RESOLUCIÓN ACC/2127/2024, de 11 de junio, por la que se declaran los créditos efectivamente disponibles de las ayudas a la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agroalimentarios convocados mediante la Resolución ACC/2829/2023, de 24 de julio (ref. BDNS 710718).
Mediante la Resolución ACC/2829/2023, de 24 de julio, se convocaron las ayudas a la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agroalimentarios correspondientes al año 2023 (ref. BDNS 710718).
Estas ayudas están sometidas al Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda a los sectores agrícola y forestal en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea para los productos agroalimentarios y, en el caso de las ayudas destinadas a empresas que transformen y/o comercialicen productos agroalimentarios no incluidos en el anexo I del Tratado de funcionamiento de la UE, se rigen por el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
El apartado 3 de la Resolución ACC/2829/2023, de 24 de julio, fija un presupuesto total de 20.000.000 euros con cargo a la partida presupuestaria D/770000400/6130/0000 de los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural distribuidos de la forma siguiente: 3.000.000 euros en el ejercicio 2024, 8.500.000 euros en el ejercicio 2025 y 8.500.000 euros en el ejercicio 2026.
El presupuesto establecido en la Resolución ACC/2829/2023, de 24 de julio, ha resultado insuficiente para atender a todas las solicitudes auxiliables. Dado que el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural considera necesario continuar fomentando esta actuación y dar cobertura al número máximo de personas beneficiarias, se propone incrementar la dotación inicial asignada a esta ayuda.
Por todo ello, de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Resuelvo:
Incrementar en 997.473,47 euros la dotación inicial de 20.000.000 de las ayudas a la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agroalimentarios convocados mediante la Resolución ACC/2829/2023, de 24 de julio (ref. BDNS 710718) (DOGC núm. 8972, de 3.8.2023), con un crédito total resultante de 20.997.473,47 euros, que se distribuyen de la forma siguiente: 3.997.473,47 euros en el ejercicio 2024, 8.500.000 euros en el ejercicio 2025 y 8.500.000 euros en el ejercicio 2026.
Este incremento va a cargo de la partida presupuestaria D/770000400/6130/0000 de los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural para el año 2024.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el DOGC y, potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes.
Barcelona, 11 de junio de 2024
David Mascort Subiranas
Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural