RESOLUCIÓN ACC/1568/2024, de 3 de mayo, por la que se otorga la condición de agrupaciones de productores reconocidas a los consejos reguladores de determinadas denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas.

El 23 de abril de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, especialidades tradicionales garantizadas y menciones de calidad facultativas para productos agrícolas, por el que se modifican los reglamentos (UE) 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753 y se deroga el Reglamento (UE) 1151/2012, que entrará en vigor el 13 de mayo de 2024.

El artículo 33.1 del Reglamento enmendado establece que los estados miembros podrán aplicar un sistema de reconocimiento de agrupaciones de productores, siempre y cuando cumplan los criterios exigidos en el apartado 2 del mismo precepto, que son los siguientes:

a) Tener una forma jurídica determinada.

b) Cumplir alguna de las siguientes condiciones:

i. Contar con un mínimo del 50% de los productores del producto entre sus miembros, o

ii. Contar con un porcentaje mínimo de productores del producto entre sus miembros y con un mínimo del 50% del volumen o valor de la producción comercializable.

De conformidad con el artículo 33.3 del Reglamento, la agrupación de productores reconocida será la única que tendrá los derechos adicionales específicos previstos en dicho artículo.

Asimismo, el artículo 33.7 del Reglamento establece que: "Los estados miembros podrán decidir que las agrupaciones de productores reconocidas en virtud del derecho nacional antes del 13 de mayo de 2024 sean reconocidas de conformidad con el apartado 1."

En Cataluña, la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, dispone en su artículo 8 que los consejos reguladores se constituyen como corporaciones de derecho público, a las que se atribuye la gestión de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas. Los consejos reguladores tienen personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus funciones.

Por otra parte, en cumplimiento del artículo 25.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, todos los productores y elaboradores de los productos amparados en una de las denominaciones de origen protegidas (DOP) o indicaciones geográficas protegidas (IGP) forman parte del consejo regulador correspondiente, y, en consecuencia, los consejos reguladores que figuran en el anexo I de esta Resolución, reconocidos en virtud de la normativa vigente con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1143, de 11 de abril de 2024, del Parlamento Europeo y del Consejo, cumplen los requisitos exigidos por el artículo 33.2 de dicho Reglamento.

A la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1143, los consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas de productos agroalimentarios o bebidas alcohólicas no transfronterizas son los enumerados en el anexo I de esta Resolución, que han sido reconocidos por el derecho nacional mediante las órdenes previstas en el anexo II.

Durante el trámite de audiencia otorgado a las organizaciones de productores previstas en el anexo I de esta Resolución, se han presentado las alegaciones correspondientes, que han sido evaluadas por el Servicio de Promoción de la Calidad Agroalimentaria.

Dada la competencia en materia de ordenación, fomento y promoción de los productos agroalimentarios de calidad o con menciones de calidad que me otorga el artículo 118.1 c) del Decreto 14/2024, de 16 de enero, de reestructuración del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural;

Visto el informe propuesta del Servicio de Promoción de la Calidad Agroalimentaria;

En consecuencia,

 

Resuelvo:

 

Otorgar la condición de agrupación de productores reconocida a los consejos reguladores que figuran en el anexo I de esta Resolución, al amparo del artículo 33.7 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024.

Esta Resolución tendrá efectos a partir de la entrada en vigor del artículo 33.7 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024.

 

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Alimentación en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

 

Barcelona, 3 de mayo de 2024

 

Joan Gòdia Tresànchez

Director general de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía

 

 

Anexo I

Lista de los consejos reguladores de DOP e IGP a los que se otorga la condición de agrupación de productores reconocida

 

a) Consejo Regulador de la DOP Arroz del Delta del Ebro

b) Consejo Regulador de la DOP Avellana de Reus

c) Consejo Regulador de la IGP Brandy del Penedés

d) Consejo Regulador de la IGP Calçot de Valls

e) Consejo Regulador de la IGP Clementinas de las Tierras del Ebro.

f) Consejo Regulador de la DOP Fesols de Santa Pau

g) Consejo Regulador de la DOP Queso de L'Alt Urgell y La Cerdanya

h) Consejo Regulador de la IGP Gall del Penedès

i) Consejo Regulador de la DOP Les Garrigues

j) Consejo Regulador de la IGP Salchichón de Vic

k) Consejo Regulador de la DOP Mantequilla de L'Alt Urgell y La Cerdanya

l) Consejo Regulador de la DOP Mongeta del Ganxet

m) Consejo Regulador de la DOP Aceite del Baix Ebre-Montsià

n) Consejo Regulador de la DOP Aceite de L'Empordà

o) Consejo Regulador de la DOP Aceite de Terra Alta

p) Consejo Regulador de la IGP Pa de Pagès Català

q) Consejo Regulador de la IGP Patata de Prades

r) Consejo Regulador de la DOP Pera de Lleida

s) Consejo Regulador de la DOP Pollo y Capón del Prat

t) Consejo Regulador de la IGP Manzana de Girona

u) Consejo Regulador de la IGP Ratafia catalana

v) Consejo Regulador de la DOP Siurana

w) Consejo Regulador de la IGP Turrón de Agramunt

 

 

Anexo II

Relación de disposiciones por las que se aprueban los reglamentos de los consejos reguladores de las DOP e IGP que constan en el anexo I

 

a) Orden AAR/442/2009, de 5 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Arroz del Delta del Ebro (DOGC núm. 5485, de 16.10.2009).

b) Orden AAR/500/2009, de 17 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Avellana de Reus (DOGC núm. 5512, de 24.11.2009).

c) Orden ARP/246/2017, de 27 de octubre, por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Brandy del Penedés, y se reconoce su Consejo Regulador provisional (DOGC núm. 7488, de 6.11.2017).

Orden ARP/61/2021, de 12 de marzo, por la que se reconoce con carácter definitivo el Consejo Regulador y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Brandy del Penedés (DOGC núm. 8367, de 17.3.2021).

d) Orden AAR/414/2009, de 21 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Calçot de Valls. (DOGC núm. 5473, de 29.09.2009).

e) Orden AAR/421/2009, de 21 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Clementinas de las Tierras del Ebro (DOGC núm. 5475, d'1.10.2009).

f) Orden AAM/158/2015, de 22 de mayo, por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Fesols de Santa Pau, y se reconoce su Consejo Regulador provisional (DOGC núm. 6884, de 3.6.2015).

g) Orden AAR/518/2009, de 24 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Queso de L'Alt Urgell y La Cerdanya (DOGC núm. 5520, de 4.12.2009).

h) Orden ARP/28/2016, de 16 de febrero, por la que se aprueban el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Gallo del Penedès, y se reconoce su Consejo Regulador provisional (DOGC núm. 7066, de 25.2.2016).

Orden ARP/187/2016, de 6 de julio, por la que se reconoce con carácter definitivo el Consejo Regulador y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Gallo del Penedès (DOGC núm. 7162, de 14.7.2016).

i) Orden AAM/174/2011, de 19 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Les Garrigues (DOGC núm. 5931, de 29.7.2011).

j) Orden AAM/311/2013, de 2 de desembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Salchichón de Vic (DOGC núm. 6519, de 11.12.2013).

k) Orden AAR/502/2009, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Mantequilla de L'Alt Urgell y La Cerdanya (DOGC núm. 5512, de 24.11.2009).

l) Orden AAR/221/2008, de 7 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet

Orden AAM/18/2012, de 7 de febrero, por la que se reconoce con carácter definitivo el Consejo Regulador provisional y el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet.

m) Orden AAR/374/2010, de 1 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Aceite del Baix Ebre-Montsià (DOGC núm. 5666, de 8.7.2010).

n) Orden AAM/298/2013, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Oli de l'Empordà o Aceite de L'Empordà, y se reconoce su Consejo Regulador provisional (DOGC núm. 6513, de 2.12.2013).

Orden AAM/53/2015, de 19 de marzo, por la que se reconoce con carácter definitivo el Consejo Regulador provisional y el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Oli de l'Empordà o Aceite de L'Empordà.

o) Orden AAR/375/2010, de 2 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Aceite de Terra Alta (DOGC núm. 5666, de 8.7.2010).

p) Orden AAM/107/2012, de 24 de abril, por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català, con carácter transitorio, y se reconoce su Consejo Regulador provisional (DOGC núm. 6117, de 27.4.2012).

Orden AAM/48/2013, de 19 de marzo, por la que se reconoce con carácter definitivo el Consejo Regulador provisional y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català (DOGC núm. 6345, de 28.3.2013).

q) Orden AAR/416/2009, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Patatas de Prades (DOGC núm. 5473, de 29.9.2009).

r) Orden AAR/317/2008, de 23 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Pera de Lleida (DOGC núm. 5163, de 1.7.2008).

s) Orden AAR/523/2009, de 6 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Pollo y Capón de El Prat (DOGC núm. 5520, de 4.12.2009).

t) Orden AAR/301/2009, de 8 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Manzana de Girona (DOGC núm. 5400, de 15.6.2009).

u) Orden ARP/243/2017, de 25 de octubre, por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Ratafia Catalana, y se reconoce su Consejo Regulador provisional (DOGC núm. 7484, de 30.10.2017).

Orden ARP/60/2021, de 12 de marzo, por la que se reconoce con carácter definitivo el Consejo Regulador y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Ratafia Catalana (DOGC núm. 8367, de 17.3.2021).

v) Orden AAR/710/2010, de 11 de marzo, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Siurana (DOGC núm. 5591, de 19.3.2010).

w) Orden AAR/429/2009, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Turrón de Agramunt (DOGC núm. 5478, de 6.10.2009).

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