RESOLUCIÓN EDU/1570/2024, de 2 de mayo, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado Cultural, de Badalona.
Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación por el representante de la titularidad del centro educativo privado Cultural, de Badalona, código 08000918, en petición de modificación de enseñanzas, se instruye el correspondiente expediente.
Dado que se ha comprobado en el mencionado expediente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, del 10 de julio, de Educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; los reales decretos por los que se establecen los respectivos títulos de formación profesional; la Orden ENS/71/2012, de 8 de marzo, por la que se organizan las enseñanzas de formación profesional inicial en la modalidad de educación no presencial en centros privados; y tramitado el expediente conforme al Decreto 122/2012, de 9 de octubre, del procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de los centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado Cultural, de Badalona, código 08000918, por modificación de las enseñanzas, en los términos siguientes:
Enseñanzas que se amplían:
Modalidad no presencial
Formación profesional de grado superior:
Administración y Finanzas.
Administración de Sistemas Informáticos en Red-Ciberseguridad.
-2 La composición del centro es la que figura en el Anexo de esta Resolución.
-3 Esta Resolución tendrá efectos desde el inicio del curso escolar 2024-2025.
-4 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Barcelona, 2 de mayo de 2024
Sílvia Ortiz Heredia
Directora de los Servicios Territoriales en El Barcelonès
Anexo
Composición del centro:
Educación infantil: 6 unidades con capacidad para 140 puestos escolares, en los locales de la c. Lladó, 68.
Educación primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares en los locales de la pl. Marquès de Barberà, 13.
Educación secundaria obligatoria: 12 unidades con capacidad para 360 puestos escolares, en los locales de la pl. Marquès de Barberà, 13.
Bachillerato: 10 unidades de las modalidades de Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales con capacidad para 350 puestos escolares, en los locales de la c. Laietània, 28-38, con entrada también por la c. Termes Romanes, 10.
Formación profesional de grado medio:
En los locales de la c. Laietània, 28-38, con entrada por la c. Termes Romanes, 10:
Sistemas Microinformáticos y Redes: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares.
Formación profesional de grado superior:
En los locales de la c. Laietània, 28-38, con entrada por la c. Termes Romanes, 10:
Administración y Finanzas: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares.
Administración de Sistemas Informáticos en Red: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares.
Modalidad no presencial:
Formación profesional de grado superior:
Administración y Finanzas.
Administración de Sistemas Informáticos en Red-Ciberseguridad.