CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Resolución EMT/4203/2022, de 27 de diciembre, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo interprovincial del sector de la industria de hostelería y turismo de Cataluña (código de convenio núm. 79000275011992) (DOGC núm. 8827, de 5.1.2023).
Habiendo observado un error en el Anexo II C.3. Pluses 2024 de manutención, al texto del Convenio mencionado, en la versión catalana y a la versión castellana, enviado al DOGC y publicado en fecha 5 de enero de 2023, es necesario realizar la corrección oportuna.
Dado que la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral es competente para proceder a la rectificación de la referida resolución de inscripción, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 90.2 y 3 de Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;
Resuelvo:
1. Disponer la corrección de errores del Anexo II C.3. Pluses 2024 de manutención, de la versión catalana del texto del Convenio mencionado, de manera que:
En la página 69
Donde dice:
"C.3. Pluses 2024
Manutención
El complemento salarial en especie por manutención, regulado por el artículo 38 del presente Convenio se fija en 46,08 euros mensuales." ...
Tiene que decir:
"C.3. Pluses 2024
Manutención
El complemento salarial en especie por manutención, regulado por el artículo 38 del presente Convenio se fija en 46,49 euros mensuales." ...
2. Disponer la corrección de errores del Anexo II C.3. Pluses 2024 de manutención, de la versión castellana del texto del Convenio mencionado, de manera que:
En la página 71
Donde dice:
"C.3. Pluses 2024
Manutención
El complemento salarial en especie por manutención, regulado por el artículo 38 del presente Convenio se fija en 46,08 euros mensuales." ...
Tiene que decir:
"C.3. Pluses 2024
Manutención
El complemento salarial en especie por manutención, regulado por el artículo 38 del presente Convenio se fija en 46,49 euros mensuales." ...
3. Disponer que el texto mencionado se publique en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.
Notifíquese esta resolución a la Comisión Negociadora.
Barcelona, 16 de mayo de 2024
Óscar Riu García
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral