RESOLUCIÓN CLT/1901/2024, de 29 de mayo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de becas para hacer prácticas en la Filmoteca de Catalunya.
Visto el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, adoptado en la sesión de 29 de mayo de 2024, por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de becas para hacer prácticas en la Filmoteca de Catalunya,
Resuelvo:
—1 Que se publique íntegramente en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 29 de mayo de 2024, por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de becas para hacer prácticas en la Filmoteca de Catalunya.
—2 Que, contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 29 de mayo de 2024
Jordi Foz i Dalmau
Presidente del Consejo de Administración
Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 29 de mayo, por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de becas para hacer prácticas en la Filmoteca de Catalunya.
Vista la Resolución CLT/3142/2020, de 1 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, por el que se aprueban las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia, que han sido modificadas por los acuerdos publicados mediante la Resolución CLT/187/2021, de 28 de enero; la Resolución CLT/670/2023, de 28 de febrero, y la Resolución CLT/219/2024, de 30 de enero;
Vista la Resolución CLT/1120/2024, de 4 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, por el que se aprueban las bases específicas que deben regir la concesión de becas para hacer prácticas en la Filmoteca de Catalunya;
Vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;
Conforme al artículo 7.2.i) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril, el Consejo de Administración acuerda:
—1 Aprobar la modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de becas para hacer prácticas en la Filmoteca de Catalunya, aprobadas por el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 27 de marzo de 2024, publicado mediante la Resolución CLT/1120/2024, de 4 de abril, en los términos que constan en el anexo.
—2 Publicar el Texto refundido de las bases vigentes, al que se incorporan las modificaciones aprobadas, en la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya <gencat.cat>.
Anexo
1. Se modifica la letra a) de la base 7.1.1 del anexo del Acuerdo del Consejo de Administración, de 27 de marzo de 2024, que se redacta del siguiente modo:
"a) El expediente académico de los estudios relacionados con la beca exigidos en la base 3 (hasta 3 puntos).
La puntuación de 3 puntos se otorgará a la persona aspirante con la nota más alta correspondiente a la formación relacionada con la beca exigida, y el resto se ponderará a partir de esa nota.
Si se ha presentado el expediente académico de más de un título relacionado con la beca de los que establece la base 3, se tendrá en cuenta el que tenga la calificación más alta.
El resto de titulaciones relacionadas con la beca que establece la base 3 se valorarán de acuerdo con la puntuación del apartado b), Formación específica."