes conceptos:

4.1 Capacidades profesionales

La experiencia y la capacidad profesional se valorarán hasta 70 puntos, y se valorarán teniendo en cuenta, por un lado, la categoría profesional del puesto de trabajo y, por otro lado, la coincidencia de las funciones de los puestos de trabajo ocupados en relación con el puesto de trabajo que se convoca, de acuerdo con el siguiente baremo:

4.1.1 Por la experiencia en el desarrollo de funciones de mando en la misma área de funciones del puesto convocado. Se valorará hasta 10 puntos, a razón de 0,15 puntos por mes de servicios.

4.1.2 Por la experiencia en el desarrollo de funciones de otras categorías profesionales de la misma área de funciones. Se valorará hasta 10 puntos, a razón de 0,10 puntos por mes de servicios.

4.1.3 Por la experiencia en el desarrollo de funciones de mando en un área de funciones similar. Se valorará hasta 5 puntos a razón de 0,10 puntos por mes de servicios.

4.1.4 Por la memoria, que debe versar sobre el contenido funcional del puesto a proveer, de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo y en la norma funcional. Se valorará hasta un máximo de 45 puntos.

La memoria debe constar de dos partes, una consistente en un análisis de las funciones del puesto convocado, relacionada con las capacitaciones y habilidades de la persona candidata, y otra consistente en un proyecto de mejora organizativa o funcional.

Este documento debe tener una extensión mínima de 15 páginas y máxima de 30 páginas DIN A4 numeradas, con letra Arial 11, a doble espacio. Debe presentarse por triplicado, en el plazo máximo de 7 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con la base 7.1.

Asimismo, las personas candidatas podrán ser convocadas a exponer la memoria, durante 30 minutos, ante el órgano técnico de evaluación, siempre que este lo considere conveniente, y sus miembros podrán efectuar las preguntas o pedir las aclaraciones que consideren oportunas.

La no presentación de la memoria dentro del plazo indicado comportará la exclusión de la participación en esta convocatoria.

Para la valoración de la memoria, se tendrá en cuenta el contenido de la memoria, presentación, la claridad en la exposición y la capacidad de síntesis.

4.2 Titulaciones académicas

Las titulaciones académicas relevantes para el puesto de trabajo a proveer se valorarán hasta un máximo de 5 puntos.

En este sentido, la valoración de las titulaciones académicas oficiales se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente baremo de puntuación:

Doctorado: 5 puntos.

Licenciatura o equivalente: 4 puntos.

Postgrado, máster o equivalente: 3 puntos.

Diplomatura o equivalente: 2 puntos.

No se valoran las titulaciones académicas exigidas como requisito para participar en el concurso, ni las que sean necesarias para lograr la titulación exigida en la convocatoria, ni las necesarias para alcanzar otras de nivel superior que se aleguen como mérito.

4.3 Formación y perfeccionamiento

Se valorará hasta un máximo de 12 puntos.

4.3.1 Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, relacionados con la normativa y la gestión de ayudas, premios y subvenciones, gestión de convenio, organización y gestión de actos, gestión patrimonial, procedimiento administrativo y régimen jurídico del sector público, GECAT, TAIS, PICA, transparencia, publicidad activa y registro de documentos. Hasta un máximo de 10 puntos.

4.3.2 Se valorará el conocimiento de inglés, francés, alemán e italiano, cuando se acredite un nivel mínimo A2.

Se valorará únicamente el nivel máximo alcanzado en cada uno de los idiomas acreditados, de acuerdo con la equivalencia establecida en el Marco común europeo de referencia para las lenguas. Hasta un máximo de 2 puntos.

4.4 Antigüedad

Se computa la antigüedad por años de servicio, hasta 5 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

4.4.1 Por servicios prestados en puestos de trabajo del mismo grupo y categoría profesional que los del puesto solicitado, a razón de 1 punto por año y a razón de 0,08 puntos por mes.

4.4.2 Por servicios prestados en puestos de trabajo de distinto grupo y categoría profesional que los del puesto solicitado, a razón de 0,5 puntos por año y a razón de 0,04 puntos por mes.

A efectos del cómputo de este mérito, no se tendrán en cuenta las fracciones inferiores a un mes.

4.5 Conocimientos de la lengua catalana

Para ocupar el puesto de trabajo objeto de convocatoria se requiere la posesión del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C1).

El conocimiento de la lengua catalana se valorará hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

- El nivel superior (C2), de la Secretaría de Política Lingüística o equivalente: 3 puntos.

- La posesión de certificados de conocimientos de lenguajes especializados (lenguaje jurídico y lenguaje administrativo): se valorará con 1 punto cada uno, hasta 2 puntos.

Las equivalencias a dichos niveles se establecerán de acuerdo con lo dispuesto en la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril.

En caso de que los aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, el órgano técnico de evaluación evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

No obstante, quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que han participado y han obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso de cambio de destino de personal laboral fijo o de selección de personal en el Memorial Democrático en el que se ha establecido una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria. En estos supuestos, debe adjuntarse a la solicitud de participación la acreditación documental correspondiente.

4.6 Otros méritos y capacidades.

Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos el destino previo de la persona cónyuge o del otro miembro de una unión estable de pareja, si también trabaja en una administración pública, obtenida mediante convocatoria pública en la localidad donde se encuentre el lugar solicitado, siempre que se acceda a ella desde una localidad diferente.

4.7 Los méritos y capacidades deben referirse a la fecha de publicación de esta convocatoria, y solo se tendrán en cuenta los alegados y justificados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la utilización de las técnicas de acreditación a que hace referencia la base 6.

 

-5 Puntuación mínima

Para la adjudicación del puesto de trabajo, las personas concursantes deben alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos.

 

-6 Acreditación de los méritos y capacidades

6.1 Las personas concursantes deben acreditar documentalmente los méritos y capacidades que aleguen mediante los siguientes sistemas, sin perjuicio de que el órgano técnico de evaluación les pueda pedir las aclaraciones o las justificaciones necesarias para su verificación.

6.1.1 La experiencia profesional a que se refiere la base 4.1 y la antigüedad en administraciones públicas previstas en la base 4.4 se acreditarán mediante un certificado del órgano competente en materia de personal de la empresa, departamento o administración pública donde se presten o se hayan prestado los servicios.

En todos los certificados deberá constar de forma clara y expresa el grupo, la categoría laboral, las funciones y el período concreto de prestación de los servicios hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.

6.1.2 Se acreditarán, mediante una copia compulsada del título oficial o certificado del órgano competente, las titulaciones académicas, la formación y el perfeccionamiento y los conocimientos de la lengua catalana que prevén las bases 4.2, 4.3 y 4.5, respectivamente.

6.1.3 Las circunstancias a las que hace referencia la base 4.6 de esta convocatoria se justificarán mediante una copia compulsada del documento que acredite, por un lado, el destino definitivo actual de la persona cónyuge o del otro miembro de una unión estable de pareja y, por otra parte, la documentación justificativa del matrimonio o, en el caso de uniones estables de pareja, escritura pública otorgada con una anterioridad mínima de dos años respecto de la fecha de publicación de la convocatoria, o bien acta de notoriedad de la convivencia y del transcurso de los dos años.

6.2 Con el fin de acreditar las capacidades y aptitudes que garanticen la idoneidad a que se refiere la base 4.1, las personas candidatas tendrán que elaborar una memoria relacionada con las funciones del puesto de trabajo convocado, que se valorará de acuerdo con la puntuación que establece la base 4.1.4.

La fecha y el lugar de exposición de la memoria, en su caso, se harán públicas junto con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las que hace referencia la base 10.

 

-7 Presentación y formalización de solicitudes.

7.1 Las personas interesadas en participar en este concurso deberán enviar el formulario de solicitud y la memoria adjuntos a una petición genérica https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica, dentro del plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

El formulario de solicitud está a disposición de las personas interesadas en la página web del Memorial Democrático (https://memoria.gencat.cat/ca/institucio/recursos-.humans/concursos/),

El Área de Administración y Personal del Memorial Democrático, tramitará a las personas participantes, en la dirección electrónica facilitada en la petición genérica, una autorización de acceso al espacio habilitado en SharePoint para que estas puedan depositar la documentación acreditativa de los méritos alegados.

7.2 Las personas aspirantes a las que hace referencia la base 3.3 tendrán que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo de valoración oficial del Departamento de Derechos Sociales, para que el órgano técnico de evaluación pueda evaluar que el aspirante puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado al que opta.

Asimismo, las personas aspirantes podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y sea compatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

7.3 Solo se admitirán solicitudes de renuncia a la participación cuando se presenten durante los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que el órgano técnico de evaluación decida aceptar las renuncias por causas debidamente justificadas una vez transcurrido dicho plazo.

 

-8 Órgano técnico de evaluación

8.1 El órgano técnico de evaluación del presente concurso está compuesto por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Alejandro Quintana Pérez.

Vocal: Noelia Garrido Quevedo.

Vocal: Josep Calvet Bellera.

Suplentes:

Presidente: Juan Argelagués Serra.

Vocal: Esther Miret Torrens.

Vocal: Josep Lluís Martín Berbois.

8.2 El órgano técnico de evaluación podrá disponer de la colaboración de personas asesoras especialistas con voz, pero sin voto.

8.3 Las actuaciones del órgano técnico de evaluación que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Generalitat de Catalunya (http://tauler.gencat.cat) y en el tablón de anuncios del Memorial Democrático, de acuerdo con lo que prevén los artículos 58.4.c) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Estas publicaciones sustituyen a las notificaciones individuales y tienen los mismos efectos.

 

-9 Adjudicación del puesto de trabajo

9.1 El puesto de trabajo se adjudicará a la persona aspirante que haya obtenido mayor puntuación global en los conceptos que establece la base 4.

9.2 En caso de empate entre dos o más personas candidatas, tendrá preferencia para ocupar el puesto de trabajo la persona que ocupe una plaza de la misma categoría. Si el empate persiste, el puesto debe adjudicarse a la persona aspirante con más años de servicio en el puesto de trabajo de igual categoría.

 

-10 Desarrollo del concurso

10.1 Transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes y renuncias, el órgano técnico de evaluación elaborará la propuesta de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, que será expuesta de acuerdo con lo que establece la base 8.3. En el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la exposición, las personas interesadas pueden formular alegaciones. Pasados ​​estos 10 días y una vez revisadas las posibles alegaciones, se publicará, con el mismo procedimiento, la lista definitiva de personas concursantes admitidas y excluidas, junto con la que se publicará la hora y la fecha de exposición de la memoria a la que hace referencia la base 6.2. y, en su caso, los medios necesarios para su desarrollo.

10.2 De la misma forma que determina la base 10.1, el órgano técnico de evaluación hará público el acuerdo de la resolución provisional del concurso, mediante una lista que incluirá a todas las personas concursantes con indicación de la puntuación que hayan alcanzado, para que, en el plazo de 10 días hábiles a partir de su exposición, las personas interesadas puedan formular alegaciones. En esta lista, se indicarán expresamente las personas candidatas seleccionadas que hayan alcanzado una puntuación igual o superior a la establecida como mínimo en esta convocatoria.

En ese mismo plazo, la persona seleccionada podrá manifestar la renuncia al puesto de trabajo y, en este caso, perderá sus derechos sobre la plaza, que se adjudicará a la persona que la siga en el orden de puntuación, si la hubiere.

10.3 Resueltas las alegaciones presentadas, se hará pública la propuesta definitiva del resultado del concurso, con el mismo procedimiento señalado en el apartado anterior. Una vez hecha pública la propuesta definitiva, el destino adjudicado es irrenunciable.

 

-11 Resolución del concurso

11.1 La resolución definitiva del concurso se dictará en el plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se publicará en la web del Memorial Democrático.

11.2 Antes de la incorporación al puesto de trabajo, la persona interesada debe declarar fehacientemente que no está afectada por ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa vigente.

11.3 El personal que haya obtenido destino mediante este concurso realizará la jornada y el horario del puesto de trabajo a cubrir, de acuerdo con lo que establezcan la correspondiente relación de puestos de trabajo, el Convenio colectivo único vigente y cualquier acuerdo negociado vigente.

11.4 El órgano competente formalizará un anexo con la cláusula correspondiente de cambio de puesto de trabajo o categoría en el contrato de trabajo vigente en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la resolución de la convocatoria, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo sexto del artículo 23.3 del VI Convenio colectivo único.

 

 

Anexo 2

 

-1 Características del puesto

Puesto de trabajo: jefe/a del Área de Fomento, Gestión Técnica y Transparencia.

Categoría: licenciado/a.

Grupo: A1.

Complemento de mando: 1.231,91 euros/mensuales.

Unidad directiva: Memorial Democrático.

Localidad: Barcelona.

Jornada: ordinaria.

Horario: especial.

Requisito de conocimiento de la lengua catalana: nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

-2 Contenido funcional

Funciones y/o actividades:

- Coordinar al equipo humano adscrito al área, de acuerdo con las instrucciones e indicaciones de la dirección.

- Coordinar y gestionar la vertiente administrativa de las convocatorias de subvenciones del Memorial Democrático.

- Gestionar y coordinar la elaboración de convenios con entidades e instituciones por la articulación de proyectos transversales de memoria democrática.

- Coordinar la gestión administrativa de los proyectos internacionales, en los que participa el Memorial Democrático, en colaboración con las demás áreas.

- Coordinar y supervisar todos los aspectos organizativos y estructurales relativos a la sede del Memorial Democrático. Así como el inventario de bienes muebles y parque de maquinaria

- Gestionar y coordinar la logística necesaria para realizar las actividades internas y externas del Memorial Democrático.

- Elaborar y proponer el presupuesto anual del área y realizar el seguimiento de su ejecución.

- Desarrollar instrumentos y criterios de seguimiento, indicadores y evaluación de las acciones, proyectos y programas del Memorial Democrático

-Impulsar propuestas de gestión de públicos para el cumplimiento de la misión del Memorial Democrático.

- Elaborar las diferentes memorias de actividades, en coordinación con los jefes de las demás áreas.

- Coordinar y gestionar la publicidad activa del Memorial Democrático y cuidar el mantenimiento e impulso de todos los instrumentos/mecanismos relacionados con la transparencia.

- Coordinar y supervisar el registro de la entidad.

- Coordinar y dar trámite, con las diferentes áreas del Memorial Democrático en las diferentes CQS (consultas, quejas y sugerencias), SAIP (solicitud de acceso a la información pública) e instancias que pueda recibir el Memorial Democrático.

- Colaborar con el resto de personal de acuerdo a su materia.

Y por lo general, todas aquellas de carácter similar que le sean atribuidas.

 

-3 Otras características

Conocimientos y/o experiencia que convendrían:

- Experiencia en la coordinación y gestión de convocatorias de subvenciones.

- Experiencia en la coordinación y gestión de convenios.

- Experiencia en la gestión administrativa de proyectos internacionales.

- Experiencia en la gestión de la publicidad activa.

- Experiencia en la tramitación de consultas, quejas, sugerencias, instancias y acceso a la información pública.

- Experiencia en gestión de logística de locales.

- Experiencia en el uso de las aplicaciones corporativas GECAT, TAIS y PICA.

- Conocimiento en normativa de subvenciones.

- Conocimiento de los procedimientos administrativos y normativa de las administraciones públicas.

- Conocimientos en normativa de transparencia y publicidad activa.

 

-4 Perfil competencial

Habilidades en:

- Planificación y organización.

- Rigor y método.

- Gestión de la información.

- Resolución de problemas y toma de decisiones.

- Comunicación.

- Trabajo en equipo.

- Empatía y escucha activa.

- Tolerancia a la presión.

- Iniciativa, autonomía y proactividad.

- Flexibilidad y adaptabilidad.

Competencias profesionales en:

- Dirección de equipos de trabajo.

- Comunicación, persuasión e influencia.

- Planificación y organización.

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