RESOLUCIÓN ECO/1356/2024, de 23 de abril, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Cataluña para la realización de una ampliación de la encuesta de condiciones de vida en Cataluña (código núm. 2024/2/0001 del registro de convenios).

En fecha 28 de febrero de 2024 se ha firmado la Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Cataluña para la realización de una ampliación de la encuesta de condiciones de vida en Cataluña.

Vistas las previsiones del artículo 110.3 y del artículo 112.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

 

Resuelvo:

 

Hacer pública la Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Cataluña para la realización de una ampliación de la encuesta de condiciones de vida en Cataluña, formalizado el 28 de febrero de 2024, que se transcribe en el anexo de esta Resolución.

 

Barcelona, 23 de abril de 2024

 

Josep M. Aguirre i Font

Secretario general

 

 

Anexo

Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Cataluña para la realización de una ampliación de la encuesta de condiciones de vida en Cataluña.

 

De una parte, D. Carlos Javier Ballano Fernández, director general de Planificación Estadística y Procesos del Instituto Nacional de Estadística, nombrado mediante Real Decreto 835/2022, de 5 de octubre, actuando en representación del citado Instituto, de conformidad con lo establecido en el apartado primero, punto 1. f), de la Resolución de 24 de octubre de 2022 de la Presidencia del INE, por la que se delegan competencias (BOE núm. 259, de 28 de octubre).

Y, de otra parte, D. Xavier Cuadras Morató, director del Instituto de Estadística de Cataluña (en adelante IDESCAT), organismo autónomo administrativo del Departamento de Economía y Hacienda, que actúa en este acto en representación del IDESCAT, según nombramiento realizado por el Decreto120/2019, de 28 de mayo y en virtud de las facultades que le son otorgadas por el artículo 7 del Decreto 24/2014, de 25 de febrero, de organización y funcionamiento del Instituto de Estadística de Cataluña.

 

EXPONEN

 

Primero. Que el INE y el IDESCAT suscribieron en 2021 un convenio cuyo objetivo era regular los compromisos de ambas para la elaboración de la Encuesta de Condiciones de Vida en la Comunidad Autónoma de Cataluña a partir de la edición de la Encuesta de 2020, diseñando para ello una ampliación de la muestra en esta comunidad.

 

Segundo. Que la cláusula décima del Convenio relativa a la vigencia establece que:

El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público y mantendrá su vigencia hasta febrero de 2024 coincidiendo con la publicación de los datos correspondientes a la publicación de la ECV de 2023. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su publicación facultativa en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. En cualquier momento antes de finalizar su vigencia el convenio se podrá prorrogar expresamente por un periodo de hasta cuatro años adicionales. Transcurridos estos plazos, en caso de que se estime conveniente continuar con la colaboración, deberá suscribirse un nuevo Convenio.

Por tanto, su vigencia finaliza el 29 de febrero de 2024.

 

Tercero. Que el Convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello es interés de ambas dar continuidad al desarrollo del mismo.

 

Cuarto. Que el Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha autorizado la subscripción de la prórroga del convenio por el Acuerdo del Gobierno de fecha 27 de febrero de 2024.

 

Por todo lo anteriormente expuesto el INE y el IDESCAT

 

ACUERDAN

 

Primero

Establecer la prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Cataluña para la realización de una ampliación de la Encuesta de Condiciones de Vida en Cataluña, por un periodo de cuatro años.

 

Segundo

Dejar inalteradas el resto de cláusulas del convenio.

 

Tercero

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de prórroga del Convenio surtirá efectos desde el día 1 de marzo de 2024, previa inscripción de la misma en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la misma Ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman la presente Adenda, de forma electrónica y a un solo efecto tomándose como fecha de firma la del último firmante (28 de febrero de 2024).

 

Por delegación de la presidenta del organismo. Resolución de 24 de octubre de 2022 de la Presidencia del INE (BOE de 28 de octubre)

Carlos Javier Ballano Fernández

Director general de Planificación Estadística y Procesos

 

Xavier Cuadras Morató

Director del Instituto de Estadística de Cataluña

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