RESOLUCIÓN ACC/1491/2024, de 29 de abril, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto singular de la Secretaría General del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (convocatoria de provisión núm. ACC/001/24).
Considerando la Resolución ACC/501/2024, de 21 de febrero, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto singular de la Secretaría General del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (convocatoria de provisión núm. ACC/001/24), publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9109, de 26.2.2024;
Dado el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba el refundido en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Catalunya en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;
Visto que se han cumplido los requisitos y las especificaciones exigidos en la convocatoria, y de conformidad con el informe emitido por el órgano directivo correspondiente para su provisión;
En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,
Resuelvo:
Destinar a la señora Sandra Gabaldà Fernández como secretaria de alto cargo de la Secretaría General del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 29 de abril de 2024
David Mascort Subiranas
Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural