RESOLUCIÓN PRE/1390/2024, de 18 de abril, por la que se da publicidad al deslinde entre los términos municipales de Granollers y de Montornès del Vallès.

Los días 28 de noviembre de 2023 y 11 de enero de 2024, los plenos de los ayuntamientos de Granollers y de Montornès del Vallès aprobaron, respectivamente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el deslinde efectuado el día 20 de septiembre de 2023 por las comisiones municipales de delimitación respectivas. Este deslinde forma parte del proceso de elaboración del Mapa municipal de Cataluña, que dispone el artículo 28.1 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.

De acuerdo con el artículo 34.1 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad al deslinde aprobado por los ayuntamientos de Granollers y de Montornès del Vallès que se describe a continuación e incorporarlo a los mapas municipales correspondientes.

 

Mojón 1: se sitúa en el paraje de Can Pla de Palou, en el margen oeste de la carretera BP-5002. Este mojón es también común al término municipal de Vilanova del Vallès. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 440144,0 e Y: 4602668,7.

 

Mojón 2: se sitúa en el lugar llamado El Pla, al norte del Polígon Industrial El Congost, en la acera oeste del Camí Ral. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior sigue la poligonal formada por los siguientes puntos de coordenadas UTM ETRS89 31N:

Punto 1: X: 440144,0 e Y: 4602668,7

Punto 2: X: 440100,9 e Y: 4602629,1

Punto 3: X: 440095,9 e Y: 4602623,4

Punto 4: X: 440071,4 e Y: 4602600,5

Punto 5: X: 440020,3 e Y: 4602553,4

Punto 6: X: 440011,6 e Y: 4602546,9

Punto 7: X: 440002,9 e Y: 4602540,4

Punto 8: X: 439988,1 e Y: 4602529,1

Punto 9: X: 439973,4 e Y: 4602517,8

Punto 10: X: 439959,6 e Y: 4602508,0

Punto 11: X: 439929,5 e Y: 4602489,9

Punto 12: X: 439917,2 e Y: 4602482,6

Punto 13: X: 439914,7 e Y: 4602481,1

Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 439914,7 e Y: 4602481,1.

 

Mojón 3: se sitúa en el polígono de Can Parellada, a unos treinta y siete metros al sur del Refugi de Palou, a la acera oeste del Camí Ral. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior sigue por la acera oeste del Camí Ral hasta llegar al mojón. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 439164,1 e Y: 4601710,9.

 

Mojón 4: se sitúa en el Polígon industrial El Congost, a unos doscientos metros al sureste del eje de El Congost y a unos doscientos setenta metros al norte de la AP-7. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior sigue la poligonal formada por los siguientes puntos de coordenadas UTM ETRS89 31N:

Punto 1: X: 439164,1 e Y: 4601710,9

Punto 2: X: 439162,3 e Y: 4601710,2

Punto 3: X: 439157,4 e Y: 4601708,1

Punto 4: X: 439147,4 e Y: 4601702,3

Punto 5: X: 439132,0 e Y: 4601693,2

Punto 6: X: 439117,7 e Y: 4601684,8

Punto 7: X: 439105,8 e Y: 4601677,7

Punto 8: X: 439100,7 e Y: 4601674,8

Punto 9: X: 439059,4 e Y: 4601640,3

Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 439059,4 e Y: 4601640,3.

 

Mojón 5: se sitúa al noroeste del Polígon industrial El Congost, en el eje de El Congost. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Este mojón es también común al término municipal de Montmeló. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 438859,5 e Y: 4601764,2.

 

Contra los acuerdos plenarios de aprobación de este deslinde, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las administraciones públicas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, sin perjuicio de la posibilidad de formular el requerimiento previo que regula el artículo 44 de esta misma Ley.

 

Barcelona, 18 de abril de 2024

 

Bernat Valls i Fuster

Director general de Administración Local

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